Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (20/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 316973 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de abril de 2006 de operaciones y servicios a acordar con entidades que otorgan créditos a las micro y pequeñas empresas, a finde que puedan utilizar o compartir la infraestructura delBanco en el otorgamiento de dichos créditos en laslocalidades donde la oferta de la banca privada seainsuficiente; De conformidad con lo establecido en el literal m) del Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 07-94-EF y susmodificatorias, DECRETA:Artículo 1º.- Aprobar la ejecución de Operaciones y Servicios que celebre el Banco de la Nación conentidades que otorgan créditos a las micro y pequeñasempresas, al amparo del literal m) del Artículo 8º delEstatuto del Banco de la Nación, en las localidades dondeel Banco de la Nación sea única oferta bancaria. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 06915 Autorizan viaje de funcionario a EE.UU. para asistir a la Conferencia Latinoamericana de encuentro con el Mercado y a reuniones del BancoMundial y el FMI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218-2006-EF/43 Lima, 19 de abril de 2006 Visto el Memorando Nº 029-2006-EF/15 de fecha 17 de abril de 2006 del Viceministro de Economía delMinisterio de Economía y Finanzas, sobre autorizaciónde viaje. CONSIDERANDO: Que, el señor EDGAR LEONIDAS ZAMALLOA GALLEGOS, Director General de Asuntos Económicosy Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas, viajaráa la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos deAmérica, con la finalidad de asistir a la ConferenciaLatinoamericana de encuentro con el Mercado y a lasReuniones de Primavera de la Asamblea deGobernadores del Banco Mundial y el Fondo MonetarioInternacional, que se llevarán a cabo del 20 al 24 de abrilde 2006; Que, en tal sentido y siendo de interés para la institución, es necesario autorizar por excepción el viajedel citado funcionario, debiendo el Ministerio de Economíay Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, losgastos por concepto de pasajes; viáticos y tarifaCORPAC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, modificadopor Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor EDGAR LEONIDAS ZAMALLOA GALLEGOS,Director General de Asuntos Económicos y Sociales delMinisterio de Economía y Finanzas, a la ciudad deWashington D.C., Estados Unidos de América, del 20 al25 de abril de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, serán con cargo alPresupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - AdministraciónGeneral del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas,de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 345,61 Viáticos : US$ 1 320,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el citado funcionario,deberá presentar un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos duranteel viaje. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana decualquier clase o denominación a favor del funcionario,cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 06888 Aprueban monto y características adicionales de la cuarta colocación deBonos Soberanos a que se refiere elD.S. N” 018-2006-EF , a ser realizadaen el mes de abril de 2006 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2006-EF/75.01 Lima, 19 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el AñoFiscal 2006, el Decreto Supremo Nº 018-2006-EFautorizó la emisión de Bonos Soberanos hasta por lasuma de S/. 2 132 000 000,00 (DOS MIL CIENTOTREINTA Y DOS MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 018-2006-EF y en el literal s) delnumeral 2 del Reglamento de la Emisión y Colocación deBonos Soberanos en el Mercado Interno, aprobado porDecreto Supremo Nº 193-2004-EF, las característicasadicionales de los bonos serán determinadas por laDirección Nacional del Endeudamiento Público, a travésde una Resolución Directoral; Que, en el marco del monto autorizado mediante el Decreto Supremo Nº 018-2006-EF, a la fecha se ha colocadoBonos Soberanos por la suma de S/. 362 000 000,00; Que, es necesario aprobar el monto y las características adicionales de la cuarta colocación deBonos Soberanos a ser realizada en el mes de abril de2006, a través de dos subastas; en la primera se reabrirála serie denominada Bonos Soberanos 12AGO2020, yen la segunda se reabrirá la serie denominada BonosSoberanos 31ENE2035; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento,en la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006 y en el Decreto SupremoNº 018-2006-EF; SE RESUELVE:Artículo 1º.- La cuarta colocación a ser realizada en el marco de lo dispuesto en el Artículo 1º del DecretoSupremo Nº 018-2006-EF, será hasta por la suma totalde S/. 40 000 000,00 (Cuarenta Millones y 00/100 Nuevos