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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (14/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G32/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de setiembre de 2005 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G64/G72/G65/G20/G41/G62/G61/G64/G79/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G49/G73/G69/G64/G72/G6F RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 402-2005-CG Lima, 9 de setiembre de 2005 VISTO; el Informe Especial Nº 256-2005-CG/ORIQ, resultante del Examen Especial practicado a laMunicipalidad Provincial de Padre Abad, departamentode Ucayali, por el período 2002, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al período citado; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República efectuó un Examen Especial en la Municipalidad Provincial de Padre Abad, departamento de Ucayali, orientado a evaluar y determinar el grado de cumplimiento de los objetivos ymetas institucionales del citado período, con respecto,entre otros, a la adquisición de bienes y a la ejecución deobras públicas; Que, como resultado de la evaluación de los comprobantes de pago del primer semestre del año 2003, la Comisión Auditora identificó irregularidades en laactuación funcional de autoridades y funcionarios de laentidad, en razón que se ejecutaron gastos por S/. 27000,00 en contravención de la normativa presupuestalque establecía la suspensión de todo tipo de gastos orientados a la celebración de agasajos por fechas festivas que implique la afectación de los recursos públicos;ocasionando un perjuicio económico a la entidad, el cualdebe ser resarcido de conformidad con lo dispuesto en elArtículo 1321º del Código Civil; Que asimismo, se evidenció la ejecución de gastos que no tenían vinculación con la ejecución de las obras "Pavimentación de Calles de Villa Aguaytía" y"Construcción y Rehabilitación de Redes de Agua yDesagüe", ni con los fines y objetivos institucionales; encontravención a la normativa presupuestal aplicable,causando un perjuicio económico a la entidad por la cantidad de S/. 5 900,00, que debe ser resarcido de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1321º delCódigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica delSistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio delas acciones legales pertinentes en forma inmediata,por parte del Procurador Público, en los casos en laejecución directa de una acción de control se encuentredaño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República el inicio de las acciones legalesrespectivas contra los responsables comprendidos enel Informe de Visto, y; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República – Ley Nº 27785, elDecreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre yrepresentación del Estado, inicie las acciones legales porlos hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 15745 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 403-2005-CG Lima, 9 de setiembre de 2005VISTO, el Informe Especial Nº 257-2005-CG/ZC, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad de San Isidro, período enero de 1996 a marzo del 2004, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al período citado; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República dispuso se efectúe un Examen Especial a la Municipalidad Distrital de San Isidro, que tuvo como objetivo evaluar la administración de los recursos, la ejecución de obras públicas, la contratación de servicios y la gestión del órgano de control institucional; Que, como resultado de la acción de control efectuada, la Comisión Auditora ha determinado que durante el año 1998, la entidad efectuó la contratación de una empresa con la finalidad de obtener un Sistema Integral de Gestión Municipal sin contar con el correspondiente Plan de Sistemas y requerimiento formal del mismo que sustente el proceso y la necesidad del servicio, asumiendo con la suscripción del contrato un compromiso de pago con la firma de letras por el costo del servicio sin establecer lapresentación de informes sustentatorios del avance y cumplimiento del objeto del contrato, dándose la conformidad del servicio sin que éste haya sido cumplido; hechos antes expuestos que constituyen perjuicio económico irrogado a la entidad por un monto ascendente a S/. 702 179,63, que requiere ser resarcido, de conformidad con el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 15746