NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (14/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 27
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G32/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de setiembre de 2005 De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Articulo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 15748 /G46/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G73/G65/G70/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G20/G70/G6F/G72 /G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/GD3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G50/G44 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 406-2005-CG Lima, 9 de setiembre de 2005 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 063-2005-CG/ OCI, emitida por la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo previsto en el artículo 19º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 28557, corresponde a este Organismo Superior de Control regular la separación definitiva del Jefe del Órgano de Control Institucional de acuerdo a las causales, procedimientos e incompatibilidades que establezca para tal efecto; Que, el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloría Nºs. 014 y 047-2004-CG, establece en el numeral 2.1 de su Primera Disposición Transitoria, que la separación definitiva del Jefe del Órgano de Control Institucional se efectúa por la Contraloría General de la República, mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Oficial El Peruano, previéndose en el literal c) de dicho numeral, que los casos de renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional serán informados por la entidad a la Contraloría General de la República, acompañándose copia autenticada de la respectiva carta de renuncia y su aceptación por la entidad, para la formalización de la separación definitiva; Que, mediante Oficio Nº 645-2005-P/IPD, el Instituto Peruano del Deporte informó a este Organismo Superior de Control la renuncia del señor Ricardo Cárdenas Quispe al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la referida entidad, adjuntando copia autenticada de la respectiva carta de renuncia; siendo que, en virtud a lo dispuesto por la Resolución Jefatural Nº 316-2005-P/IPD, la entidad aceptó dicha renuncia; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por Ley Nº 28557, y el numeral 2.1 de la Primera Disposición Transitoria del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloría Nºs. 014 y 047-2004-CG; SE RESUELVE:Artículo Único.- Formalizar la separación definitiva por renuncia, del señor Ricardo Cárdenas Quispe, al cargode Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto Peruano del Deporte. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 15749 J N E /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4A/G4E/G45 /G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G6F/G73/G74/G65/G6E/G65/G72/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E /G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G42/G49/G44/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G4F/G45/G41/G2C/G20/G61/G73/GED /G63/G6F/G6D/G6F/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G73/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G6D/G61/G72/G6B/G65/G74/G69/G6E/G67/G67/G75/G62/G65/G72/G6E/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C RESOLUCIÓN Nº 102-2005-P/JNE Lima, 13 de setiembre de 2005 VISTO: La comunicación del Coordinador del Programa de América Latina de la Universidad George Washington, en la cual manifiesta el interés de contar con la presencia del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, señor doctor Enrique Javier Mendoza Ramírez, en el Seminario de “Comunicación Política y Marketing Gubernamental”. CONSIDERANDO:Que, tomando en cuenta que uno de los objetivos de la Organización de Estados Americanos (O.E.A.) es la estabilidad democrática en la región y que el Jurado Nacional de Elecciones tiene como función constitucional tal objetivo, se ha visto la necesidad de que el señor doctor Enrique Javier Mendoza Ramírez, Presidente del Jurado Nacional de Elecciones acuda a la Secretaría de la OEA, Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para sostener reuniones de trabajo con funcionarios de dichas entidades; asimismo, en atención a la Convocatoria del Programa para América Latina de la Escuela de Gerencia Política de la Universidad George Washington sobre Comunicación Política “Experiencias Exitosas: Gobiernos que comunican y su Relación con la Prensa”; a realizarse el 16 y 17 de setiembre de 2005 en la ciudad de Washington DC, de los Estados Unidos de Norteamérica; Que, la participación del Jurado Nacional de Elecciones en el Seminario antes señalado hará posible el intercambio de conocimientos, experiencias y herramientas para consolidar y mejorar los procesos electorales en beneficio de la democracia, lo que es de interés institucional y nacional; Que, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en sesión privada de fecha 1 de setiembre de 2005, adoptó el Acuerdo Nº 01095-002 autorizando el viaje del señor doctor Enrique Javier Mendoza Ramírez, Presidente del Jurado Nacional de Elecciones del Perú, a la ciudad de Washington DC, de los Estados Unidos de Norteamérica, del 15 al 21 de setiembre del año en curso, a fin de que sostenga las reuniones y participe en el Seminario antes indicado, conforme a lo solicitado; Que, conforme el artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, en caso de ausencia del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones se sigue el orden establecido en el artículo 10º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26486; De conformidad con la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Ley Nº 28427, la Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27619, y sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; El Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de las facultades que le otorga el artículo 18º del