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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (28/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

PÆg. 317601 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de abril de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Decreto Ley Nº 11369, del 22.05.1950, que crea el distrito Obrero Industrial “27 de Octubre”,hoy San Martín de Porres, publicado el Diario Oficial El Peruano el 30.5.1950; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como órganos de gobierno, con personería jurídica de derecho público, con autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la fuerte inmigración a la capital producto del centralismo, agudizó el problema de la vivienda, y la formación de los Barrios Obreros en la primera décadadel siglo XX, significaron un paliativo a la falta de vivienda en la Capital, pero al producirse el terremoto del año 1940, los damnificados de Lima y el Callao invaden losterrenos aledaños al 4to. Barrio Obrero; Que, en el año 1945, se produce la invasión de Piñonate y entre ese año y 1948, empiezan a conformar la actual Urbanización Perú, que en aquel entonces formábamos parte del distrito de Carabayllo, una de cuyasAgencias servía deficientemente a nuestra zona; Que, ante esta situación la población el 25.11.1949, en ceremonia cívica, ante el Alcalde de Lima, se pronuncio por la independización del distrito de Carabayllo; Que, el Gobierno del Gral. Manuel A. Odría, el 22.5.1950 dictó el Decreto Ley Nº 11369, creando eldistrito Obrero Industrial “27 de Octubre”, publicado el Diario Oficial El Peruano el 30 de mayo del 1950, cuyo nombre fue en homenaje a la Revolución Restauradorade Arequipa, siendo su extensión original de 94 Km2 y limitaba por el Oeste con el Océano Pacífico; Que, mediante Ley Nº 12662, del 25.10.1956 se cambia el nombre al distrito por el de “Fray Martín de Porres”; Que, el 6 de mayo de 1962 “Fray Martín de Porres”, fue canonizado y declarado Santo de la Iglesia Católicay en conmemoración de este acontecimiento el Supremo Gobierno, mediante Decreto Supremo Nº 382-AM, del 11 de mayo de 1962 modificó la denominación del distritopor el de “San Martín de Porres”; Que, al estar próxima la fecha de celebración del 56º Aniversario de creación política del distrito es necesario que la comunidad de este distrito, se identifique con su localidad, para lo que en remembranza de su creaciónse decrete el embanderamiento general; Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas por los Artículos 6º, 20º Numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERA- MIENTO GENERAL del distrito de San Martín de Porres desde el día 15 al 22 de mayo del presente año, en todaslas viviendas, edificios, locales comerciales e instituciones de este distrito, con ocasión de conmemorarse el 56 Aniversario de su creación. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente Municipal y a las Gerencias de Servicios y Programas Sociales, de Participación Ciudadana, Seguridad Ciudadana, y laUnidad de Imagen Institucional el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTE Alcalde 07578Establecen suspensión de labores para el día viernes 28 de abril DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006- 2006-AL/MDSMP. San Martín de Porres, 27 de abril de 2006VISTO, el Informe No. 070-2006-GRRHH/MDSMP, procedente de la Gerencia de Recursos Humanos, sobre suspensión de labores para el día 28 de abril del presente año, por conmemorarse el día del trabajador. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y su modificatoria LeyNº 27680, las Municipalidades Distritales tienenautonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia, para ejercer actos degobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Gestión Municipal se encuentra desarrollando actividades por el “Día 1º de Mayo”, enconmemoración a la Jornada de Lucha por losDerechos de los Trabajadores”, realizada el 1 de mayode 1886, donde miles de trabajadores y dirigentes sindicales perdieron su vida, y aunque no existe un número exacto fueron miles los despedidos, detenidos,procesados, heridos o torturados, por el reconocimientode las ocho horas, por lo que en este sentido, laMunicipalidad rinde homenaje a todos los trabajadoresde la Institución. Que, en este sentido, se ha dispuesto suspender las labores administrativas para el día viernes 28 deabril a partir del medio día, con excepción de las áreasde Tesorería, Caja, Gerencia de Administración Tributariay Rentas y Gerencia de Ejecutoría Coactiva, por ser lasáreas que brindan atención directa al público, quienes no pueden ser perjudicados. Que, asimismo, el Art. 134º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe quelos plazos en los procedimientos administrativos seentienden en días hábiles consecutivos, excluyendo delcomputo aquellos no laborables del servicio, y los feriados no laborables de orden regional o nacional. Que, en tal sentido, a fin de que los administrados no se perjudiquen por causas no imputables a ellos,en la obtención de documentos requeridos para el inicioo continuación de los procedimientos y en respeto alos principios que rigen el procedimiento administrativo y de conformidad a las facultades conferidas por el Art. 20º inciso 6 de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972; Que, estando a lo expuesto y conforme a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante InformeNº 622-2006-GAJ/MDSMP y de acuerdo a las facultades conferidas por el Art. 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Establecer la suspensión de labores para el día viernes 28 de abril del presente año, el mismo que regirá a partir del medio día con excepciónde la Gerencia de Seguridad Ciudadana, la Gerencia deMedio Ambiente, la Gerencia de Administración Tributariay Rentas, así como las Unidades de Informática,Tesorería y Logística, por cuanto sirven para prestar servicios básicos fundamentales y por tanto no puede suspenderse las labores en estas áreas. Artículo Segundo.- Disponer que a partir del medio día, se suspenderá la recepción documentaria por laUnidad de Trámite Documentario y Archivo Central de laMunicipalidad. Entiéndase prorrogado los plazos previstos para este día, debiendo considerarse los mismos como día inhábil, sólo para las actuaciones decarácter administrativo y días hábiles para lasactuaciones de carácter tributario. Artículo Tercero.- La suspensión de labores descrita en el artículo primero no será aplicable en lo concerniente al Régimen de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que la Unidad de Logística continuará recibiendoen forma directa toda la documentación relacionada a