Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2006 (20/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 20 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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las cuales solo 1'029,364 hectareas se inscribieron en la Ficha Nº 43242 de la MORDAZA Registral Nº IV - Sede Iquitos de los Registros Publicos, debido a la exclusion de areas correspondientes a derechos de terceros; Que, en vista de la importancia que genera el Proyecto Binacional en mencion, en beneficio de la poblacion asentada en las areas aledanas, y teniendo en cuenta que se plantea desarrollar una experiencia piloto de un sistema de manejo integral de los recursos del bosque, resulta necesario redimensionar la "Zona 6" del bosque de produccion permanente del departamento de MORDAZA, de una superficie de 1'029,364 ha, como esta inscrito a una superficie de 1'010,703 ha; de tal modo que el Estado otorgue al organismo ejecutor, Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la MORDAZA del Rio Putumayo (PEDICP) del Instituto Nacional de Desarrollo (INADE), el area para ejecutar el Proyecto Binacional "Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapaca y Rio Algodon". Asimismo, el refer ido redimensionamiento se realiza con la finalidad de excluir areas de comunidades nativas; Que, el otorgamiento al INADE-PEDICP del area que comprende el Proyecto, senalado en el considerando anterior es viable en razon de que dicha area, conforme se indica en el Informe Tecnico Legal Nº 047-2006-INRENAIFFS/OAJ, corresponde fundamentalmente a Bosques Humedos Tropicales en sus diferentes categorias y en una minima proporcion a Bosques Secundarios, por tanto recursos forestales, los mismos que se encuentran comprendidos dentro del Patrimonio Forestal del Estado, conforme lo establece el articulo 36º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Consecuentemente, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.3 del articulo 3º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, corresponde al Ministerio de Agricultura su regulacion; Que, el mencionado Proyecto Binacional, comprende estudios y actividades que incluyen el aprovechamiento de los recursos forestales maderables y no maderables existentes en el bosque, actividades contempladas en el articulo 323.a) del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, sin embargo dicha MORDAZA no ha previsto el monto que por concepto de derecho de aprovechamiento percibiria el Estado cuando se realice el aprovechamiento de los recursos forestales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27308 - Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica del Ministerio de Agricultura aprobada por el Decreto Ley Nº 25902. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Redimensionamiento efectuado en la "Zona 6" del bosque de produccion permanente del departamento de MORDAZA, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 1349-2001-AG, de una superficie de 1'118,271 ha (un millon ciento dieciocho mil doscientos setenta y un hectareas), a una superficie de 1'029,364 ha (un millon veintinueve mil trescientos sesenta y cuatro hectareas), segun consta inscrito a favor del Estado en la Ficha Nº 43242 de la MORDAZA Registral Nº IV - Sede Iquitos de los Registros Publicos. Articulo 2º.- Redimensionar la "Zona 6" del bosque de produccion permanente del departamento de MORDAZA de una superficie de 1'029,364 ha (un millon veintinueve mil trescientos sesenta y cuatro hectareas), a una superficie de 1'010,703 ha (un millon diez mil setecientos tres hectareas), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial; y de acuerdo al Mapa y Memoria Descriptiva, que como Anexo 01, forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Otorgar 30,343.89 ha (treinta mil trescientos cuarenta y tres hectareas con ocho mil novecientos metros cuadrados) ubicadas en el distrito de Putumayo, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, al Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la MORDAZA del Rio Putumayo (PEDICP) del Instituto Nacional de Desarrollo (INADE), para la ejecucion del Proyecto Binacional "Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapaca y Rio Algodon", por un periodo de 4 (cuatro) anos; cuya ubicacion se detalla en el Mapa y la Memoria Descriptiva, que como Anexo 02, forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.

Articulo 4º.- Exceptuar del ambito geografico asignado para la ejecucion del Proyecto Binacional "Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapaca y Rio Algodon", las superficies con derechos de terceros reconocidos por las autoridades competentes. Articulo 5º.- El INADE- PEDICP, como organismo ejecutor del Proyecto Binacional "Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapaca y Rio Algodon" debera presentar el Plan de Manejo Forestal correspondiente al INRENA, el mismo que lo evaluara y aprobara de ser el caso, debiendo luego otorgar el permiso correspondiente para el aprovechamiento y movilizacion de los recursos forestales aprobados en el referido Plan. El Plan de Manejo Forestal, debera formularse, no solo por el periodo de duracion del Proyecto Binacional, senalado en el articulo 3º de la presente Resolucion Ministerial, sino por un periodo que garantice la sostenibilidad del aprovechamiento del bosque. Articulo 6º.- El monto que por concepto de derecho de aprovechamiento recaudara el INRENA por el aprovechamiento de los recursos forestales aprobados en el Plan de Manejo Forestal del Proyecto Binacional "Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapaca y Rio Algodon", sera equivalente al valor al estado natural de los recursos forestales, establecido en las normas correspondientes. Articulo 7º.- El INADE-PEDICP, con una anticipacion de noventa (90) dias calendario MORDAZA de la culminacion del Proyecto Binacional "Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapaca y Rio Algodon", debera comunicar al INRENA las medidas planteadas y los responsables de su ejecucion, de tal forma que se garantice su continuidad. Articulo 8º.- El INRENA se encargara de la supervision de la implementacion del Plan de Manejo Forestal aprobado del Proyecto Binacional "Manejo Integral y Sostenible de los Bosques de Tarapaca y Rio Algodon", de conformidad a la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA y su Reglamento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura ANEXO 01 MEMORIA DESCRIPTIVA DE LOS BOSQUES DE PRODUCCION PERMANENTE MORDAZA 6 DEPARTAMENTO DE MORDAZA I. UBICACION POLITICA Departamento : MORDAZA 6 Provincia Distrito II. SUPERFICIE MORDAZA 6 III. LIMITES MORDAZA 6: Partiendo del PP (Punto de Partida), ubicado en la margen derecha del rio Angusilla con coordenadas UTM 551 500 E y 9 913 499 N, se sigue en linea recta, con direccion Sur Oeste hasta llegar al PR1. Del PR1, ubicado en las coordenadas 546 845 E y 9 906 136 N, se sigue en linea recta con direccion Sur Este hasta llegar al PR2. Del PR2, ubicado en las coordenadas 546 860 E y 9 878 629 N, se sigue en linea recta con direccion Sur Este hasta llegar al PR3. Del PR3, ubicado en las coordenadas UTM 607 839 E y 9 878 604 N, se sigue en linea recta con direccion Sur Oeste hasta llegar al PR4. : 1 010 703 ha : : Maynas Putumayo MORDAZA

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