NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (28/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 34
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G30/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de setiembre de 2005 ENERGÍA Y MINAS /G41/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G42/G61/G6E/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G74/G6F/G64/G6F/G73/G20/G6C/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 270-2005-EM/DGH Lima, 27 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creó el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios delpetróleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del mercado interno; dispositivo legal que fue ampliado en su vigencia por ciento ochenta (180) díascalendario mediante Decreto de Urgencia Nº 007-2005, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de marzo de 2005; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designó como Administrador del Fondo a la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 019-2005 se dispuso que la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010- 2004 modificado por los Decretos de Urgencia Nº 007-2005,Nº 010-2005 y Nº 018-2005, será hasta el 31 de diciembre de 2005; Que, el artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 010-2004 dispone, que es obligación del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periódicamente, en los plazos que establezca elReglamento, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, el artículo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF prevé que el Administrador del Fondo deberá publicar por lo menos una vez cada mes en el Diario Oficial El Peruano las mencionadas Bandas dePrecios; Que, con fecha 21 de setiembre de 2005, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la última actualización de lasBandas de Precios para las Gasolinas 97, 95, 90 y 84; Que, en sesión realizada el 27 de setiembre de 2005, la Comisión Consultiva ha emitido opinión favorable a fin deactualizar las Bandas de Precios para todos los combustibles; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF que aprueba las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, así como del Decretode Urgencia Nº 007-2005 que amplía el plazo de vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Actualizar las Bandas de Precios para todos los combustibles. PRODUCTOS LÍMITE LÍMITE Soles por Galón SUPERIOR INFERIOR GLP Soles por Kg. 2,30 2,20 GASOLINA 97 8,43 8,03 GASOLINA 95 8,27 7,87 GASOLINA 90 7,74 7,34 GASOLINA 84 7,26 6,86 KEROSENE 7,91 7,51 DIESEL 2 7,37 6,97 Petróleo Industrial Nº 6 4,22 4,02 Petróleo Industrial 500 3,97 3,77 Artículo Segundo.- Determinar los Factores de Compensación y Aportación correspondientes al período comprendido desde el 28 de setiembre hasta el 3 de octubrede 2005.PRODUCTOS Factor de Factor de Soles por Galón Aportación Co mpensación GLP Soles por Kg. — 0,11 GASOLINA 97 — 0,14 GASOLINA 95 — 0,09 GASOLINA 90 — — GASOLINA 84 — — KEROSENE — 0,40 DIESEL 2 — 0,40 Petróleo Industrial Nº 6 — 0,21 Petróleo Industrial 500 — 0,21 Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral tendrá efectos desde la fecha de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO A. NAVARRO VALDIVIA Director General de Hidrocarburos 16552 MIMDES /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G20/G79/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 637-2005-MIMDES Lima, 22 de setiembre de 2005CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 618-2005- MIMDES de fecha 19 de setiembre de 2005, se encargó alseñor JAVIER ERNESTO RUIZ-ELDREDGE VARGAS, Director de la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, elpuesto de Director General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del MIMDES; Que, el señor JAVIER ERNESTO RUIZ-ELDREDGE VARGAS se ausentará del país para asistir a la VII Conferencia Iberoamericana de Ministros, Ministras y Altos Responsables de Infancia y Adolescencia con el lema "Laerradicación de la pobreza de la Infancia y la Adolescencia en Iberoamérica", que se llevará a cabo en la ciudad de León, España, los días 26 y 27 de setiembre de 2005; Que, en consecuencia es necesario encargar temporalmente el puesto de Director General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del MIMDES, en tantodure la ausencia del citado funcionario; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, en la Ley Nº 27594; en la Ley Nº 27793; y en el Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, a la señora RUSSELA ANTONIETA ZAPATA ZAPATA, Directora General de la Dirección General de la Mujer del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social - MIMDES, el puesto de Director General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del MIMDES, a partir del 24 de setiembre de 2005 y en tantodure la ausencia del señor JAVIER ERNESTO RUIZ- ELDREDGE VARGAS. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 16489