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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325956El Peruano lunes 7 de agosto de 2006 calendario; hasta por la suma de S/. 1,368.00 Nuevos Soles (Mil trescientos sesenta y ocho con 00/100 Nuevos Soles) , importe que servirá para cubrir los gastos de alimentos preparados mientras culmina el proceso de licitación y se perfeccione el contrato respectivo, ya que los internos del mencionado Establecimiento Penitenciario requieren de ellos porque su desabastecimiento compromete directamente losservicios esenciales que presta el Instituto NacionalPenitenciario, teniendo en cuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de lapoblación penal, así como actos de violencia, reclamos y protestas de éstos que comprometerían directa e inminentemente, tanto la seguridad de los internos comodel Centro Penitenciario; debiéndose tener presente que la situación expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del artículo 19º e inciso a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM; Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situación de Desabastecimiento Inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de lasfunciones, servicios, actividades u operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios uobras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; debiendoadquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economía en el proceso de adjudicaciónde acuerdo al artículo 3º de la referida norma legal; Que, mediante los artículos 141º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, se encuentran señalados los procedimientos para los procesos de selección exonerados, debiendo la Dirección Regional Lima sujetarse estrictamente a lanorma indicada para la compra de lo indispensable a finde solucionar dicha situación; sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Centro Huancayo y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, contándose con las visaciones de las Oficinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 021-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR, en Situación de Desabastecimiento Inminente la adquisición deSuministros de Alimentos Preparados para internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario La Merced, por el períodode treinta y ocho (38) días calendario, a partir del 5 de julio de 2006 y a partir de la fecha de la presente Resolución respectivamente, mientras concluya el proceso de selección programado y se perfecciona elcontrato respectivo para el Establecimiento Penitenciariode La Merced, por los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- EXONERAR, a la Dirección Regional Centro Huancayo, del requisito de Licitación Pública parala adquisición de Alimentos Preparados a que se refiereel artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3º.- AUTORIZAR a la Dirección Regional Centro Huancayo, para la adquisición de Suministros de Alimentos Preparados para los internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del EstablecimientoPenitenciario de La Merced: Dirección Regional CentroHuancayo, de acuerdo al siguiente detalle:Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DÍAS TOTAL S/. 1 E.P . DE LA MERCED - HUANCAYO 38 1,368.00 Dicha autorización es por el período de treinta y ocho (38) días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la Situación de Desabastecimiento Inminente prevista enel artículo precedente debiendo de adquirir los alimentospreparados mediante procesos de adjudicación de Menor Cuantía bajo responsabilidad, según corresponda, con estricta observancia a las disposiciones establecidasen el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4º.- COMUNICAR, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contratacionesy Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º.- DISPONER, el inicio de las acciones que correspondan para determinar si existeresponsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuración de la Situación de Desabastecimiento que se aprueba. Artículo 6º.- REMITIR, copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO RAMÓN SALAS UGARTE Presidente Instituto Nacional Penitenciario 00775-2 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G53/G75/G62/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G50/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G53/G65/G6E/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G63/G6F/G6C/G6C/G61/G79/G54/G61/G63/G6E/G61 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 492-2006-INPE/P Lima, 1 de agosto de 2006 VISTO, el Oficio Nº 2402-2006-17-DRSA de fecha 20 de julio de 2006 de la Directora General de la DirecciónRegional Sur Arequipa. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 702-2005- INPE/P de fecha 30 de diciembre de 2005, se designó,entre otros, al servidor MARTIN WILFREDO MEZA GAMBOA, en el cargo público de confianza de Subdirector del Establecimiento PenitenciarioSentenciados Pocollay Tacna, nivel F-1 de la DirecciónRegional Sur Arequipa; Que, asimismo por Resolución Presidencial Nº 228- 2006-INPE/P de fecha 3 de abril de 2006, se designó, entre otros, al servidor CARLOS QUISPE SALAS, en el cargo público de confianza de Subdirector de la Unidad de Prensa y Relaciones Públicas, nivel F-1 de la Dirección Regional Altiplano Puno; Que, se ha visto por conveniente dar por concluidas las referidas designaciones y designar en el cargo público de confianza a su reemplazante; Contándose con las visaciones de las Oficinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 021-2006-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDAS, a partir de la fecha, las designaciones efectuadas mediante Resoluciones Presidenciales Nºs. 702-2005-INPE/P , de