Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2006 (06/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, la Fuerza Aerea del Peru ha proporcionado dos vacantes para realizar el "Curso de Supervivencia en el Mar", en el MORDAZA de la IV Reunion de Jefes de Estado Mayor General de la Fuerza Aerea del Peru y de la Fuerza Aerea de MORDAZA, en la que se acordo la realizacion de intercambios de personal militar en actividades de instruccion, entrenamiento y otras de caracter profesional; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley N° 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de MORDAZA, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 2 al 13 de MORDAZA de 2006, para participar en el Curso de Supervivencia en el Mar, de acuerdo a los intercambios bilaterales entre la Fuerza Aerea del Peru y la Fuerza Aerea de Chile. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la C om i s i o n d e De f e n sa N a c i o n a l , O r d e n I n t e r n o , Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a la que se refiere el articulo 1, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 06225

Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica del Ecuador, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 20 al 26 de marzo de 2006, para realizar una Pasantia en el Centro Medico MORDAZA en las areas de Estomatologia y Urologia. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a la que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 06226

RESOLUCION SUPREMA Nº 115-2006 DE/SG
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 75 de fecha 25 de enero de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, la Fuerza Aerea de los Estados Unidos de MORDAZA y la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Peru, han coordinado la realizacion de una visita del personal que labora en la Base Aerea de MacDill en Florida; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley N° 27856;

RESOLUCION SUPREMA Nº 114-2006 DE/SG
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 151, de fecha 17 de febrero de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, en la III Reunion de Estados Mayores y XVII Reunion Bilateral de Inteligencia MORDAZA entre la Armada de Ecuador y la MORDAZA de MORDAZA del Peru se establecio que se realice una pasantia en el Centro Medico MORDAZA "CMST" en las areas de Estomatologia y Urologia;

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