Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2006 (19/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 19 de MORDAZA de 2006

Modifican fecha de vencimiento de la MORDAZA cuota de los arbitrios municipales recalculados del 2005 a que se refieren las Ordenanzas Nºs. 000047 y 000051-MDSJM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000016-2006/MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 12 de MORDAZA del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Visto: El Informe Nº 174-06-MDSJM-GR/SGCR de fecha 11.04.2006 de la Subgerencia de Control y Recaudacion; Memorando Nº 199-2006-MDSJM-GR de fecha 12.04.2006 la Gerencia de Rentas; Informe Nº 385-2006-MDSJM-OAJ de fecha 12.04.2006 de la Oficina de Asesoria Juridica, referentes a la modificacion del plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 000047-MDSJM modificado por la Ordenanza Municipal Nº 0000051-MDSJM. CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Municipal Nº 000047MDSJM de fecha 14 de octubre de 2005, y sus modificatorias las Ordenanzas Municipales Nº 000051 y 000054-MDSJM de fechas 9 de noviembre y 9 de diciembre del 2005 respectivamente, se aprobo el recalculo del monto de la Tasa del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2005; Que, el articulo siete de la Ordenanza Municipal Nº 000047-MDSJM, modificada por la Ordenanza Municipal Nº 000051-MDSJM establece que los Arbitrios de Limpieza Publica (recoleccion de residuos solidos), Parques y Jardines y Serenazgo son de periodicidad mensual. Asimismo establecio el cronograma de pagos de los arbitrios municipales impagos correspondientes al ejercicio 2005, fijando en el dia 15 de MORDAZA, el vencimiento de la MORDAZA cuota; Que, el ultimo parrafo del articulo 29º del Texto Unico Ordenado de Codigo Tributario aprobado mediante

Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general por la Administracion Tributaria; Que, el articulo MORDAZA de la Ordenanza Municipal Nº 000057-MDSJM del 26 de enero del 2006, faculta al senor MORDAZA Distrital para que mediante Decreto de Alcaldia modifique las fechas de vencimiento de pago de los arbitrios municipales regulados por las Ordenanzas Municipales Nº 000047-MDSJM y sus modificatorias; Que, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Art. 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Que, la Administracion Tributaria de la Municipalidad teniendo en cuenta la cercania existente entre las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, estima necesario que se emitan las disposiciones que MORDAZA pertinentes, a efectos de otorgar facilidades a todos los contribuyentes, de modo tal que puedan cumplir con sus referidas obligaciones; De conformidad a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Modificar la fecha de vencimiento de la MORDAZA cuota de los arbitrios municipales recalculados del 2005 contenida en el articulo siete de la Ordenanza Municipal Nº 000047-MDSJM, modificado por la Ordenanza Municipal Nº 000051-MDSJM, estableciendo como nueva fecha de vencimiento, el 2 de MORDAZA del 2006. Articulo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06747

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

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Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

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