Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2005 (28/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 28 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Designan representantes ante Comision Multisectorial encargada de proponer mecanismos para la implementacion del Acuerdo de Competitividad para la cadena maiz MORDAZA duro-aviculturaporcicultura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 489-2005-EF/10 MORDAZA, 27 de setiembre de 2005 Vista la Nota Nº 027-2005-EF/15 del Viceministro de Economia, sobre designacion de representantes del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 037-2005-AG, se constituye la Comision Tecnica Multisectorial encargada de proponer mecanismos para la implementacion del Acuerdo de Competitividad para la cadena maiz MORDAZA duro ­ avicultura ­ porcicultura; Que, en el articulo 3º del mencionado Decreto Supremo establece que la referida Comision Multisectorial estara integrada, entre otros miembros, por un representante titular y un miembro suplente del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en este contexto, es necesario designar a las personas de este Ministerio que integraran la mencionada Comision Multisectorial; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 037-2005-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como representantes del Ministerio de Economia y Finanzas en la Comision Multisectorial a la que se refiere el Decreto Supremo Nº 037-2005-AG a las siguientes personas: - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante titular. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro suplente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 16529

articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 183, modificado por el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 325; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Oficializar el XVI Congreso Nacional de Economistas y la XI Asamblea Nacional de Delegados organizado por el Colegio de Economistas del Peru y el Colegio de Economistas de MORDAZA que se llevaran a cabo en la MORDAZA de Huancayo, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, los dias 7, 8 y 9 de diciembre de 2005. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 16530

EDUCACION
Aprueban modificaciones del formulario denominado "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0582-2005-ED MORDAZA, 19 de setiembre de 2005 Vistos, el Oficio Nº 1385-2005-ME-SG-OTD y demas documentos que se acompanan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 118-97-ED, de fecha 30 de MORDAZA de 1997, se aprobo el formulario denominado "Importaciones Liberadas ­ Decreto Legislativo Nº 882"; Que, la Oficina de Tramite Documentario a traves del Oficio Nº 1385-2005-ME-SG-OTD, solicita la modificacion de los formularios de importaciones liberadas, para lo cual adjunta el Informe Nº 19-2005/OTD-LIB del 27 de MORDAZA de 2005, emitido por la Encargada de Liberaciones y Donaciones; Que, el articulo 23º del Decreto Legislativo Nº 882, Ley de Promocion de la inversion en la Educacion, establece que las Instituciones Educativas Particulares o Publicas estaran inafectas al pago de los derechos arancelarios correspondientes a la importacion de bienes que efectuen exclusivamente para sus fines propios; Que, asimismo, por los articulos 2º y 3º del Decreto Supremo Nº 001-2004-EF, se sustituye y amplian los bienes inafectos al Impuesto General a las Ventas contenidos en el MORDAZA Anexo II, aprobado por el Decreto Supremo Nº 152-2003-EF; Que, por otro lado, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 152-2003-EF sustituye el MORDAZA parrafo del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, estableciendo que la MORDAZA de recepcion del formulario presentado al Ministerio de Educacion, constituira requisito exigible por la Superintendencia de Administracion Tributaria, para la aplicacion de la inafectacion de tributos; Que, para tal efecto, resulta de aplicacion el ultimo parrafo del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 046-97-EF que dispone que mediante Resolucion Ministerial del Sector Educacion se aprobara el formulario MORDAZA referido; Que, en tal sentido, teniendo en consideracion las modificaciones normativas realizadas y el procedimiento establecido para la aprobacion de los formularios de importaciones liberadas, resulta pertinente efectuar las modificaciones a dichos formularios; Con lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica mediante el Informe Nº 1191-2005-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- APROBAR las modificaciones del formulario denominado "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion

Oficializan el XVI Congreso Nacional de Economistas y la XI Asamblea Nacional de Delegados organizada por el Colegio de Economistas del Peru y el Colegio de Economistas de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 490-2005-EF/10 MORDAZA, 27 de setiembre de 2005 Vista la Carta de fecha 9 de setiembre de 2005, del Gerente General del Colegio de Economistas del Peru, sobre Oficializacion del XVI Congreso Nacional de Economistas y la XI Asamblea Nacional de Delegados; CONSIDERANDO: Que, del 7 al 9 de diciembre de 2005, se llevaran a cabo en la MORDAZA de Huancayo, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA del XVI Congreso Nacional de Economistas y la XI Asamblea Nacional de Delegados organizado por el Colegio de Economistas del Peru y el Colegio de Economistas de Junin; Que, es competencia del Ministerio de Economia y Finanzas, entre otras, armonizar la actividad economica nacional, por lo tanto, apoyar toda actividad que favorezca la union, actualizacion y superacion de los profesionales en economia; Que, en consecuencia, es necesario oficializar el XVI Congreso Nacional de Economistas y la XI Asamblea Nacional de Delegados MORDAZA mencionados; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 ­ Ley del Poder Ejecutivo ­ y el

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