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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (14/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 54

PÆg. 302230 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de octubre de 2005 formulación de Petitorios Mineros al amparo del Decreto Legislativo Nº 708, durante el mes de agosto del 2005; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Directoral Nº 051-2005-MEM/ DGM, la Dirección General de Minería delega al InstitutoNacional de Concesiones y Catastro Minero la facultad de emitir la resolución que asigne los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros a lasInstituciones Públicas Descentralizadas y Organismos a los que se refiere el artículo 57º de la Ley, así como el tercer párrafo del artículo 92º del Reglamento de DiversosTítulos de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002-EM; Que, el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modificado por Ley Nº 28327, establecela forma de distribución de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, así como de la Penalidad; Que, conforme al artículo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 010- 2002-EM, la Dirección General de Derecho de Vigencia yDesarrollo mediante Informe Nº 1259-2005-INACC/DGDV ha determinado que por el mes de Agosto del 2005, el monto total a distribuir es de US$ 5´085,263.21 (CincoMillones Ochenta y Cinco Mil Doscientos Sesenta y Tres y 21/100 Dólares Americanos) y S/. 999,462.53 (Novecientos Noventa y Nueve Mil Cuatrocientos Sesentay Dos y 53/100 Nuevos Soles), efectuándose ajustes por un monto ascendente a US$ 233,971.69 (Doscientos Treinta y Tres Mil Novecientos Setenta y Uno y 69/100Dólares Americanos) y S/. 4,930.99 (Cuatro Mil Novecientos Treinta y 99/100 Nuevos Soles), resultando un importe neto a distribuir de US$ 4´851,291.52 (CuatroMillones Ochocientos Cincuenta y Un Mil Doscientos Noventa y Uno y 52/100 Dólares Americanos) y S/. 994,531.54 (Novecientos Noventa y Cuatro MilQuinientos Treinta y Uno y 54/100 Nuevos Soles); Conforme a la delegación efectuada por la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas ycon los visados de la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Dirección General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de pago del Derecho de Vigencia de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto LegislativoNº 708 y legislaciones anteriores; así como, el monto recaudado por Derecho de Vigencia por la formulación de Petitorios Mineros al amparo del Decreto LegislativoNº 708, correspondiente al mes de agosto del 2005, de la siguiente manera: EntidadesTotal a Distribuir Deducciones Neto a Distribuir US$ S/. US$ S/. US$ S/. Gob. Loc. Distrital 3´813,947.41 749,596.90 -136,490.19 -4,930.99 3´677,457.22 744,665.91 INGEMMET 508,526.32 99,946.25 -39,041.87 0.00 469,484.45 99,946.25 INACC 508,526.32 99,946.25 -38,828.70 0.00 469,697.62 99,946.25 MEM 254,263.16 49,973.13 -19,610.93 0.00 234,652.23 49,973.13 TOTAL 5´085,263.21 999,462.53 -233,971.69 -4,930.99 4´851,291.52 994,531.54 (*) Ver Anexo Nº 1 Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección General de Minería, en cumplimiento de lodispuesto por el artículo 3º de la Resolución Directoral Nº 051-2005-MEM/DGM. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Oficina General de Administración del INACC, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Instituciones y Gobiernos Locales. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN FCO. BALDEÓN RÍOS Jefe Institucional (e) Instituto Nacional de Concesiones y Catastro MineroANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA De conformidad con el Art. 92º del D.S. Nº 03-94-EM, Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Generalde Minería y el Art. 57º del TUO de la Ley General de Minería, modificado pr la Ley Nº 28327, se cumple con distribuir la recaudación del Pago por Derecho de Vigenciadurante el mes de agosto del 2005 a las siguientes Municipalidades Distritales: DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S.$ AMAZONAS/BONGARA YAMBRASBAMBA 0.00 47,708.33 AMAZONAS/UTCUBAMBA CAJARURO 0.00 4,561.66 ANCASH/AIJA AIJA 0.00 620.12CORIS 0.00 151.88 HUACLLAN 0.00 225.00 LA MERCED 0.00 5,407.43SUCCHA 0.00 533.95 ANCASH/ASUNCION ACOCHACA 0.00 37.50 CHACAS 0.00 231.70 ANCASH/BOLOGNESI ANTONIO RAYMONDI 1,494.89 0.00 AQUIA 3,040.13 13,948.69 CAJACAY 1,494.89 0.00 CHIQUIAN 1,494.89 0.00COLQUIOC 1,494.89 0.00 HUALLANCA 5,739.42 31,321.45 HUASTA 0.00 6,469.72PACLLON 0.00 15,131.26 ANCASH/CARHUAZ ACOPAMPA 0.00 300.00 AMASHCA 0.00 25.00ANTA 0.00 2,441.02 CARHUAZ 0.00 7,025.21 MARCARA 0.00 300.00PARIAHUANCA 0.00 150.00 TINCO 0.00 104.10 YUNGAR 0.00 2,236.37 ANCASH/CARLOS F. FITZCARRALD SAN LUIS 0.00 225.00 ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA 0.00 1,387.50 CASMA 0.00 895.00 YAUTAN 0.00 13,182.45 ANCASH/CORONGO CUSCA 0.00 1,875.00 YANAC 0.00 150.00 ANCASH/HUARAZ COCHABAMBA 0.00 8,962.50 COLCABAMBA 0.00 1,662.58 HUANCHAY 0.00 1,087.50HUARAZ 0.00 136.15 JANGAS 0.00 1,537.50 LA LIBERTAD 519.75 5,791.00PAMPAS 0.00 6,225.00 PARIACOTO 0.00 13,823.87 PIRA 519.75 10,942.71 ANCASH/HUARI CHAVIN DE HUANTAR 0.00 450.00HUACACHI 0.00 1,350.00 SAN MARCOS 1,494.89 5,899.23