Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (17/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de diciembre de 2006 334745 Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de esta Corporación Edil, por un período de veinte (20) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Ordenanza. Dado en San Isidro, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil seis. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 6912-2 Exoneran de pago de derechos en procedimientos de Certificado de Nomenclatura y Certificado de Numeración que se tramiten respecto de predios ubicados en la Calle Alférez Mariano Santos Mateos ORDENANZA N° 186-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTO, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de diciembre del año 2006, el Informe N° 1816-2006-10-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 1 de diciembre del año 2006 y el Informe N° 172-06-20-GDU/MSI de la Gerencia de Desarrollo Urbano de fecha 22 de noviembre del año 2006; y, CONSIDERANDO:Que, la fi nalidad de los Certi fi cados de Nomenclatura y Numeración es determinar la ubicación de los predios, así como identi fi carlos dentro del distrito de San Isidro; Que, las Municipalidades Distritales tienen como función velar por el desarrollo integral, sostenible y armónico de su jurisdicción así como elaborar y mantener el catastro distrital, contando para tales fi nes con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, habiéndose aprobado mediante Acuerdo de Concejo N° 143-2006-MSI, el cambio de nombre de la Calle Mariano de los Santos (antes Los Duraznos) de la Urbanización Santa Ana, por la de Alférez Mariano Santos Mateos, es conveniente brindar facilidades a los propietarios de los predios ubicados en dicha vía y a sus residentes, a fi n que puedan obtener en forma gratuita los Certi fi cados de Nomenclatura y Numeración respectivos; Que, de conformidad con el numeral 4 del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley N° 27680, los gobiernos locales son competentes para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; Que, la norma IV del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, establece que mediante Ordenanza los gobiernos locales crean, modi fi can, suprimen sus derechos, o exoneran de ellos, dentro de su jurisdicción y con lo límites que señala la Ley; Que, en este orden de ideas y siendo las ordenanzas normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, es pertinente otorgar un régimen de exoneración de pago de derechos por expedición de Certi fi cados de Nomenclatura y Numeración por un tiempo determinado; y, Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa de trámite de aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE EXONERA PAGO DE DERECHOS Artículo Primero.- EXONERAR del pago de derechos en los procedimientos de Certi fi cado de Nomenclatura y Certi fi cado de Numeración, que se tramiten respecto de predios ubicados en la Calle Alférez Mariano Santos Mateos, por el plazo de 90 días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- INCLUIR en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Isidro. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Catastro Integral. Dado en San Isidro, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil seis. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 6914-2 Cambian nombre de calle de la Urbanización Santa Ana por la de Alférez Mariano Santos Mateos ACUERDO DE CONCEJO N° 143-2006-MSI San Isidro, 12 de diciembre de 2006EL CONCEJO DE SAN ISIDROVISTO, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de diciembre del año 2006, el Informe N° 1816-2006-10-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 1 de diciembre del año 2006 y el Informe N° 172-06-20-GDU/MSI de la Gerencia de Desarrollo Urbano de fecha 22 de noviembre del año 2006; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al O fi cio Nº 216 de fecha 29 de diciembre de 1955 en el que se transcribe el Decreto mediante el cual se asigna nomenclatura a diferentes vías del distrito, se indica que se denominará a una Calle Mariano de los Santos en honor del héroe nacional de la Guerra del Pací fi co; Que, se veri fi ca de los textos de las Leyes Nºs. 23316 y 27018, que el nombre correcto y jerarquía del héroe nacional de la Guerra del Pací fi co es Alférez Mariano Santos Mateos; Que, conforme a lo dispuesto al numeral 3.4 del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, es función especí fi ca y exclusiva de las municipalidades distritales, disponer de la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial; Que, habiéndose detectado que al momento de asignarle denominación a la mencionada vía, por un error involuntario, se consignó en forma incorrecta el nombre del héroe nacional, por lo que correspondería recti fi carse; y, En uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27157, el Concejo Municipal por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- CAMBIAR, el nombre de la Calle Mariano de los Santos (antes Los Duraznos) de la Urbanización Santa Ana, por el de Alférez Mariano Santos Mateos, de conformidad con los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de