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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (28/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

PÆg. 317591 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de abril de 2006 no presentan observaciones y que los sitios en mención no se encuentran declarados Patrimonio Cultural de laNación; Que, mediante Acuerdo Nº 236 fecha 27 de marzo 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: - Pueblo Grande de Santa Cruz o 26J 3L08 ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamentode Lima; - Cerro Cocote 2 o 26J 3L09, ubicado en el distrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima; - La Máquina o 26J 1L08, ubicado en el distrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima; - Aprobar los planos de delimitación siguientes:- Plano Perimétrico del sitio arqueológico Pueblo Grande de Santa Cruz o 26J 3L08 Nº 429-INC-PETT- 2005, a escala 1/2500, de fecha noviembre de 2005, conun área de 7.8306 ha. y un perímetro de 1249.97 m.ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete,departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica ymemoria descriptiva; - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro Cocote 2 o 26J 3L09, Nº 432-INC-PETT-2005, a escala1/2500, de fecha octubre 2005, con un área de 6.7786ha y un perímetro de 1016.48 m. ubicado en el distritoCalango, provincia de Cañete, departamento de Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; - Plano Perimétrico del sitio arqueológico La Máquina o 26J 1L08, Nº 07-INC-PETT-2006, a escala 1/5000, defecha enero 2006, con un área de 22.7021 ha y unperímetro de 1876.20 m. ubicado en el distrito Calango,provincia de Cañete, departamento de Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico,Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigacióny Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamentode Organización y Funciones del Instituto Nacional deCultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: - Pueblo Grande de Santa Cruz o 26J 3L08 ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima. - Cerro Cocote 2 o 26J 3L09, ubicado en el distrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima. - La Máquina o 26J 1L08, ubicado en el distrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Pueblo Grande de Santa Cruz o 26J 3L08 Nº 429-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha noviembre de 2005, con un área de 7.8306 ha. y un perímetro de 1249.97 m. ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete,departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica ymemoria descriptiva. - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro Cocote 2 o 26J 3L09, Nº 432-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha octubre 2005, con un área de 6.7786 ha y un perímetro de 1016.48 m. ubicado en el distritoCalango, provincia de Cañete, departamento de Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. - Plano Perimétrico del sitio arqueológico La Máquina o 26J 1L08, Nº 07-INC-PETT-2006, a escala 1/5000, de fecha enero 2006, con un área de 22.7021 ha y un perímetro de 1876.20 m. ubicado en el distrito Calango,provincia de Cañete, departamento de Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva.Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicosy en el Sistema de Información Nacional de los Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los sitios arqueológicos mencionados en el Artículo 1º y de losplanos señalados en el Artículo 2º de la presenteresolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicosdeclarados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberácontar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 07415 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 556/INC Lima, 12 de abril de 2006 VISTO, el Oficio Nº 336-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 1 de marzo de 2006 del Ing. Domingo JaimePortugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto EspecialTitulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación,preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el PatrimonioCultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 336-2006-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 1 de marzo de 2006 el Ing. DomingoJaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite los expedientes técnicosde los sitios arqueológicos ubicados en la provincia deHuaral, departamento de Lima, elaborados por la Lic.Nohemí Ortiz Castillo; Que, mediante Informe Nº 261-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/CJCG de fecha 15 de marzo de 2006, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Direcciónde Arqueología, informa que los expedientes técnicosno presentan observaciones y que los sitios en menciónno se encuentran declarados Patrimonio Cultural de laNación; Que, mediante Acuerdo Nº 237 fecha 27 de marzo 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología,recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Cerro Andomas, Cerro Quita Calzón oChancay 23 I Nº 12 MO 5-A; Hornillos o Chancay 23 INº 13 Nº LO 1-A/ Chancay 23 I Nº 13 Nº LO 1-B, y Hacienda Cuyo o Chancay 23 I Nº 12 Nº MO 5-A, ubicados en el distrito y provincia de Huaral,departamento de Lima; - Aprobar los planos de delimitación siguientes: - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro Andomas Nº 39-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, defecha febrero de 2005, con un área de 4.9867 ha. y un perímetro de 831.28 m. ubicado en el distrito de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva;