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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (02/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de setiembre de 2005 - Excursión al Valle Sagrado con almuerzo buffet. - Excursión a la Ciudadela de Macchupicchu en tren.- Entradas a las excursiones indicadas y los traslados correspondientes. - Guías en español y/o inglés en las excursiones. * Estos beneficios estarán disponibles hasta el 31.DICIEMBRE.2005. Artículo Quinto.- Del Fraccionamiento: a) Los contribuyentes que hayan efectuado CONVENIO DE FRACCIONAMIENTO por deudas tributarias yadministrativas podrán acogerse a los beneficiosestablecidos en el artículo tercero, solicitando a la Subgerencia de Fiscalización una preliquidación de deuda, en la que se considerará el importe pagado respecto de ladeuda que dio origen al convenio de fraccionamiento, asícomo el desistimiento de dicho convenio. La aprobacióndel desistimiento está condicionada a que se cancele latotalidad de su deuda. La deuda debe haber sido generada hasta antes de la finalización del período fiscal 2004. El importe a pagar, resultante de la aprobación deldesestimiento y la nueva liquidación, estará sujeto a lasreglas establecidas en el artículo mencionado. b) Aquellos contribuyentes que tengan cuotas pendientes y/o vencidas de un convenio de fraccionamiento aprobado con anterioridad, se beneficiarán con la condonación del 100% de las moras,por el saldo de la deuda. c) Los contribuyentes que tengan CONVENIO DE FRACCIONAMIENTO en trámite de cobranza coactivay deseen acogerse a los beneficios establecidos en esta Ordenanza, deberán cancelar previamente el 50% de las costas procesales y los gastos administrativosgenerados. Artículo Sexto.- Los contribuyentes que no puedan cancelar sus obligaciones tributarias durante la vigencia de la presente Ordenanza, podrán optar por el fraccionamiento de acuerdo a lo establecido en laOrdenanza Nº 099-2003/MVMT. Artículo Sétimo.- Si el obligado tuviera recursos impugnativos pendientes en la vía administrativa o judicial, deberá desistirse del mismo ante la instancia que corresponda y adjuntar copia de dicho desistimiento. La no presentación del desistimiento formal por los casos antes mencionados dejará sin efecto los beneficiosestablecidos en "La Feria del Contribuyente 2005"tomándose los pagos realizados a cuenta de la deuda imputándose conforme al artículo 31º del T.U.O. del Código Tributario. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza se condona el 50% de las costas procesalesy los gastos administrativos generados por el inicio de lacobranza coactiva. Segunda.- Se precisa que sólo podrán acogerse a los beneficios decretados en la presente Ordenanza, los contribuyentes (personas naturales o jurídicas) cuyasdeudas tributarias no superen el 50% de la U.I.T. por cadaEjercicio Fiscal. Tercera.- Del cumplimiento Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Agencias Municipales de Desarrollo y Oficina de ImagenInstitucional, el cumplimiento y difusión de la presenteOrdenanza. Cuarta.- De los gastos Los gastos que genere el otorgamiento de los premios consignados en el Artículo Tercero de esta Ordenanza,serán asumidos por la Institución Municipal. Quinta.- De la prioridad Déjese sin efecto toda Disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza, facultándose alDespacho de Alcaldía a dictar las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 15082 /G53/G75/G73/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G20/G72/G65/G63/G65/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G65/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79 /G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G63/G72/G65/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G64/G75/G63/G74/G6F/G72/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G61/G6C/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G65/G6E/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 037-2005/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 125 de fecha 12.noviembre.2003 se regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores en Villa Maríadel Triunfo; Que, el Informe Nº 147-2005-SGTR-GSP/MVMT de la Subgerencia de Transporte recomienda se efectúe unproceso de revisión y evaluación técnica del parque automotor en vehículos menores que ha crecido notoriamente en el distrito, a fin de ordenar este servicio ygarantizar a los ciudadanos un tránsito fluido y sin riesgo para su seguridad; lo que implica a su vez la suspensión de la recepción de nuevas solicitudes que presenten, a partirde la vigencia del presente Decreto, personas jurídicas (empresas y/o asociaciones) que brindan este servicio, por un tiempo prudencial; criterio que es compartido por laGerencia de Servicios Públicos a través del Informe Nº 167- 2005-GSP-MVMT contándose con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 451-2005-GAJ-MVMT y Gerencia Municipal a través del Informe Nº 073-2005-GM/MVMT; por lo que corresponde emitirse la respectiva Disposición Municipal; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Servicios Públicos; De conformidad con los Arts. 20º, Inc. 6) y 42º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- SUSPENDER TEMPORALMENTE y hasta por un plazo de 60 días hábiles, la recepción desolicitudes de otorgamiento de Resoluciones de Operación, Certificados de Operación y Credenciales de Conductor correspondientes (a excepción de las quesoliciten para la Zona de Trabajo de Código : JGB - ZOTRA 1), así como incremento de nuevas unidades vehiculares, conductores, y solicitudes de nuevos paraderos. Artículo Segundo.- LAS SOLICITUDES presentadas con anterioridad a la vigencia del presente Decreto continuarán su tramitación conforme a la normatividadvigente. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Servicios Públicos, a través de su respectiva UnidadOrgánica, efectúe los análisis, evaluación y factibilidad de elaboración de los nuevos Estudios Técnicos que correspondan a las solicitudes ingresadas con anterioridada la vigencia del presente Dispositivo Municipal. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación enel Diario Oficial El Peruano. Villa María del Triunfo, 26 de agosto del 2005.Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 15080