Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2006 (28/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, conforme al articulo IV del Titulo preliminar de la Ley de Municipalidades, Ley Nº 27972, precisa que las Municipalidades promueven la adecuada prestacion de servicios locales, fomentan el bienestar de los vecinos, el desarrollo integral y armonico de su circunscripcion, en MORDAZA y concordancia con lo que senalan los dispositivos legales pertinentes; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 5 del articulo 65º de la Ley Nº 23853, anterior Ley Organica de Municipalidades en vigencia entonces, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con fecha 21.12.1998 aprobo mediante Ordenanza Nº 195-98-MML el Plano de Zonificacion General de MORDAZA El MORDAZA que incluye la definicion del Sistema vial del distrito, el mismo que fuera ratificado en el Plano del sistema vial metropolitano de MORDAZA aprobado con Ordenanza Nº 341-2001-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de conformidad con el Reglamento de Acondicionamiento Terr itorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente aprobado con Decreto Supremo Nº 007-85-VC, con el Plan Vial Metropolitano aprobado con Resolucion Suprema Nº 06370-VI del 15.12.1970 y demas normas de caracter metropolitano relacionados al Sistema vial metropolitano; en la Ordenanza Municipal Nº 195-98-MVES, se define a la Avenida MORDAZA MORDAZA en el tramo comprendido entre la Av. Pumacahua Oeste y el limite distrital como Via arterial del distrito de MORDAZA El Salvador; asimismo se considera el area contigua a esta via arterial, en direccion Sur-oeste, comprendida entre las Av. 200 Millas y Universitaria con Zonificacion E3 (uso educativo para Universidad), tal como lo indica el Plano Z-01 aprobado con el articulo 25º de la Ordenanza citada; Que, en el articulo Tercero de la Ordenanza Nº 12797-MML aprobada por el Concejo Metropolitano de MORDAZA con fecha 29.09.1997, que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, senala que: "Las areas que forman parte del Derecho de Via son de dominio publico, inalienables e imprescriptibles; y en el articulo MORDAZA establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del Sistema vial metropolitano, funciones que seran efectuadas en coordinacion con la Municipalidades Distritales de la jurisdiccion donde se localicen dichas vias"; Que, en el articulo 2º de la Ordenanza Nº 296-MML de fecha 23 de diciembre del 2000, que regula el regimen de constitucion y administracion de bienes de uso publico en la provincia de MORDAZA, define como Bien de Uso Publico a todos los utilizados por la poblacion para la satisfaccion de sus necesidades cotidianas como son las vias; asimismo el Art. 3º senala que los bienes destinados al uso publico y a los servicios publicos locales constituyen patrimonio municipal, por lo tanto corresponde a las Municipalidades su titularidad, conservacion y administracion"; Que, la Ordenanza Nº 341-2001-MML de fecha 06.12.2001, que aprueba el plano del Sistema Vial Metropolitano, senala en su articulo Decimo Tercero que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales establecen obligatoriamente y en el plazo mas breve, mecanismos e instrumentos de Control MORDAZA permanente para la defensa y respeto de los Derechos de Via de todas las Vias e intercambios viales del sistema Vial Metropolitano; Que, mediante Informe Nº 100-2006-MVES-GDESURsgPCCU de fecha 11.04.2006, la Subgerencia de Planeamiento, Catastro y Control MORDAZA manifiesta que la planificacion MORDAZA del distrito de MORDAZA El MORDAZA se ha articulado sobre la base de tres (3) vias arteriales y una expresa de disposicion longitudinal, que son: la Av. Pachacutec, Separadora Industrial, MORDAZA MORDAZA y Panamericana Sur respectivamente y con vias colectoras transversales como las Av. Primero de MORDAZA, El Sol, MORDAZA Velasco MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Mariategui, 200 Millas, Universitaria, y MORDAZA Reiche; este sistema vial permite una fluidez en el MORDAZA por el distrito permitiendo su comunicacion de manera rapida y eficiente. Asimismo en el planeamiento integral del distrito, desde su MORDAZA se previo la reserva de terreno para el uso de educacion superior (Universidad), la misma que fuera respetada y defendida por los vecinos, autoridades

