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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (07/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325966El Peruano lunes 7 de agosto de 2006 “m) Atender las consultas y requerimientos vecinales en materia de defensa civil; a través de los Centros de Atención Surcanos (CAS), en coordinación con la Subgerencia de Servicios Especiales y con las excepciones que se establezcan; así como en las dependencias a su cargo. n) Administrar el Sistema de Gestión Documentaria en el ámbito de su competencia, conforme a lanormatividad vigente. o) Informar mensualmente al Gerente Municipal, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo. p) Cumplir con las demás funciones delegadas por el Gerente Municipal.” Artículo Vigésimo Octavo.- Aprobar la modificación del artículo 150º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Santiago de Surco(Ordenanza Nº 247-MSS), correspondiente al ámbitofuncional de la Subgerencia de Servicios Especiales, cuyo texto queda establecido de la siguiente forma: “El ámbito de competencia funcional de la Subgerencia de Servicios Especiales comprende, la administración de los Centros de Atención Surcanos (CAS) y otrosmedios de atención presenciales y no presenciales, laadministración del sistema de fidelización de los contribuyentes que realizan sus pagos con oportunidad; la canalización de consultas y reclamos de acción inmediata proveniente de los contribuyentes y vecinos, coordinando con las unidades orgánicas competentes; y promover la integración de los negocios del distrito conlos vecinos.” Artículo Vigésimo Noveno.- Aprobar la adición del literal a) en el artículo 152º del Reglamento deOrganización y Funciones de la Municipalidad de Santiago de Surco (Ordenanza Nº 247-MSS), correspondiente a las funciones de la Subgerencia de Servicios Especiales,cuyos literales quedan reordenados de la siguiente forma: “a) Administrar los Centros de Atención Surcanos (CAS), en coordinación con las unidades orgánicasinvolucradas en el proceso de atención al vecino o contribuyente. b) Administrar, ejecutar y controlar el sistema de fidelización y sistema de atención preferente para contribuyentes que pagan puntualmente los tributos municipales, en cuanto a su organización, orientación,inscripción y registro. c) Proponer y ejecutar políticas de captación de afiliados al sistema de atención personalizada y recuperación de contribuyentes que hayan perdido la afiliación. d) Orientar, canalizar y atender en forma preferente al contribuyente en aspectos relacionados a los servicios que brinda la Municipalidad. e) Proponer y ejecutar políticas de interrelación de contribuyentes y negocios a nivel distrital, nacional e internacional. f) Diseñar políticas de atención preferente para los contribuyentes que pagan oportunamente sus tributos. g) Administrar el Sistema de Gestión Documentaria en el ámbito de su competencia, conforme a la normatividad vigente. h) Administrar la información que se procese en el sistema informático con que cuente la unidad orgánica, para el mejor cumplimiento de sus funciones. i) Proponer el diseño de los procesos y procedimientos de su unidad orgánica en coordinación con la Gerencia de Tecnologías de Información y Procesos. j) Informar mensualmente al Gerente Municipal, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades asu cargo. k) Cumplir con las demás funciones delegadas por el Gerente Municipal.” Artículo Trigésimo.- Aprobar la modificación de la tercera disposición complementaria del Título VII delReglamento de Organización y Funciones de laMunicipalidad de Santiago de Surco (Ordenanza Nº 247-MSS), cuyo texto queda establecido de la siguiente forma: “Los funcionarios que tienen a cargo órganos de segundo nivel organizacional, tales como Gerencias yOficinas, deberán disponer la elaboración o actualizaciónde los Manuales de Organización y Funciones (MOF) tomando como base normativa el ROF y el CAP vigentes,asimismo deberán disponer la elaboración o actualizaciónde los Manuales de Procedimientos (MAPRO), tomando como fuentes de información el ROF vigente y el MOF aprobado. Los MOF y los MAPRO de los órganos de segundo nivel organizacional y de sus órganos adscritos, serán aprobados por Resolución emitida por los funcionarioscon nivel de Gerente. Es requisito para la aprobación del MOF y del MAPRO, la opinión favorable de la Gerencia de Tecnologías de Información y Procesos a través de la Subgerencia de Organización y Procesos.” Artículo Trigésimo Primero.- Aprobar la modificación de la cuarta disposición complementaria del Título VII del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Santiago de Surco (Ordenanza Nº 247- MSS), cuyo texto queda establecido de la siguiente forma: “Los MOF y los MAPRO de los órganos de Alta Dirección y de los órganos de tercer nivel organizacional que no dependan jerárquicamente de una Gerencia u Oficina, serán aprobados por Resolución emitida por el Gerente Municipal.” Artículo Trigésimo Segundo.- Aprobar la modificación de la quinta disposición complementaria del Título VII del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Santiago de Surco (Ordenanza Nº 247-MSS), cuyo texto queda establecido de la siguiente forma: “Los funcionarios que aprueban los MOF y MAPRO, deberán gestionar la publicación de estos documentos de gestión en la Intranet y el Portal de la Municipalidad,los cuales constituyen documentos susceptibles de ser auditados y elementos de transparencia en la gestión pública.” Artículo Trigésimo Tercero.- Aprobar la modificación de la sexta disposición complementaria del Título VII delReglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Santiago de Surco (Ordenanza Nº 247- MSS), cuyo texto queda establecido de la siguiente forma: “Cada funcionario con personal a su cargo, tomará las medidas necesarias para la difusión del contenidodel MOF y del MAPRO del órgano que jefatura.” Artículo Trigésimo Cuarto.- Aprobar la modificación del literal h) del artículo 60º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Santiago de Surco (Ordenanza Nº 247-MSS), correspondiente a las funciones de la Gerencia de Administración yFinanzas, cuyo texto queda establecido de la siguienteforma: “h) Administrar los mercados municipales y supervisar la cobranza por concepto de merced conductiva; asimismo planificar y supervisar los procesos técnicos de registro y control de los bienes patrimoniales,así como de los inmuebles y terrenos de la municipalidad.” DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. Segunda.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y a la SecretaríaGeneral. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de Información y Procesos, la publicación en la Intranet dela Municipalidad, el texto íntegro del ROF vigente, incorporando las modificaciones aprobadas en la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 00763-1