Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2006 (06/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06061

ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Asamblea Nacional de Rectores y del CONAFU, correspondiente al ano 2006
RESOLUCION Nº 1735-2006-ANR MORDAZA, 21 de marzo de 2006
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 020-2006-DGPU de fecha 28 de febrero del 2006, el Director General de Planificacion Universitaria de la Asamblea Nacional de Rectores remite el proyecto de Texto Unico de Procedimientos Administrativos, MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, CONAFU correspondiente al ano 2006, teniendo en cuenta el MORDAZA valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT); Que, la vigencia del Decreto Supremo Nº 176-2005-EF publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de diciembre del 2005, mediante el cual se establece el valor de la

Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para e ano 2006, en tres mil cuatrocientos nuevos soles (S/. 3, 400.00); Que, por Memorando Nº 209-2006-SE de fecha 03 de marzo del 2006, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de la resolucion que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, CONAFU correspondiente al ano 2006, elaborado por la Direccion General de Planificacion Universitaria; Que, es necesario aprobar el instrumento de gestion de caracter normativo MORDAZA acotado, que tendra vigencia para el ejercicio del ano 2006; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Coordinacion Interuniversitaria y el Decreto Supremo Nº 176-2005-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, CONAFU correspondiente al ano 2006. Articulo 2º.- Forma parte de esta resolucion, el documento "Texto Unico de Procedimientos Administrativos, MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, CONAFU" en texto impreso y soporte digital. Articulo 3º.- Encargar a las diferentes unidades organicas de la Asamblea Nacional de Rectores, el cumplimiento obligatorio de las disposiciones aprobadas en la presente resolucion. Articulo 4º.- Publiquese la resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA RONDINEL MORDAZA Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

LA DIRECCION

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