Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2006 (06/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2006

Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo Nº 074-2005-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF y la Tabla Aduanera del Azucar a que se refiere el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 153-2002-EF tendran vigencia hasta el 30 de junio de 2006; Que, por Decreto Supremo Nº 003-2006-EF se sustituyo la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF y se dispuso que tendra vigencia hasta el 30 de junio del 2006; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 16 y el 31 de marzo de 2006; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias:
PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Leche Entera en Polvo 2 314

Estando a lo opinado por la Unidad de Personal y Unidad de Presupuesto, mediante Informe Nº 108-2005-ME-SG/ OA/UPER/ABS y Hoja de Coordinacion Interna Nº 1192006-ME/SPE-UP, respectivamente; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560; el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Legislativo Nº 804 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Educacion con cargo al presupuesto 2006, la donacion de bienes para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion, hasta por la suma de S/. 25,482.99 (VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 99/100 NUEVOS SOLES). Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 06232

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbre de ocupacion de bienes a favor de concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 146-2006-MEM/DM
MORDAZA, 20 de marzo de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31173705, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de servidumbre de ocupacion de bienes publicos, para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta subterranea (boveda) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5422; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta subterranea (boveda) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5422, ubicada en la vereda de la avenida 26 de Noviembre, Mz. 94, frente al Lt. 27, interseccion con la avenida 24 de Junio, cuadra 1, AA. HH. Nueva MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 040-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia;

Fecha Del 16/03/2006 al 31/03/2006

Maiz 125

Azucar 484

Arroz 343

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ABUGATTAS FATULE Viceministro de Economia 06171

EDUCACION
Autorizan al Ministerio la donacion de bienes a victimas de accidentes ocurridos en las instalaciones de la Institucion Educativa "Antenor Orrego"
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2006-ED
MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de octubre de 2005, se produjo un accidente en las instalaciones de la Institucion Educativa "Antenor Orrego" de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 05, a consecuencia de la caida de un MORDAZA perimetrico; Que, el Ministerio de Educacion considero conveniente brindar apoyo a las victimas del citado accidente, cubriendo el costo de atencion medica y medicamentos de los trece (13) heridos, y de sepelio de los dos (2) fallecidos, monto que asciende a la suma de S/. 25,482.99 Nuevos Soles; Que, el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 804 establece que la donacion de bienes entre entidades del Sector Publico y de estas al Sector no Publico, se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector al que corresponda la entidad donante;

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