y las organizaciones del distrito en reiteradas oportunidades, como catalizador de las aspiraciones de desarrollo de las futuras generaciones no solamente del distrito, sino de todo el MORDAZA Sur de la metropoli, en consecuencia se trata de terrenos previstos desde el inicio del distrito para un fin especifico que no puede ser modificado debido a la inexistencia de otros terrenos de similares caracteristicas o extension para el desarrollo de la actividad educativa de caracter superior; Que, COFOPRI ha asignado el Codigo de predio Nº P03247096 al terreno reservado para la Universidad, con la finalidad exclusiva de cumplir el uso educativo previsto, siendo este de propiedad del Estado peruano a traves de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal estando registrado ante la Superintendencia Nacional de Registros Publicos (SUNARP); asimismo la proyeccion de la Av. MORDAZA MORDAZA se encuentra inscrita debidamente ante la SUNARP como parte de la inscripcion realizada con el Codigo P03054543 correspondiente al area de circulacion vial; Que, mediante el Informe Nº 059-2006/MVES/PESC/ FDC/JCBD la Funcion de Defensa Civil con fecha 11.04.2006, realiza de oficio una evaluacion de riesgos del terreno invadido correspondiente a la universidad y via publica, considerando que esta ocupacion representa un NIVEL DE RIESGO ALTO que atenta contra la MORDAZA, la salud y la seguridad publica, ya que el libre MORDAZA vehicular se encuentra obstruido por piedras, no permitiendose la atencion oportuna en caso de emergencias de las zonas vecinas, generandose desorden MORDAZA y hacinamiento, al no existir prevision de servicios publicos y antecedentes de utilizacion del terreno como relleno sanitario hay propension para contraer enfermedades, ademas de la contaminacion del suelo por la evacuacion de residuos de los mismos ocupantes y el peligro de incendios urbanos por el uso de material altamente inflamable en las areas ocupadas; por lo cual se recomienda el RETIRO INMEDIATO de los ocupantes, tomando las acciones necesarias para tal fin; Que, de conformidad con los articulos 23º y 24º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se ha procedido a notificar a los ocupantes mediante publicacion realizada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 13.04.2006 por no haberse determinado el numero de administrados y su respectivo domicilio legal, cumpliendose con notificar el inicio del procedimiento administrativo con fines de establecer la sancion correspondiente de acuerdo al articulo 229º y siguientes de la citada Ley; Estando a lo informado, y en uso de las atribuciones que le confiere el articulo 2º de la Resolucion de Alcaldia Nº 468 ­ 2004/ALC/MVES, asi como del articulo 39º y Art. 49º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con cargo a dar cuenta al Despacho de Alcaldia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar ilegal la ocupacion de los terrenos ubicados en el Sector Setimo Grupo Residencial 4B, Manzana A Lote 1 de MORDAZA El MORDAZA, segun la inscripcion registral y Sector 10 segun la Ordenanza Municipal Nº 095-1998-MML, el mismo que se encuentra delimitado por el MORDAZA Zonal, la Av. 200 Millas, via colindante a los Grupos 1,2 y 3 del AA.HH. Oasis de MORDAZA y Av. Universitaria, correspondientes a la seccion oficial de la Av. MORDAZA MORDAZA y terreno del Estado reservado para el uso educativo de la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur (UNTECS). Articulo 2º.- Ordenar el retiro inmediato de materiales y demolicion de construcciones precarias depositados en el area citada, que son producto de la invasion de los terrenos descritos, para dar paso a la ejecucion de las obras previstas en dichos terrenos, conforme a la planificacion MORDAZA y previsiones de reserva de terreno que se hicieran desde el planeamiento inicial de MORDAZA El Salvador. Articulo 3º.- Comunicar a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA lo dispuesto en la presente Resolucion, solicitando se tomen las acciones del caso para recuperar y preservar las areas de uso y dominio publico detallada en los considerandos, correspondientes

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