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PÆg. 302210 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de octubre de 2005 - Doctor José Burneo Labrin, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Alberto Manuel Román Heredia, Director Generalde Derechos Humanos; - Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Augusto Bazán Jiménez, funcionario de la RepresentaciónPermanente del Perú ante la OEA. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Alberto Manuel Román Heredia, serácubierto por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de lareferida comisión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Pasajes Viáticos Número Total Tarifa Apellidos US$ por día de días Viáticos Aeropuerto US$ US$ US$ Carlos Alberto Manuel 1,167.82 220.00 3+1 880.00 28.24 Román Heredia Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue la participación del Consejero en el Servicio Diplomático de la RepúblicaAugusto Bazán Jiménez, funcionario de la Representación Permanente del Perú ante la OEA, no irrogará gastos al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- Los gastos que irrogue la participación de los demás miembros de la delegación serán cubiertos por sus respectivos Pliegos presupuestales. Artículo Quinto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión, el Ministro en el Servicio Diplomático de la República, CarlosAlberto Manuel Román Heredia, deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Sexto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia Ministro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 17498 Autorizan viaje de funcionario diplo- mÆtico a Chile para participar enseminario-taller auspiciado por la OIM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1130-2005-RE Lima, 12 de octubre de 2005CONSIDERANDO:Que la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior en coordinación con el Consulado General del Perú en Santiago ha programado un Seminario-Taller auspiciadopor la OIM dentro del programa "Tolerancia y No discriminación", en el marco del "Acuerdo para el ingreso y tránsito de nacionales peruanos y chilenos en calidad deturistas con documento de identidad", a realizarse el 17 y 18 de octubre de 2005 en la ciudad de Arica, Chile; Que dentro de la nueva política consular y de protección a las comunidades peruanas en el exterior, uno de los aspectos fundamentales consiste en brindar un adecuado seguimiento a la problemática migratoriade nuestros connacionales en diversos ámbitos internacionales, así como proyectar los elementos centrales de este nuevo enfoque; Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Memorándum (SCP) Nº 999 de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior de 7 de octubre de 2005; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con elartículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; y el inciso m) del artículo 5º del DecretoLey Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; y el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Jorge Antonio Lázaro Geldres, Secretario de Comunidades Peruanas en el Exterior, para participar en el Seminario-Taller auspiciadopor la OIM dentro del programa "Tolerancia y No discriminación", en el marco del "Acuerdo para el Ingreso y Tránsito de Nacionales Peruanos y Chilenos en calidad deTuristas con Documento de Identidad", a realizarse el 17 y 18 de octubre de 2005 en la ciudad, de Arica, Chile. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiéndose rendir cuenta documentada en unplazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Pasajes Viáticos Número Total Tarifa Apellidos US$ por día de días Viáticos Aeropuerto US$ US$ US$ Jorge Antonio Lázaro 203.00 200 2+1 600.00 8.51 Geldres Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del citado evento el mencionado funcionario diplomático deberá presentar anteel señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante su viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de JusticiaMinistro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 17499 Autorizan viaje de delegación que participarÆ en la "Reunión Bilateral deAutoridades Aerocomerciales del Perœ y Argentina" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1131-2005-RE Lima, 12 de octubre de 2005Visto el Oficio Nº 1230-2005-MTC/12, de 5 de setiembre de 2005, de la Dirección de Aeronáutica Civil de Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante el cual se conforma la delegación peruana que asistirá a la ReuniónBilateral de Autoridades Aerocomerciales del Perú y Argentina, a celebrarse en la ciudad de Buenos Aires, Argentina los días 17 y 18 de octubre de 2005. CONSIDERANDO:Que es objeto de la Organización de Aviación Civil Internacional satisfacer las necesidades de los pueblos, respecto a un transporte aéreo seguro, regular, eficaz y económico, de acuerdo lo establecido en el inciso d) delartículo 44º del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, aprobado por el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 10358 de 9 de enero de 1946; Que es objetivo permanente del Perú, fomentar con los demás países a través de empresas de transporte aéreo nacionales y extranjeras, servicios de aviación comercialeconómicos, ordenados y seguros en materia aeronáutica civil, de acuerdo a lo estipulado en el inciso c) del artículo 4º de la Ley Nº 27261 de Aeronáutica Civil del Perú; Que es competencia de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ejecutar la política aérea nacional, así como negociar y suscribir acuerdos en materiaaeronáutica de índole técnico o aerocomercial, según lo dispuesto en el inciso n) del artículo 9º de la Ley Nº 27261 de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento; Que se llevará a cabo la "Reunión Bilateral de Autoridades Aerocomerciales del Perú y Argentina” en la que se tratarán asuntos relacionados a servicios aéreos,así como temas prioritarios en la agenda de ambos países; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 4259, de 4 de octubre de 2005, del Gabinetede Coordinación del Secretario de Política Exterior;