Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2006 (17/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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de Alcaldia Nº 267-2006-ALC/ML el contrato de locacion de servicios profesionales con la referida Sociedad; Del resultado de la referida accion de control se aprecian en dichos Informes, Recomendaciones tendientes a mejorar la gestion administrativa, presupuestal y operativa, asi como fortalecer el funcionamiento y efectividad del sistema de control interno que aseguren a la entidad el cumplimiento de sus metas y objetivos, identificandose las responsabilidades administrativas consiguientes por las deficiencias detectadas; Que conforme al literal f) del articulo 15° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General, los Informes resultantes de acciones de control emitidos por los Organos del Sistema, constituyen prueba pre-constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos Informes; Que, asimismo en Hoja de Recomendacion de Vistos el Jefe del Organo de Control Institucional hace de conocimiento que mediante Directiva Nº 014-2000-CG/ B150 aprobada con Resolucion de Contraloria Nº 2792000-CG del 29 de diciembre de 2000, el Organo Superior de Control ha dispuesto se le comunique las acciones dispuestas con precision de plazos y de los funcionarios responsables de implementar las Recomendaciones formuladas; Que, el literal l) del articulo 32° de la Ley Nº 27785 dispone que las Resoluciones de Contraloria constituyen precedente de observancia obligatoria y de cumplimiento inexcusable; Que, la Directiva Interna Nº 001-2004-CIR/ML "Normas y Procedimientos para la Implementacion de Recomendaciones derivadas de Informes de Acciones de Control en la Municipalidad de Lurin" aprobada por Resolucion de Alcaldia Nº 021-2004-ALC/ML del 26 de enero de 2004, regula la implementacion oportuna y correcta de las Recomendaciones formuladas por los Organos conformantes del Sistema Nacional de Control y determina las esferas de responsabilidad resultantes del incumplimiento de dicha implementacion; En consecuencia, estando a las facultades conferidas en el inciso 6 del Art. 20° de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades y con la visacion de la Gerencia Municipal y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la Implementacion de Recomendaciones resultantes Informe Largo de la Auditoria externa Financiera, Presupuestal y Operativa al 31 de diciembre de 2005 emitido por la Sociedad de Auditoria MORDAZA MORDAZA MORDAZA & Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil encargando a Gerente de Administracion y Finanzas, Subgerente de Personal y Subgerente de Contabilidad, como responsables de tales acciones, dandoseles para tales efectos un plazo de ciento veinte (120) dias utiles. Articulo Segundo.- DESIGNAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para el presente caso, la misma que estara conformada por Gerente de Administracion Tributaria, Gerente de Administracion y Finanzas y Gerente de Desarrollo MORDAZA, a quienes se les trasladara los informes pertinentes para su pronunciamiento sobre las presuntas responsabilidades administrativas de los funcionarios de gestion, otorgandoseles para su cometido un plazo de ciento (120) dias utiles. Articulo Tercero.- Transcribir la presente disposicion a la Contraloria General de la Republica. Articulo Cuarto.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Trasladar MORDAZA de esta disposicion a las Gerencias y Subgerencias pertinentes para su conocimiento y accion inmediata. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 6845-1

Establecen disposiciones para implementar recomendaciones emergentes del Informe del "Examen Especial a las Denuncias Ciudadanas"
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 324 -2006-ALC/ML Lurin, 6 de diciembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN VISTOS: El Informe resultante del "Examen Especial a las Denuncias Ciudadanas" y, la Hoja de Recomendacion Nº 323-2006-OCI/SNC/ML del 02.DIC.2006 emitidos por el Organo de Control Institucional ­ OCI del Gobierno Local de Lurin: CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria General N° 008-2006-CG del 13 de enero de 2006 se aprobo el Plan Anual de Control del Gobierno Local de Lurin correspondiente al ejercicio 2006; Que, ciudadanos del distrito de Lurin durante el presente ejercicio han interpuesto sendas denuncias ante el Organo de Control Institucional y tambien, a traves de la Contraloria General de la Republica, que involucran a determinados funcionarios y servidores de esta comuna; Que, en correspondencia a lo dispuesto en la Directiva Nº 008-2003-CG/DPC sobre Servicio de Atencion de Denuncias, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 443-2003-CG, el Organo de Control Institucional de este Gobierno Local determino la apertura de examen especial a las citadas denuncias, ejecutando previamente las coordinaciones del caso con el ente tecnico rector del Sistema Nacional de Control en cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva Nº 06-2005-CG/PL "Formulacion y Evaluacion del Plan Anual de Control de los Organos de Control Institucional" aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 435-2005-CG; De los resultados emergentes, entre otros, de la Auditoria citada se aprecian Recomendaciones tendientes a fortalecer los controles internos previos y concurrentes de los contratos de limpieza publica, asi como, se recomienda el inicio de las acciones legales pertinentes por indicios suficientes y razonables de comision de irregularidades en el servicio de limpieza publica a cargo de empresa privada y por ende, las acciones administrativas que correspondan por incumplimiento flagrante de los terminos contractuales, asimismo se identifican a los funcionarios responsables de la supervision y el control de dichos servicios para el deslinde consiguiente de responsabilidades; Que, conforme al literal f) del articulo 15° de la Ley Nº 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, los Informes resultantes de acciones de control emitidos por los Organos del Sistema, constituyen prueba pre-constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos Informes; Que, asimismo prosigue la Hoja de Recomendacion de Vistos, mediante Directiva Nº 014-2000-CG/B 150 aprobada con Resolucion de Contraloria Nº 279-2000-CG del 29 de diciembre de 2000, el Organo Superior de Control ha dispuesto se le comunique las acciones dispuestas con precision de plazos y de los funcionarios responsables de implementar las Recomendaciones formuladas; Que, el literal l) del articulo 32° de la Ley Nº 27785 dispone que las Resoluciones de Contraloria constituyen precedente de observancia obligatoria y de cumplimiento inexcusable; Que, la Directiva Interna Nº 001-2004-CIR/ML "Normas y Procedimientos para la Implementacion de Recomendaciones derivadas de Informes de Acciones de Control en la Municipalidad de Lurin" aprobada por Resolucion de Alcaldia Nº 021-2004-ALC/ML del 26 de enero de 2004, regula la implementacion oportuna y correcta de las Recomendaciones formuladas por los

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