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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (25/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G33/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 25 de abril de 2006 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) correspondiente a la donación efectuada porInternational Dispensary Association a favor de la asociaciónSOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, consistente en 23bultos conteniendo 22,300 ampollas de Kanamicina 1 g., conun peso bruto de 681.00 kilos y valorizado en US$ 6,297.52(Seis mil doscientos noventaisiete y 52/100 dólaresamericanos), la donación será distribuida gratuitamente a lospacientes que se encuentren registrados en la EstrategiaSanitaria Nacional de Prevención y Control de Tuberculosis(ex Programa Nacional de Control de Tuberculosis) delMinisterio de Salud. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae elDecreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07072 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0460-2006-RE Lima, 20 de abril de 2006 Visto el expediente Nº 3477-2006, presentado por la ASOCIACION CIUDAD DE LOS NIÑOS DE LAINMACULADA, mediante el cual solicitan la inafectacióndel Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibidade la ONG Mano a Mano, con sede en Madrid, España. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto Generala las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC,aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normasmodificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC,entre otros, las donaciones que se realicen a favor de lasEntidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación TécnicaInternacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentalesde Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo laAgencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), ysiempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sectorcorrespondiente; Que, la ASOCIACION CIUDAD DE LOS NIÑOS DE LA INMACULADA se encuentra inscrita en el Registro deInstituciones Privadas sin fines de lucro receptoras dedonaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA),que conduce la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional - APCI, de conformidad con la Directiva deprocedimientos de aceptación y aprobación, internamientode donaciones de carácter asistencial o educacionalprovenientes del exterior, aprobada por Decreto SupremoNº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 28 de octubre de 2005, legalizado por el Consulado General delPerú en la ciudad de Madrid, se observa que la ONG Manoa Mano, ha efectuado una donación a favor de laASOCIACION CIUDAD DE LOS NIÑOS DE LA INMACULADA; Que, los bienes donados consisten en 10 cajas conteniendo juguetes (6 triciclos pequeños, 12 juegosdidácticos, 1 fulbito de mesa y 1 coche de muñecas) conun peso bruto recibido de 27.80 kilos y con un valor FOBde US$ 230.00 (Doscientos treinta y 00/100 dólaresamericanos) amparados con Declaración Única de AduanasNº 235-2005-10-097885-01-4 de fecha 17-Nov-05. Losbienes recibidos serán utilizados para apoyar la formaciónde los 520 menores albergados en la Casa Hogar "Ciudadde los Niños de la Inmaculada" que tiene como misión lapromoción y protección de menores en estado deabandono, peligro moral, alto riesgo o pobreza extrema.Lo que incluye: alimentación, salud, vestido, educación, recreación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad deaprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación deIGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX,ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primerconsiderando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la ONG Manoa Mano a favor de la ASOCIACION CIUDAD DE LOS NIÑOSDE LA INMACULADA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto SupremoNº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) correspondiente a la donación efectuada por la ONGMano a Mano a favor de la ASOCIACION CIUDAD DE LOSNIÑOS DE LA INMACULADA que consiste en 10 cajasconteniendo juguetes (6 triciclos pequeños, 12 juegosdidácticos, 1 fulbito de mesa y 1 coche de muñecas) con unpeso bruto recibido de 27.80 kilos y con un valor FOB deUS$ 230.00 (Doscientos treinta y 00/100 dólares americanos)amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2005-10-097885-01-4 de fecha 17-Nov-05. Los bienes recibidosserán utilizados para apoyar la formación de los 520 menoresalbergados en la Casa Hogar "Ciudad de los Niños de laInmaculada" que tiene como misión la promoción y protecciónde menores en estado de abandono, peligro moral, altoriesgo o pobreza extrema. Lo que incluye: alimentación,salud, vestido, educación, recreación. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Super intendenciaNacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado,para los efectos a que se contrae el Decreto SupremoNº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07073 SALUD /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G64/G69/G63/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G2C/G49/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G79/G20/G44/G72/G6F/G67/G61/G73/G20/G61/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G50/G72/G65/G70/G61/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G64/G65/G6C/G20 /G47/G72/G75/G70/G6F/G20 /G41/G64/G20 /G48/G6F/G63/G20 /G22/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20 /G64/G65/G4D/G65/G64/G69/G63/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G45/G52/G43/G4F/G53/G55/G52/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 397-2006/MINSA Lima, 24 de abril del 2006 Visto el Expediente Nº 06-019861-001 que contiene el Informe Nº 119-2006-OCN-ODRH-OGGRH/MINSA, sobreautorización de viaje de la Dra. Rosa Amelia VILLAR LÓPEZ; CONSIDERANDO:Que, en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, los días 25 y 26 de abril del 2006, se llevará a cabo la ReuniónPreparatoria del Grupo Ad Hoc “Política de Medicamentosdel MERCOSUR”; Que, mediante OFICIO Nº 677-2006-DIGEMID-DG/ MINSA, la Dra. Rosa Amelia VILLAR LÓPEZ, DirectoraGeneral de la Dirección General de Medicamentos, Insumosy Drogas, solicita la Autorización de Viaje correspondiente,a fin de participar en la referida reunión; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 170-2006/ MINSA se aprobó el Plan Anual de Viajes al Exterior de losfuncionarios y servidores de la Unidad Ejecutora 001-Administración Central del Pliego 011 - Ministerio de Salud,para el Ejercicio Fiscal 2006; Que, la actividad a la que se hace referencia en el primer considerando, no se encuentra contemplada en elreferido Plan de Viajes, sin embargo, dada la importancia