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NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 7 de agosto de 2006 325961REPUBLICADELPERU Subgerencia de Desarrollo Económico, la función de realizar coordinaciones con la Subgerencia de Servicios Especiales con el fin de asegurar una atención de calidad del vecino o contribuyente en los Centros de Atención Surcanos (CAS); Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidadde añadir en el artículo 100º, correspondiente a laSubgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas, la función de realizar coordinaciones con la Subgerencia de Servicios Especiales con el fin de asegurar unaatención de calidad del vecino o contribuyente en los Centros de Atención Surcanos (CAS); Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de modificar el literal i) del artículo 111º, del ROF vigente, con el fin de que la Gerencia de Fiscalización esté acargo de la organización y supervisión del proceso técnicode atención de los administrados en los Centros de Atención Surcanos (CAS); Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de corregir la omisión cometida durante el procesamientodel texto del artículo 114º del ROF vigente, referida a lafunción de la Subgerencia de Inspecciones, de fiscalizar y notificar el incumplimiento de las normas municipales en materia sanitaria, medio ambiente y Defensa Civil, yprestar el apoyo complementario a los órganos instructores correspondientes, a través de la ejecución de acciones de seguimiento conforme a la normatividadvigente; Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidadde modificar el literal i) del artículo 114º, del ROF vigente,con el fin de precisar que la Subgerencia de Inspecciones atiende las denuncias vecinales sobre incumplimiento de las disposiciones municipales en los Centros de Atención Surcanos (CAS); Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidadde corregir el error ocurrido durante el procesamiento del texto del artículo 117º del ROF vigente, el cual define como funcionario de confianza al Subgerente deEjecución Coactiva Administrativa; lo cual no está enconcordancia con lo establecido en la Ley Nº 27204; Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de añadir en el artículo 120º del ROF vigente, correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Social, lafunción de resolver en segunda instancia las peticionesy reclamos que se generan por la prestación de los servicios funerarios del cementerio municipal; Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de añadir en el artículo 120º, correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Social, la función de organizar ysupervisar el proceso técnico de atención al vecino, en los Centros de Atención Surcanos (CAS); Que, mediante Informe Nº 027-2006-SGSS-GDH- MSS, del 27 de enero del 2006, la Subgerencia de ServicioSocial solicita a la Gerencia Municipal, que las funcionesde administrar la panadería municipal y el cementerio municipal, así como la resolver en primera instancia de las peticiones y reclamos generados por la prestación de los servicios funerarios del cementerio municipal, sean añadidas al artículo 125º del ROF , debido a que las mencionadas funciones son ejercidas y no forman partedel texto del ROF vigente; Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidadde añadir en el artículo 129º, correspondiente a laGerencia de Medio Ambiente, la función de organizar ysupervisar el proceso técnico-operativo de atencióndescentralizada de los procedimientos administrativos de la Municipalidad en los Centros de Atención Surcanos (CAS), así como en las dependencias a su cargo; Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de añadir en el artículo 140º, correspondiente a laGerencia de Seguridad Ciudadana, la función deorganizar y supervisar el proceso técnico de atención al vecino, en los Centros de Atención Surcanos (CAS); Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de modificar el literal e) del artículo 143º, del ROF vigente,con el fin de que la Subgerencia de Planeamiento y Control esté a cargo de atender las denuncias y requerimientos vecinales en materia de seguridad ciudadana en los Centros de Atención Surcanos (CAS); Que, el Comité de Coordinación de Seguridad Surcana (CCSS), en reunión celebrada el 05JUN2006, aprobó por unanimidad la propuesta de la Subgerencia de Organización y Procesos, referida al otorgamiento de facultades a los efectivos de serenazgo, para el levantamiento de actas de constatación de infracciones o partes diarios de ocurrencias, constituyéndose éstos,en documentos válidos para el inicio del procesoadministrativo sancionador de la Municipalidad de Santiago de Surco, según consta en el Acta Nº 001- 2006-CCSS-MSS, suscrita por el Gerente deFiscalización, Gerente de Medio Ambiente, Gerente de Tecnologías de Información y Procesos, Subgerente de Planeamiento y Control, Subgerente de Inspecciones ySubgerente de Organización y Procesos. La citada propuesta obedece a la necesidad de sancionar los casos de infracción de las ordenanzas municipales, que afectan la tranquilidad y el orden público, por lo tanto, espreciso ampliar el literal e) del artículo 145º del ROF vigente, correspondiente a las funciones de la Subgerencia de Operaciones, órgano adscrito de la Gerencia de Seguridad Ciudadana e incorporar la función de constatar las infracciones a las ordenanzas municipales que se detecten durante el desarrollo de las labores propias de seguridad ciudadana y en los casosque dichas infracciones sean denunciadas por losvecinos. Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de corregir el error ocurrido durante el procesamiento del texto del artículo 146º del ROF vigente, el cual definecomo funcionario nombrado al Subgerente de Tránsito y Vialidad; lo cual no esta en concordancia con el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), aprobado por Ordenanza Nº 249-MSS; Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de corregir el error ocurrido durante el procesamiento del texto del artículo 148º del ROF vigente, el cual define como funcionario nombrado al Subgerente de Defensa Civil; lo cual no está en concordancia con el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), aprobado por OrdenanzaNº 249-MSS; Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidadde añadir en el artículo 149º, correspondiente a la Subgerencia de Defensa Civil, la función de atender las consultas y requerimientos en materia de defensa civil, en los Centros de Atención Surcanos (CAS); Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidadde ampliar el artículo 150º, correspondiente al ámbito decompetencia funcional de la Subgerencia de Servicios Especiales, con la finalidad de establecer que la administración de los Centros de Atención Surcanos(CAS) y otros medios de atención presencial y nopresencial dirigidos al vecino o contribuyente, comprenden el ámbito de competencia funcional de la citada Subgerencia; Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del4 de julio del 2006, ha identificado de oficio, la necesidadde añadir en el artículo 152º, correspondiente a laSubgerencia de Servicios Especiales, la función deadministrar los Centros de Atención Surcanos (CAS), en coordinación con las unidades orgánicas involucradas en el proceso de atención al vecino o contribuyente; Que, la Subgerencia de Organización y Procesos, a través del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del