Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2006 (22/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

335200
GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / DISTRITO), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALES U.N. DE MORDAZA U.N. DE SAN MORDAZA U.N. DE SAN MORDAZA U.N. DE MORDAZA U.N. DEL ALTIPLANO U.N. DEL CENTRO DEL PERU U.N. DEL MORDAZA U.N. MORDAZA MORDAZA U.N. MORDAZA VALDIZAN U.N. MORDAZA BASADRE GROHMANN U.N. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA U.N. MORDAZA MORDAZA ARGUEDAS U.N. MAYOR DE SAN MORDAZA U.N. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA U.N. SAN MORDAZA DE HUAMANGA U.N. SAN MORDAZA MORDAZA U.N. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA U.N. TECNOLOGICA DEL MORDAZA SUR DE MORDAZA U.N. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA DE AMAZONAS

NORMAS LEGALES
INDICE

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de diciembre de 2006

0.0000001080 0.0012273160 0.0000012558 0.0020395941 0.0040820764 0.0042098804 0.0000925485 0.0000209950 0.0001739226 0.0136502799 0.0028260116

inicial, primaria y secundaria, para construir la linea de base a partir de la cual se disenen las proximas acciones de capacitacion del magisterio nacional y la evaluacion censal del aprendizaje de los alumnos del MORDAZA grado de primaria de Educacion Basica Regular, evaluaciones que deberan llevarse a cabo en diciembre del 2006; Que, asimismo, la Resolucion Ministerial N° 7162006-ED aprueba la Directiva Nº 174-2006/DM/SPE que establece las responsabilidades de las instancias de gestion educativa descentralizada, en la evaluacion censal de los alumnos del MORDAZA grado de primaria y docentes de los niveles de inicial, primaria y secundaria de Educacion Basica Regular; Que, no obstante haberse adoptado medidas de seguridad para el normal desarrollo de la evaluacion censal de docentes, en algunos lugares del MORDAZA se han cometido actos vandalicos, que han originado la perdida del material de evaluacion y su posterior divulgacion, acciones que hicieron recomendable la suspension de la referida evaluacion; Que, en tal sentido es necesario postergar la ejecucion de la evaluacion censal de docentes, a fin de establecer medidas que aseguren el normal desarrollo de dicho proceso; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA:

0.0004477779 0.0000209950 0.0004477779 0.0002085846 0.0007892908 0.0000925485 0.0000209950 0.0000009379

Articulo 1°.- Modificacion de fecha de Evaluacion Censal de Docentes Establezcase que la evaluacion censal a los docentes de Educacion Basica Regular, de los niveles de educacion inicial, primaria y secundaria, para construir la linea de base a partir de la cual se disenen las proximas acciones de capacitacion del magisterio nacional, se realizara en enero del 2007. Articulo 2°.- Medidas Complementarias Disponer que el Ministerio de Educacion dicte las medidas complementarias correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de diciembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion
9370-2

9360-1

EDUCACION
Modifican fecha de Evaluacion Censal de Docentes de Educacion Basica Regular de los niveles de educacion inicial, primaria y secundaria
DECRETO SUPREMO Nº 027-2006-ED

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 0376-2006ED, del 1 de diciembre del 2006, se aprobo la Directiva Nº 177-2006/DM/SP "Evaluacion Censal a Docentes de los Niveles de Inicial, Primaria y Secundaria de Educacion Basica Regular", la misma que en su numeral 4.6 senala que la aplicacion de la prueba se realizara a nivel nacional, el dia miercoles 20 de diciembre del 2006; Que, la mencionada Directiva se emitio en merito a lo dispuesto en el articulo 1° del Decreto Supremo Nº 0252006-ED, que autoriza la evaluacion censal a los docentes de Educacion Basica Regular, de los niveles de educacion

ENERGIA Y MINAS
Reconocen servidumbres de ocupacion sobre bien de propiedad privada a favor de concesiones definitivas de distribucion de las que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 590-2006-MEM/DM

MORDAZA, 12 de diciembre de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31185606, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en

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