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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G39/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de abril de 2006 VISTOS: El Expediente Nº 2005033527 y el Memorándum Nº 1124-2006-EF/94.45 del 17 de abril de 2006 de laGerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO:Que, mediante acuerdo de junta general de accionistas del 28 de septiembre de 2005, Sociedad Minera CerroVerde S.A.A aprobó el programa de bonos denominado "Primer Programa de Bonos Corporativos de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.", hasta por un monto total deUS$ 250 000 000,00 (doscientos cincuenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en otras monedas y acordó delegar en elDirectorio facultades para decidir los términos, condiciones y características del programa de emisión; Que, en mérito a las atribuciones otorgadas, el directorio de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A, en sesión del 25 de octubre de 2005, estableció los términos y condiciones del "Primer Programa de BonosCorporativos de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A." y delegó en el señor Cristian Morán Velásquez y en la señora Johanna Torreblanca Marmanillo, las facultadesnecesarias para que, actuando en forma individual, uno cualquiera de ellos pudiera determinar los términos y condiciones del programa que no fueron determinadospor la junta general de accionistas o el directorio; Que, en virtud de los acuerdos antes señalados, Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. solicitó a CONASEVla aprobación del trámite anticipado, la inscripción del "Primer Programa de Bonos Corporativos de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A." y el registro del prospectomarco correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores; asimismo, solicitó la inscripción de los bonos correspondientes a la emisión denominada"Bonos de la Sociedad Minera Cerro Verde - Primera Emisión" hasta por un monto de US$ 90 000 000,00 (noventa millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidosde América), así como el registro del prospecto complementario correspondiente; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha verificado que Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de OfertaPública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el artículo 2º, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidasa la aprobación de trámites anticipados relativos a la inscripción de valores mobiliarios, al registro de prospectos informativos correspondientes a programasde emisión y/o a la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de valores mobiliarios que puedan ser objeto de oferta pública, deben ser difundidas a travésdel Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV del 6 de abril de 1999, el Gerente General de CONASEV seencuentra facultado a aprobar trámites anticipados, disponer la inscripción de valores y/o registro de prospectos derivados de trámites anticipados, así comodisponer la inscripción de programas de emisión de valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el programa de bonos denominado "Primer Programa de Bonos Corporativos de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A." hasta por un monto total de US$ 250 000 000,00(doscientos cincuenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) y disponer el registro del prospecto marco correspondiente, en el Registro Públicodel Mercado de Valores. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de los valores correspondientes a la emisión denominada "Bonos deSociedad Minera Cerro Verde - Primera Emisión" hasta por un monto de US$ 90 000 000,00 (noventa millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), asícomo el registro del prospecto complementario correspondiente. Artículo 3º.- En tanto Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. mantenga su condición de Entidad Calificada y setrate de la emisión de valores típicos, la inscripción de bonos y el registro de los prospectos complementarios a utilizar en la oferta pública a la que se refiere el artículo1º precedente, se entenderán realizados en la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución. En su defecto, la inscripción de las obligaciones y el registro delos prospectos correspondientes se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 14º, literal b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta deValores Mobiliarios. Artículo 4º.- La oferta pública de los valores a los que se refieren los artículos 1º, 2º y 3º de la presenteresolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, en el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta deValores Mobiliarios. La colocación de los bonos a que se refiere el presente artículo deberá efectuarse en un plazo que noexcederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, siempre y cuando el plazo del programa y deltrámite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud deprórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 5º.- El registro y la inscripción a los que se refieren los artículos 1º, 2º y 3º de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en tales valores u opine favorablemente sobre lasperspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado deValores. Artículo 6º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV eninternet. Artículo 7º.- Transcribir la presente resolución a Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A., en su calidad deemisor; a Citibank del Perú S.A., en su calidad de entidad estructuradora; a Citicorp Perú S.A. Sociedad Agente de Bolsa, en su calidad de agente colocador; a Cavali S.A.ICLV y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR LOZÁN LUYO Gerente General Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 06850 INACC /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6D/G69/G6E/G65/G72/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G6E/G6F/G20/G68/G61/G6E/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G64/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G70/G61/G67/G6F/G20/G6F/G70/G6F/G72/G74/G75/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1470-2006-INACC/J Lima, 11 de abril de 2006 VISTOS; los Informes Nºs. 272 y 274- 2006-INACC- DGDV, de fecha 7 de abril de 2006 de la Dirección General de Derecho de Vigencia y Desarrollo y la Resolución Directoral Nº 145-2006-MEM/DGM de laDirección General de Minería de fecha 29 de marzo de 2006; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 052-99-EM, se asigna al Registro Público de Minería, ahora InstitutoNacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC,