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PÆg. 317148 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de abril de 2006 en el Servicio Diplomático de la República, Carlos Manuel Vallejo Martell; CONSIDERANDO:Que, la Reunión de Coordinación Andina y la IX Reunión de la Comisión Mixta de la Comunidad Andina y la UniónEuropea, que estaban previstas a realizarse el 29 y 30 de marzo de 2006, en la ciudad de Porlamar, Isla Margarita, República Bolivariana de Venezuela, no se llevaron a cabo; Que, la República Bolivariana de Venezuela, en su calidad de Presidencia Pro Tempore de la Comunidad Andina, decidió de manera unilateral la no realización delos citados eventos; Que, de acuerdo a la regulación de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo - IATA, procede laanulación de un boleto automatizado OPTAT, electrónico o un E-MPD, únicamente en caso que dicha anulación se realice el mismo día de su emisión; Que, al momento de la cancelación de las referidas reuniones los pasajes del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Gonzalo Alfonso GutiérrezReinel, y del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Carlos Manuel Vallejo Martell, habían excedido el plazo límite permitido para su anulación; Teniendo en cuenta los Memoranda (SAE) Nº 0183/ 2006 y 0185/2006, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, ambos de 27 de marzo de 2006; y lo dispuestoen la Hoja de Trámite (GPX) Nº 1058, del Gabinete de Coordinación del Secretario de Política Exterior de 28 de marzo de 2006; De conformidad con la Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de laRepública; en concordancia con el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el Decreto Ley Nº 26112, LeyOrgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamentoaprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y la Ley Nº 28652, Leydel Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; SE RESUELVE:Artículo Primero.- En vía de regularización, dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0314-RE, de 14 demarzo de 2006, que designó a la delegación peruana que participaría en la Reunión de Coordinación Andina y en la IX Reunión de la Comisión Mixta de la ComunidadAndina y la Unión Europea, a realizarse en la ciudad de Porlamar, Isla Margarita, República Bolivariana de Venezuela, del 29 al 30 de marzo de 2006, integrada porel Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel, y por el Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República,Carlos Manuel Vallejo Martell. Artículo Segundo.- Los gastos que por concepto de pasajes irrogará la Resolución Ministerial Nº 0314-RE, de14 de marzo de 2006, y que fueran consignados en dicha Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07000 Dan tØrmino a nombramientos de integrantes de la Junta de Vigilanciade los Traductores PœblicosJuramentados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0443-2006-RE Lima, 19 de abril de 2006CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Ministerial Nº 1129-2003- RE, de 19 de diciembre de 2003, se nombró, entre otros, ala licenciada Flor Cecilia Lozano Espinoza, representante del Colegio de Traductores del Perú, y a la licenciada Hildegard Cornejo Fernández, representante de laUniversidad Ricardo Palma, como integrantes de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados; Que, mediante Carta Nº CTP-181-05/1.72, de 23 de noviembre de 2005, la licenciada Flor Cecilia Lozano Espinoza, informa que dejó de ser representante de dicho Colegio Profesional ante la Junta de Vigilancia, al haberconcluido su período de decanato desde el 24 de noviembre de 2006; Que, según lo establecido en el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 0126-2003-RE, Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, la calidad de miembros de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentadosdel Colegio de Traductores del Perú así como los representantes de cada una de las Universidades de la República, donde se enseña la especialidad de Traducción,tendrá una vigencia de dos (2) años de duración, no renovables; Que, es procedente de acuerdo al Reglamento, dar por terminadas las funciones como miembros de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos a la licenciada Flor Cecilia Lozano Espinoza, representante del Colegio deTraductores del Perú, y a la licenciada Hildegard Cornejo Fernández, representante de la Universidad Ricardo Palma; De conformidad con los artículos 37º y 38º del Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, Reglamento de Traductores Públicos Juramentados; SE RESUELVE: Artículo Primero.- En vía de regularización, dar término al nombramiento de la licenciada Flor Cecilia Lozano Espinoza, como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, en representación delColegio de Traductores del Perú, a partir del 24 de noviembre de 2005. Artículo Segundo.- En vía de regularización, dar término al nombramiento de la licenciada Hildegard Cornejo Fernández, como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, en representaciónde la Universidad Ricardo Palma, a partir del 19 de diciembre de 2005. Artículo Tercero.- Dar las gracias a la licenciada Flor Cecilia Lozano Espinoza y la licenciada Hildegard Cornejo Fernández por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07001 Nombran nuevos integrantes de la Junta de Vigilancia de los TraductoresPœblicos Juramentados RESOLUCIÓN MINISTERIAL N 0444-2006-RE Lima, 19 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, de 12 de noviembre de 2003, se aprueba el nuevo Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, con la finalidad de optimizar los servicios públicos que proporciona el Estado; Que, asimismo, en el referido Reglamento se ha incorporado como integrantes de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados a un representantedel Colegio de Traductores del Perú; Que, para el normal funcionamiento de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados esnecesario actualizar la conformación de dicha Junta; Que, mediante Carta de 7 de diciembre de 2005, el Colegio de Traductores Públicos, comunica que por acuerdo