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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (20/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 5

PÆg. 316967 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de abril de 2006 las cuales sólo 1’029,364 hectáreas se inscribieron en la Ficha Nº 43242 de la Zona Registral Nº IV - Sede Iquitos de los Registros Públicos, debido a la exclusión de áreas correspondientes a derechos de terceros; Que, en vista de la importancia que genera el Proyecto Binacional en mención, en beneficio de la población asentada en las áreas aledañas, y teniendo en cuentaque se plantea desarrollar una experiencia piloto de un sistema de manejo integral de los recursos del bosque, resulta necesario redimensionar la "Zona 6" del bosquede producción permanente del departamento de Loreto, de una superficie de 1’029,364 ha, como esta inscrito a una superficie de 1’010,703 ha; de tal modo que el Estadootorgue al organismo ejecutor, Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo (PEDICP) del Instituto Nacional de Desarrollo(INADE), el área para ejecutar el Proyecto Binacional "Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapacá y Río Algodón". Asimismo, el referidoredimensionamiento se realiza con la finalidad de excluir áreas de comunidades nativas; Que, el otorgamiento al INADE-PEDICP del área que comprende el Proyecto, señalado en el considerando anterior es viable en razón de que dicha área, conforme se indica en el Informe Técnico Legal Nº 047-2006-INRENA-IFFS/OAJ, corresponde fundamentalmente a Bosques Húmedos Tropicales en sus diferentes categorías y en una mínima proporción a Bosques Secundarios, por tantorecursos forestales, los mismos que se encuentran comprendidos dentro del Patrimonio Forestal del Estado, conforme lo establece el artículo 36º del Reglamento de laLey Forestal y de Fauna Silvestre. Consecuentemente, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.3 del artículo 3º de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, corresponde alMinisterio de Agricultura su regulación; Que, el mencionado Proyecto Binacional, comprende estudios y actividades que incluyen el aprovechamientode los recursos forestales maderables y no maderables existentes en el bosque, actividades contempladas en el artículo 323.a) del Reglamento de la Ley Forestal y deFauna Silvestre, sin embargo dicha norma no ha previsto el monto que por concepto de derecho de aprovechamiento percibiría el Estado cuando se realiceel aprovechamiento de los recursos forestales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27308 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre, su Reglamento,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura aprobada por elDecreto Ley Nº 25902. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Redimensionamiento efectuado en la "Zona 6" del bosque de producciónpermanente del departamento de Loreto, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1349-2001-AG, de una superficie de 1’118,271 ha (un millón ciento dieciochomil doscientos setenta y un hectáreas), a una superficie de 1’029,364 ha (un millón veintinueve mil trescientos sesenta y cuatro hectáreas), según consta inscrito afavor del Estado en la Ficha Nº 43242 de la Zona Registral Nº IV - Sede Iquitos de los Registros Públicos. Artículo 2º.- Redimensionar la "Zona 6" del bosque de producción permanente del departamento de Loreto de una superficie de 1’029,364 ha (un millón veintinueve mil trescientos sesenta y cuatro hectáreas), a unasuperficie de 1’010,703 ha (un millón diez mil setecientos tres hectáreas), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial; y deacuerdo al Mapa y Memoria Descriptiva, que como Anexo 01, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Otorgar 30,343.89 ha (treinta mil trescientos cuarenta y tres hectáreas con ocho mil novecientos metros cuadrados) ubicadas en el distrito de Putumayo, provincia de Maynas, departamento deLoreto, al Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo (PEDICP) del Instituto Nacional de Desarrollo (INADE), para laejecución del Proyecto Binacional "Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapacá y Río Algodón", por un período de 4 (cuatro) años; cuya ubicación sedetalla en el Mapa y la Memoria Descriptiva, que como Anexo 02, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.Artículo 4º.- Exceptuar del ámbito geográfico asignado para la ejecución del Proyecto Binacional "Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapacá y Río Algodón", las superficies con derechos de terceros reconocidospor las autoridades competentes. Artículo 5º.- El INADE- PEDICP, como organismo ejecutor del Proyecto Binacional "Manejo Integral ySostenible de los Bosques de Tarapacá y Río Algodón" deberá presentar el Plan de Manejo Forestal correspondiente al INRENA, el mismo que lo evaluará yaprobará de ser el caso, debiendo luego otorgar el permiso correspondiente para el aprovechamiento y movilización de los recursos forestales aprobados en el referido Plan. El Plan de Manejo Forestal, deberá formularse, no sólo por el período de duración del Proyecto Binacional, señalado en el artículo 3º de la presente ResoluciónMinisterial, sino por un período que garantice la sostenibilidad del aprovechamiento del bosque. Artículo 6º.- El monto que por concepto de derecho de aprovechamiento recaudará el INRENA por el aprovechamiento de los recursos forestales aprobados en el Plan de Manejo Forestal del Proyecto Binacional"Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapacá y Río Algodón", será equivalente al valor al estado natural de los recursos forestales, establecidoen las normas correspondientes. Artículo 7º.- El INADE-PEDICP, con una anticipación de noventa (90) días calendario antes de la culminacióndel Proyecto Binacional "Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapacá y Río Algodón", deberá comunicar al INRENA las medidas planteadas y losresponsables de su ejecución, de tal forma que se garantice su continuidad. Artículo 8º.- El INRENA se encargará de la supervisión de la implementación del Plan de Manejo Forestal aprobado del Proyecto Binacional "Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapacá y RíoAlgodón", de conformidad a la Ley Forestal y de Fauna Silvestre y su Reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura ANEXO 01 MEMORIA DESCRIPTIVA DE LOS BOSQUES DE PRODUCCIÓN PERMANENTE ZONA 6 DEPARTAMENTO DE LORETO I. UBICACIÓN POLÍTICA Departamento : Loreto Zona 6 Provincia : Maynas Distrito : Putumayo II. SUPERFICIE Zona 6 : 1 010 703 ha III. LIMITES Zona 6: Partiendo del PP (Punto de Partida), ubicado en la margen derecha del río Angusilla con coordenadas UTM 551 500 E y 9 913 499 N, se sigue en línea recta, condirección Sur Oeste hasta llegar al PR1. Del PR1, ubicado en las coordenadas 546 845 E y 9 906 136 N, se sigue en línea recta con dirección SurEste hasta llegar al PR2. Del PR2, ubicado en las coordenadas 546 860 E y 9 878 629 N, se sigue en línea recta con dirección SurEste hasta llegar al PR3. Del PR3, ubicado en las coordenadas UTM 607 839 E y 9 878 604 N, se sigue en línea recta con direcciónSur Oeste hasta llegar al PR4.