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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325962El Peruano lunes 7 de agosto de 2006 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, modificar el texto de la tercera disposición complementaria del Título VII, del ROF actual, con el fin de especificar el nivel de aprobación de los manuales de procedimientos (MAPRO) en la Municipalidad de Santiago de Surco, lo cual permitirá agilizar la actualización del precitado documento de gestión en los diferentes órganos de la corporación, y en particular en aquellos que participan en el proceso deatención al vecino o contribuyente; Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio,modificar el texto de la cuarta disposición complementaria del Título VII, del ROF actual, con el fin de especificar el nivel de aprobación de los manualesde procedimientos (MAPRO) de los órganos de Alta Dirección y de los órganos de tercer nivel organizacional que no dependan jerárquicamente de una Gerencia u Oficina, tales como la Unidad deParticipación Vecinal, la Subgerencia de Tránsito yVialidad, la Subgerencia de Servicios Especiales y la Subgerencia de Defensa Civil; Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, modificar el texto de la quinta disposición complementaria del TítuloVII, del ROF actual, con el fin de precisar que losfuncionarios que aprueban los manuales de procedimientos (MAPRO), deberán gestionar la publicación de estos documentos de gestión en la Intranety el Portal de la Municipalidad, los cuales son susceptibles de ser auditados y constituyen elementos de transparencia en la gestión pública; Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, ampliar el texto de la sexta disposición complementaria del TítuloVII, del ROF actual, con el fin de precisar que todos losfuncionarios con personal a su cargo, difundirán el contenido del manual de procedimientos (MAPRO) del órgano que jefatura; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo del 25 de julio del 2006, los señores regidores expresaron la necesidad de precisar en el texto del ROF , las funciones deadministrar los mercados municipales y la cobranza dela merced conductiva; Estando a los Informes Nº 272-2006-GM-MSS, emitido por la Gerencia Municipal, Nº 583-2006-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoría Jurídica, el MemorándumNº 155-2006-GTIP-MSS de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Procesos y contando con el Dictamen Conjunto Nº 023-2006-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Santiago de Surco; De conformidad con lo establecido por los artículos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- Aprobar la adición de los literales j), k) y l) en el artículo 18º del Reglamento de Organizacióny Funciones de la Municipalidad de Santiago de Surco (Ordenanza Nº 247-MSS), correspondiente a las funciones de la Gerencia Municipal, cuyo texto queda establecido de la siguiente forma: “j) Aprobar las propuestas económicas en los procesos de selección cuando éstas excedan el valor referencial en no más del diez por ciento, conforme a ley; aprobar las prestaciones adicionales y/o reducciones o deducciones en cuanto a montos y/o plazos que sederiven de las licitaciones públicas, concursos públicosy adjudicaciones directas públicas. k) Emitir las resoluciones de cancelación de los procesos de selección de acuerdo a las causales establecidas por la normatividad vigente y resolver los recursos de apelación que presenten los postores. l) Velar por el cumplimiento de las disposiciones aprobadas por Resolución de Alcaldía, que deleguenresponsabilidades en los funcionarios de la municipalidaden materia de procesos de adquisición de bienes y contratación de servicios y obras.”Artículo Segundo.- Aprobar la modificación del literal p) del artículo 27º del Reglamento de Organización yFunciones de la Municipalidad de Santiago de Surco (Ordenanza Nº 247-MSS), correspondiente a las funciones de la Oficina de Secretaría General, órgano que depende funcional y jerárquicamente de la Alcaldía, cuyo texto queda establecido de la siguiente forma: “p) Supervisar el correcto desempeño de las mesas de parte centrales y mesas de parte descentralizadas de los Centros de Atención Surcanos (CAS), asimismo supervisar las mesas de parte periféricas y archivosperiféricos formalmente instalados, en coordinación con los funcionarios responsables en cada caso.” Artículo Tercero.- Aprobar la modificación del literal e) del artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Santiago de Surco(Ordenanza Nº 247-MSS), correspondiente a lasfunciones de la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, órgano que depende funcional y jerárquicamente de la Oficina de Secretaría General, cuyo texto queda establecido de la siguiente forma: “e) Controlar conjuntamente con los funcionarios responsables de las unidades orgánicas correspondientes, el correcto desempeño de las mesas de parte periféricas y con la Subgerencia de Servicios Especiales el correcto desempeño de las mesas de parte descentralizadas de los Centros de Atención Surcanos (CAS).” Artículo Cuarto.- Aprobar las modificaciones del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Santiago de Surco (Ordenanza Nº 247-MSS), correspondiente a las funciones de la Unidad de Participación Vecinal, órgano que depende funcional y jerárquicamente de la Alcaldía, cuyos literales quedan establecidos de la siguiente forma: “Artículo 44º.- Son funciones de la Unidad de Participación Vecinal: a) Organizar y mantener actualizado el registro de las organizaciones de vecinos, de acuerdo a las normaslegales vigentes. b) Resolver los conflictos que se originen en los procedimientos de registro y reconocimiento de las organizaciones vecinales. c) Acreditar a los representantes de las organizaciones de vecinos ante los órganos de coordinación. d) Coordinar las acciones de la participación vecinal en la gestión municipal. e) Proponer el diseño de los procesos y procedimientos de su unidad orgánica en coordinacióncon la Gerencia de Tecnologías de Información yProcesos. f) Organizar, difundir y ejecutar campañas de techos limpios, con segregación de residuos sólidos y simulacro de sismo, en coordinación con las áreas competentesde la corporación municipal. g) Coordinar con la Gerencia de Seguridad Ciudadana, la programación de charlas sobre el plancuadrante de seguridad del distrito en coordinación con las Juntas Vecinales del Seguridad Ciudadana. h) Organizar y supervisar la inscripción de las Juntas Directivas Vecinales con mandato vigente. i) Poner en conocimiento de las Juntas de Vecinos, las principales disposiciones y ordenanzas municipales en beneficio de la Comunidad, en coordinación con las unidades orgánicas competentes. j) Coordinar con las unidades orgánicas involucradas en el proceso de Programación del Presupuesto Participativo de la Municipalidad, y someterlo para sudebida aprobación en la Sesión del Consejo deCoordinación Local Distrital de Santiago de Surco. k) Ejecutar y supervisar el cumplimiento de los proyectos, de su competencia, contenidos en el Plan deDesarrollo Integral del distrito. l) Convocar cada dos años al proceso de inscripción y registro de las organizaciones de la sociedad civil anteel Concejo de Coordinación Local Distrital de Santiago de Surco. m) Organizar y dirigir el proceso de elección de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo deCoordinación Local Distrital de Santiago de Surco.