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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G39/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de abril de 2006 proceso de selección para el producto requerido por el Centro Nacional de Productos Biológicos de acuerdo al Registro Sanitario otorgado por DIGEMID, vigente a mérito de la Resolución Directoral Nº 12673-SS/DIGEMID/DERD/DR, señalando que no habiendo ningún otro tipo de Tuberculina PPD RT 23 SSI (producto requerido) en el mercado, que pueda sustituir a larequerida por el Centro Nacional debido a la determinación del tipo de tuberculina en el referido Registro y habiéndose determinado que existe unproveedor único de dicho producto en el Perú, que es la firma STATENS SERUM INSTITUT, conforme al Informe Técnico elaborado por la Oficina Ejecutiva de Logísticay por el Centro Nacional de Productos Biológicos, se ha configurado una causal de exoneración contemplada en el artículo 19º literal e) del TUO de la Ley Nº 26850,aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM, por lo que es procedente la exoneración del proceso de selección correspondiente, siguiendo el procedimientoestablecido en los artículos 146º al 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado por D.S. Nº 084-2004- PCM; Que, mediante Memorando Nº 041-2006-DE-OEPPI- OGAT/INS de fecha 17.MAR.2006, la Dirección Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Planificación, Presupuesto eInversiones de la Oficina General de Asesoría Técnica, comunica que existe disponibilidad presupuestal para atender lo solicitado; Que, estando a los Informes Técnico y Legal precedentes y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2005-PCM, es procedente adquirir el producto requerido mediante acción inmediata; Con la visación de la Dirección General del Centro Nacional de Productos Biológicos y de la Oficina General de Administración; y, En uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por DecretoSupremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR, la exoneración del proceso de selección correspondiente, de laAdjudicación Directa Selectiva para la adquisición de Tuberculina PPD RT 23 SSI 2 TU/0.1 mL., caja con frasco X 50 dosis, por ser un bien que no admitesustitutos y con un proveedor único, de acuerdo a las razones técnicas y legales expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- AUTORIZAR, la adquisición de siete mil quinientos (7,500) frascos del producto señalado en el artículo precedente mediante acción inmediata, por unplazo de ciento cinco (105) días calendario y por un valor referencial de S/. Ciento Cuarenta y Cuatro Mil Ciento Veintidós con 03/100 nuevos soles(S/. 144,122.03), con la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- DESIGNAR a la Oficina Ejecutiva de Logística de la Oficina General de Administración, para realizar la adquisición del bien señalado en los artículos precedentes, de acuerdo al monto especificado. Artículo 4º.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones delEstado-SEACE, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su emisión, así como la remisión de una copia de la misma y los informes que la sustentan alConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días hábiles siguientes a lafecha de su aprobación. Artículo 5º.- REMITIR copia de la presente Resolución a los órganos de la Entidad que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR G. NÁQUIRA VELARDE Jefe 06745/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE ICA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G72/G65/G6D/G69/G74/G69/G72/G20/G61/G6C/G20/GD3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65 /G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G65/G63/G72/G65/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G55/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G30/G33/G30/G2C /G30/G33/G31/G2D/G32/G30/G30/G35/G20/G79/G20/G30/G33/G37/G2D/G39/G34/G2C/G20/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G72/G20/G6C/G61/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G63/G61/G73/G6F ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0015-2006-GORE-ICA Ica, 6 de abril de 2006 El Consejo Regional de la Región Ica, en Sesión Extraordinaria del 9 de marzo del 2006. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley Nº 27867 – “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, en su artículo 2ºestablece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica yadministrativa en asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal; y en su artículo 3ºseñala que los Gobiernos Regionales tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales; Que, el Consejo Regional es el Órgano Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional, es atribución de éste ventilar y regular su funcionamiento; Que, de conformidad con el artículo 39º de la acotada Ley, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos delConsejo Regional, de interés público ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o normainstitucional; Que, en la Sesión Extraordinaria del 9 de marzo del 2006, se trató el tema de los Decretos de UrgenciaNºs. 030, 031-2005 y 037-94 ante las evidencias encontradas por los miembros del Consejo Regional acordaron que se remitiese toda la documentaciónpertinente al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Ica para que se efectúe el correspondiente examen y establecer las responsabilidades sobre estetema, que el caso amerite. Que, de acuerdo con los artículos 21º inciso o) y 39º de la Ley Nº 27867 – Ley de Gobiernos Regionales, y enuso de sus atribuciones; SE ACUERDA:Artículo Primero.- REMITIR al Órgano de Control Institucional toda la documentación referente a losDecretos de Urgencia Nºs. 030, 031-2005 y 037-94 ante las evidencias encontradas, a los efectos de que se practique un riguroso examen y se determinen lasresponsabilidades que este caso genere. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, y a la Dirección General de Administración para quefaciliten toda la información necesaria, debiendo tomar en su momento las medidas correctivas y las acciones pertinentes que el caso amerite. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ica, a los quince días del mes de marzo del año dos mil seis. VICENTE TELLO CÉSPEDES Presidente Regional 06761