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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G33/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 25 de abril de 2006 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G4F CONGRESO DE LA REPÚBLICA /G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G37/G32/G30 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: /G4C/G45/G59/G20/G51/G55/G45/G20/G4D/G4F/G44/G49/G46/G49/G43/G41/G20/G4C/G4F/G53 /G41/G52/G54/GCD/G43/G55/G4C/G4F/G53/G20/G32/G30/GBA/G20/G59/G20/G32/G31/GBA/G20/G44/G45/G4C/G20/G43/GD3/G44/G49/G47/G4F/G20/G43/G49/G56/G49/G4C Artículo 1º.- Modificación de los artículos 20º y 21º del Código Civil Modifícanse los artículos 20º y 21º del Código Civil, con el siguiente tenor: “Artículo 20º.- Apellidos del hijo Al hijo le corresponde el primer apellido del padre y elprimero de la madre. Artículo 21º.- Inscripción del nacimiento Cuando el padre o la madre efectúe separadamente lainscripción del nacimiento del hijo nacido fuera del vínculomatrimonial, podrá revelar el nombre de la persona conquien lo hubiera tenido. En este supuesto, el hijo llevaráel apellido del padre o de la madre que lo inscribió, asícomo del presunto progenitor, en este último caso noestablece vínculo de filiación.Luego de la inscripción, dentro de los treinta (30) días,el registrador, bajo responsabilidad, pondrá enconocimiento del presunto progenitor tal hecho, deconformidad con el reglamento.Cuando la madre no revele la identidad del padre, podráinscribir a su hijo con sus apellidos.”Artículo 2º.- Declaración de mala feEl progenitor que de mala fe imputara la paternidad o maternidad de su hijo a persona distinta con la que hubieratenido el hijo, será pasible de las responsabilidades ysanciones civiles y penales que correspondan. Artículo 3º.- Acción de usurpación de nombreEl presunto progenitor que se considere afectado por la consignación de su nombre en la partida de nacimientode un niño que no ha reconocido, puede iniciar un procesode usurpación de nombre, de conformidad a lo establecidoen el artículo 28º del Código Civil, y de acuerdo a la vía delproceso sumarísimo. Artículo 4º.- DerogatoriaDéjase sin efecto el artículo 37º del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil - RENIEC, aprobado por Decreto SupremoNº 015-98-PCM, derógase el artículo 392º del Código Civily toda norma que se oponga a la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil seis. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 07240/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL RR.JJ. Nº 279 y 280-2006-JEF/RENIEC.- Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntos responsables de lacomisión de delito contra la fe pública 317341 MINISTERIO PÚBLICO Res. Nº 429-2006-MP-FN.- Designan representante del Ministerio Público ante la Comisión Técnica encargada del análisis de lanormatividad penitenciaria vigente y de la revisión del Código deEjecución Penal y su Reglamento 317342 Res. Nº 437-2006-MP-FN.- Designan fiscales en despachos de la Décima Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima y Fiscalía ProvincialMixta de El Agustino, Distrito Judicial de Lima 317343 Res. Nº 438-2006-MP-FN.- Designan fiscales en despachos de la Primera y Tercera fiscalías provinciales en lo Penal de Santa Anita, Distrito Judicial de Lima 317343 Res. Nº 439-2006-MP-FN.- Destacan a fiscal como apoyo al Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Justiciade Bagua, Distrito Judicial de Amazonas 317343 S B S Res. SBS Nº 484-2006.- Autorizan a AFP Integra el cambio de dirección de agencia ubicada en la ciudad de Puno 317343UNIVERSIDADES Res. Nº 2132-2006-UNFV.- Designan funcionarios de la Universidad Nacional Federico Villarreal como responsables deentregar información de acceso público y de efectuar la evaluacióncorrespondiente 317344 Res. Nº CU-044-2006-UNSAAC/.- Incluyen tasas administrativas correspondientes a la interposición de recursos de impugnación enprocesos de selección en el TUPA de la Universidad Nacional deSan Antonio Abad del Cusco 317344 Res. Nº 236-2006-CU-R-UNS.- Autorizan participación de docente de la Universidad Nacional del Santa en el Curso "La interacción:Motor de la Educación Inicial", a realizarse en Israel 317345 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Fe de Erratas R.D. Nº 005/INC-DDPH 317346 SUNARP Res. Nº 119-2006-SUNARP/SN.- Aprueban realización del VII Congreso Nacional de Derecho Registral "Los Registros Públicosen la Sociedad de la Información", a realizarse en la ciudad deChiclayo 317346 SUNAT Res. Nº 064-2006/SUNAT.- Modifican el Reglamento de Comprobantes de Pago 317348