Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2006 (25/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0458-2006-RE
MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 25 de MORDAZA de 2006

Visto los expedientes Nº 15019-2005, Nº 1944-2006 y Nº 1946-2006, presentados por la ASOCIACION PERUANA DE LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS MORDAZA DE LOS ULTIMOS DIAS, mediante el cual solicitan la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de The Corporation of the Presiding MORDAZA of The Church of MORDAZA Christ of Latter-Day Saints, con sede en Utah, Estados Unidos de America; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION PERUANA DE LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS MORDAZA DE LOS ULTIMOS DIAS se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional -APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo N° 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donacion de fecha 8 de junio de 2005, legalizado por el Consulado General del Peru en la MORDAZA de MORDAZA, se observa que The Corporation of the Presiding MORDAZA of The Church of MORDAZA Christ of Latter-Day Saints ha efectuado una donacion a favor de la ASOCIACION PERUANA DE LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS MORDAZA DE LOS ULTIMOS DIAS; Que, los bienes donados constan de 01 bulto y consiste en un (01) microscopio para operaciones, desarmado en tres estuches, dos (02) juegos de instrumentos para cataratas, un (01) juego de instrumentos para glaucoma, una (01) lampara de corte portatil, cuatro (04) bolsas de lentes intraoculares y una (01) bolsa visco elastica con un peso MORDAZA manifestado de 136.10 kilogramos, un peso MORDAZA, segun Declaracion Unica de Aduanas N° 235-2005-10062679-01-9-00 de fecha 26-Jul-05, de 120.00 kilos y un valor CFR de US$ 13,174.78 (Trece mil ciento setentaicuatro y 78/100 dolares americanos), que seran destinados a la realizacion de sus programas caritativos y de labores sociales que efectua ASPERSUD al Instituto Nacional de Oftalmologia - I.N.O. que pertenece al Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial de inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD e IPREDA, a que se refiere el primer considerando: Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores aprobar la donacion efectuada por The Corporation of the Presiding MORDAZA of The Church of MORDAZA Christ of Latter-Day Saints, a favor de la ASOCIASION PERUANA DE LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS MORDAZA DE LOS ULTIMOS DlAS; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por The Corporation of the Presiding MORDAZA of The Church of MORDAZA Christ of Latter-Day Saints a favor de la ASOCIACION PERUANA DE LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS MORDAZA DE LOS ULTIMOS DlAS que consta de 01 bulto conteniendo un (01) microscopio para operaciones, desarmado en tres estuches, dos (02) juegos de instrumentos

para cataratas, un (01) juego de instrumentos para glaucoma, una (01) lampara de corte portatil, cuatro (04) bolsas de lentes intraoculares y una (01) bolsa visco elastica con un peso MORDAZA manifestado de 136.10 kilogramos, un peso MORDAZA, segun Declaracion Unica de Aduanas Nº 235-2005-10-062679-019-00 de fecha 26-Jul-05, de 120.00 kilos y un valor CFR de US $ 13,174.78 (Trece mil ciento setentaicuatro y 78/100 dolares americanos), que seran destinados a la realizacion de sus programas caritativos y de labores sociales que efectua ASPERSUD al Instituto Nacional de Oftalmologia l. N.O. que pertenece al Ministerio de Salud. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 0412004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 07071

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0459-2006-RE
MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 Visto, el expediente Nº 1212-2006, presentado por la asociacion SOCIOS EN SALUD -SUCURSAL PERU, mediante el cual solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de International Dispensary Association -IDA, con sede en Amsterdam, Holanda; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociacion SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91PCM - Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM - Reglamento de la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional; Que, mediante Certificado de Donacion de fecha 4 de febrero de 2003, legalizado por el Consulado General del Peru en Amsterdam, se observa que International Dispensary Association, ha efectuado una donacion a favor de la asociacion SOCIOS EN SALUD - SUCURSALPERU; Que, los bienes donados consisten en 23 bultos conteniendo 22,300 ampollas de Kanamicina 1 g., con un peso MORDAZA de 681.00 kilos y valorizado en US$ 6,297.52 (Seis mil doscientos noventaisiete y 52/100 dolares americanos), la donacion sera distribuida gratuitamente a los pacientes que se encuentren registrados en la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Tuberculosis (ex Programa Nacional de Control de Tuberculosis) del Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por International Dispensary Association, a favor de la asociacion SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM;

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