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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (20/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 20

PÆg. 316982 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de abril de 2006 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 061-2006-JUS Lima, 18 de abril de 2006Visto el Informe Nº 050-06/COE-TC del 29 de marzo de 2006, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Trasladode Condenados, sobre el pedido de extradición del procesado JAVIER LUIS GALVAN CERRON, formulado por el Sexto Juzgado Penal de Huancayo de la CorteSuperior de Justicia de Junín (Exp. Nº 420-2004); CONSIDERANDO: Que, por Ejecutoria Suprema de fecha 5 de mayo de 2005, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición del procesado JAVIER LUIS GALVANCERRON, por el delito contra la familia - omisión a la asistencia familiar, en agravio de Vilma Cárdenas Aliaga y María Elena Galván Cárdenas (Exp. Nº 30-2005); Que, mediante el Informe Nº 050-06/COE-TC, del 29 de marzo de 2006, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, proponer acceder al pedidode extradición del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto LegislativoNº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y el Tratado de Extradición suscritoen 1932, entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, vigente desde el 25 de agosto de 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado JAVIER LUIS GALVAN CERRON, formulado por el Sexto Juzgado Penal de Huancayo de la Corte Superiorde Justicia de Junín y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delito contra la familia - omisión a la asistencia familiar, en agravio de VilmaCárdenas Aliaga y María Elena Galván Cárdenas; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de los Estados Unidos de América de conformidad con el Tratadode Extradición vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 06928 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 062-2006-JUS Lima, 18 de abril de 2006 Visto el Informe Nº 030-06/CEA, del 16 de febrero de 2006, de la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de extradición del procesado GILBERTO PIÑEROS GONZALES, formuladapor la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Piura (Exp. Nº 106-2001); CONSIDERANDO: Que, por Ejecutoria Suprema del 9 de mayo de 2002, integrada por Resolución del 10 de enero de 2003, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradicióndel procesado GILBERTO PIÑEROS GONZALES, por el delito contra la salud pública - tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado (Exp. Nº 11-2002);Que, mediante el Informe Nº 030-06/CEA, del 16 de febrero de 2006, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de extradición del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del artículo 34º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición suscrito entre la República del Perú y la Repúblicade Ecuador y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado GILBERTO PIÑEROS GONZALES, formulado por la Primera Sala Penal de la Corte Superior deJusticia de Piura, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del delito contra la salud pública - tráfico ilícito de drogas, enagravio del Estado; y disponer su presentación por vía diplomática, a la República de Ecuador, de conformidad con los Tratados de Extradición vigentes, y lo estipuladopor las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 06929 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 063-2006-JUS Lima, 18 de abril de 2006Visto el Informe Nº 041-2006/COE-CT, del 16 de marzo de 2006 de la Comisión Oficial de Extradiciones yTraslado de Condenados, sobre el pedido de extradición del procesado JHON DANNY MORALES AGUILERA, formulado por la Segunda Sala Penal de la Corte Superiorde Justicia del Callao (Exp. Nº 111-2004); CONSIDERANDO: Que, por Resolución del 24 de febrero de 2006, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema deJusticia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición del procesado JHON DANNY MORALES AGUILERA, por delito contra la salud pública -tráfico ilícitode drogas-, en agravio del Estado (Exp. Nº 07-2006); Que, mediante el Informe Nº 041-2006/COE-CT, del 16 de marzo de 2006, la Comisión Oficial de Extradicionesy Traslado de Condenados, propone acceder al pedido de extradición del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1. del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y el Tratado de Extradición suscrito entre el Perú y el Reino de España; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado JHON DANNY MORALES AGUILERA, formulado por la Segunda Sala Penal de la Corte Superiorde Justicia del Callao, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del delito contra la salud pública -tráfico ilícito de drogas-, en