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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (05/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 5 de agosto de 2006 325879REPUBLICADELPERU el área remanente comprendida en el Lote Nº 01 queda en propiedad del Ministerio de Salud - Dirección Regional Salud de Loreto Hospital De Apoyo Yurimaguas. Artículo Tercero .- REMÍTASE, copia de la presente Resolución a la Oficina de los Registros Públicos- SUNARP Yurimaguas, a fin de que por su mérito se SUB- DIVIDA el Área del Lote Nº 01 de la Manzana “ G’ ”, creándose los Lotes Nº 01 y Nº 01-A ubicado la Calle Ucayali S/Nº, barrio: “AGUAMIRO” de la I- Etapa de Titulación Sector Barrios: “AGUAMIRO-MORALILLOS de esta ciudad. Artículo Cuarto .- PUBLÍQUESE, la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano para susefectos de Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO A. INGA VÁSQUEZ Alcalde 00719-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G64/G6F/G20/G4E/G6F/G20/G4C/G61/G62/G6F/G72/G61/G62/G6C/G65/G20/G65/G6C/G20/G64/GED/G61 /G31/G35/G20 /G64/G65/G20 /G61/G67/G6F/G73/G74/G6F/G20 /G65/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20 /G64/G65/G48/G75/G61/G6D/G61/G63/G68/G75/G63/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 067-MPSC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN, POR CUANTO:El Concejo Municipal de la provincia de Sánchez Carrión en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19JUL2006; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; la Ley de Bases de Descentralización y la Ley Orgánica deMunicipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia; Que, de conformidad con el Artículo 3º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que éstas se clasifican en Municipalidades Provinciales, con jurisdicción sobre el territorio de la respectiva provincia y el distrito del Cercado; Que, de conformidad con el Artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, éstas en materia de educación, cultura, deportes y recreación, son competentes para fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a este fin, encooperación con las entidades competentes, así como la de promover actividades culturales diversas; Que, el día quince agosto de todos los años, se celebra el día central en honor a la Santísima Virgen deAlta Gracia, Patrona de la ciudad de Huamachuco,teniendo como actividades, además la celebración de la Santa Misa y la Procesión como símbolo de lareligiosidad Huamachuquina, actividad cultural que está orientada a fomentar el turismo sostenible dentro de la jurisdicción del distrito de Huamachuco; y, con finalidad de que los pobladores, funcionarios y personal de lasinstituciones públicas puedan asistir y disfrutar de lafestividad que se desarrollará el citado día, es pertinentedeclararlo feriado; Que, asimismo el día 15 de agosto se celebra el Aniversario de la fundación de la Ciudad de Huamachuco,renombrada tierra ligada a la historia del Perú, en la quese enaltecieran sus valerosos hijos, siendo un pueblo devastas tradiciones, leyendas, mitos y tradiciones; Que, estando a lo acordado y a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo del Visto,con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE DECLARA FERIADO NO LABORABLE EL 15 DE AGOSTO EN EL DISTRITO DE HUAMACHUCO Artículo Primero.- Declarar feriado no laborable en el ámbito territorial del distrito de Huamachuco, capital de la provincia de Sánchez Carrión, el día 15 de agosto de todos los años, por los motivos expuestos en la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Las horas dejadas de laborar el día 15 de agosto de cada año serán compensadas a lasemana posterior a ésta, de acuerdo a lo que establezca el Titular de la Entidad pública correspondiente, en función a sus propias necesidades. Artículo Tercero.- Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los Titulares de las Entidades del sector público del distrito de Huamachuco, adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante el día feriado. Artículo Cuarto.- Para efecto del cómputo de los plazos regulados para los procedimientos administrativos, el día 15 será considerado como díainhábil con excepción de los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras que se realizan al amparo de los Decretos Supremos Nº 083- 2004-PCM y Nº 084-2004-PCM. Artículo Quinto.- Los Centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en la presenteOrdenanza, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo decidirá el empleador. Artículo Sexto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el DiarioOficial El Peruano, la que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Dado en la Sede del Gobierno Local de Sánchez Carrión, a los Veinticuatro días del mes dej julio del año 2006. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla.HÉCTOR RODRÍGUEZ BARBOZA Alcalde 00732-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G71/G75/G69/G6C/G65/G72/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61 /G70/G65/G73/G61/G64/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 22-2006-MDP Pangoa, 21 de julio de 2006 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha veinte de julio del 2006, el Informe Nº 109-2006-RO/DSC,emitido por el Residente de la Obra “Mejoramiento de Camino Rural San Antonio de Sonomoro - San Juan de Sangareni”, solicitando Exoneración del Procesode Selección Contratación a fin de formalizar uncontrato entre Entidades del Estado, en amparo alArt. 139º del Reglamento de Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado a fin de no retrasar la ejecución de la obra;