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PÆg. 302227 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de octubre de 2005 en Jr. 28 de Julio Nº 433, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "A" mediante Informe Nº 119- 2005-DEM "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Bancay Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº CR 0203-2005, y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren a abrir una agencia ubicada en Jr. 28 de Julio Nº 433, distrito de Imperial, provincia deCañete, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 17396 Autorizan funcionamiento de "La Positiva Vida Seguros y Reaseguros"como empresa de Seguros de Vida RESOLUCIÓN SBS Nº 1524-2005 Lima, 5 de octubre de 2005EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORASPRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por los representantes legales de los Organizadores y del Organizador Responsable paraque se autorice el funcionamiento de la empresa de seguros de vida denominada "LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS"; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la autorización de organización otorgada por esta Superintendencia mediante Resolución SBS Nº 972-2005 del 23 de junio de 2005, se haconstituido la empresa "LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS", mediante Escritura Pública extendida ante el Notario Público, doctor Carlos Enrique Gómez dela Torre Rivera, de fecha 20 de julio de 2005 y registrada la constitución de la sociedad anónima en la Partida Nº 11059389 del Registro de Personas Jurídicas de laOficina Registral de Arequipa; Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución SBS Nº 600-98 del 24 de junio de 1998 - Reglamentopara la Constitución y el Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, y en el artículo 26º de la Ley General del SistemaFinanciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modificatorias, en adelante Ley General, se ha verificadoque "LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS" ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 11º de la referida Resolución, encontrándose técnica yadministrativamente capacitada para el inicio de sus operaciones; Estando a lo informado por el Departamento Legal y la Intendencia de Instituciones de Seguros "A", mediante los Informes Nº 729-2005-LEG y Nº 011-2005-VI-ASSSA, y con la opinión favorable de las SuperintendenciasAdjuntas de Asesoría Jurídica y de Seguros; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, el funcionamiento de "LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS", como una empresa de Seguros deVida, la misma que podrá realizar las operaciones facultadas por su objeto social, a que se refiere el artículo 318º de la Ley General. Artículo Segundo.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Funcionamiento, el que deberá serpublicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Oficial El Peruano y la segunda en uno de extensa circulación nacional, debiendo exhibirsepermanentemente en la oficina principal de la empresa en lugar visible al público. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 17418 UNIVERSIDADES Designan funcionarios responsables de entregar información y elaborar elPortal de Transparencia de laUniversidad Nacional del Callao UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 966-05-R Callao, 23 de setiembre de 2005 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, modificada mediante Ley Nº 27927, tiene como finalidad promover latransparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrada en el Art. 2º numeral 5) de la Constitución Política del Perú; Que, por Resolución Nº 613-2004-R de fecha 27 de julio de 2004 se actualizó a los funcionarios responsables de la entrega de la información y la elaboración yactualización del Portal de Transparencia a que se refiere el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por el DecretoSupremo Nº 072-2003-PCM, entre los cuales figuran los Directores de la Oficina de Archivo General y Registros Académicos y del Centro de Cómputo de la Universidad; Que, mediante Resoluciones Nºs. 716 y 727-2005-R de fecha 1 de agosto de 2005 se designó como Director de la Oficina de Archivo General y Registros Académicosal profesor, Lic. LUCIO ARNULFO FERRER PEÑARANDA; y se encargó como Director del Centro de Cómputo al profesor, Ing. FREDY ADÁN CASTRO SALAZAR,respectivamente; por lo que se hace necesaria la actualización correspondiente de los funcionarios designados mediante Resolución Nº 613-2004-R; Estando a lo glosado; a la documentación sustentatoria en autos; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad,concordantes con el Art. 53º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º DESIGNAR a los funcionarios, responsables de la entrega de la información y la elaboración y actualización