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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de diciembre de 2006 335209 Que en el cumplimiento de la obligación a que se refi ere la norma mencionada en el considerando anterior, se han evidenciado distintos criterios por parte de los administrados para informar la totalidad de las descargas de los recursos hidrobiológicos que se recepcionan en un día en los respectivos establecimientos industriales pesqueros, siendo necesario, en consecuencia, uniformizar los criterios en esta materia, precisando el período de horas que comprende dicha información, conforme a las recomendaciones contenidas en los documentos del Visto; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que la información diaria a que se re fi ere el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 153-2001-PE, corresponde al período comprendido desde las 00:00 horas hasta las 24:00 horas. La información del período sólo comprenderá las descargas de los recursos hidrobiológicos cuya recepción en plantas se hubiera iniciado dentro de dicho período. En caso de que la recepción de los recursos hidrobiológicos se hubiera iniciado antes de las 00:00 horas y hubiera concluido después de esa hora, deberá registrarse el peso total de dicha descarga, en el día en que se inició su recepción. Artículo 2º.- La presente resolución ministerial entrará en vigencia a partir de los diez (10) días calendario siguiente a su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 8887-1 Designan Representante Titular del Ministerio ante el Consejo Consultivo de PROPARACAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 343-2006-PRODUCE Lima, 15 de diciembre del 2006 Vistos: la Resolución Ministerial Nº 059-2006- PRODUCE, del 6 de marzo de 2006 y el O fi cio Nº PCD- 100-472-2006-PRODUCE/IMP, del 30 de noviembre de 2006, del Instituto del Mar del Perú (IMARPE). CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2003- EM, del 8 de setiembre de 2003 se creó la Comisión para el Desarrollo Sostenible de la Bahía de Paracas- CDSP, encargada de estudiar, analizar y proponer los mecanismos necesarios para mejorar las condiciones ambientales de la Bahía de Paracas, en el departamento de Ica, teniendo como fi nes la elaboración de un Plan de Rehabilitación y Manejo de Riesgos de la citada Bahía; Que, por Ordenanza Regional Nº 0016-2005-GORE- ICA del 2 de setiembre de 2005, el Consejo Regional de la Región Ica aprobó la creación de PROPARACAS como órgano desconcentrado del Gobierno Regional de Ica, cuya función es coordinar con las entidades del sector público y privado la ejecución del Plan de Rehabilitación y Manejo de Riesgos señalado en el párrafo precedente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 059- 2006-PRODUCE del 6 de marzo de 2006, se designó al Contralmirante (r) HUGO ARÉVALO ESCARÓ, Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) y a la Dra. SULMA CARRASCO BARRERA, como representantes Titular y Suplente, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante el Consejo Consultivo de PROPARACAS; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 007- 2006-PRODUCE, del 9 de agosto de 2006, se aceptó la renuncia del Contralmirante AP (r) HUGO ARÉVALO ESCARÓ, al cargo de Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), designándose en dicho cargo al Contralmirante AP (r) HÉCTOR EUGENIO SOLDI SOLDI; Que, en atención a lo señalado anteriormente, corresponde expedir el acto administrativo mediante el cual se designe al representante Titular del Ministerio de la Producción, ante el Consejo Consultivo de PROPARACAS; De conformidad con lo previsto en el articulo 4º de la Ley Nº 27594 y en uso de las atribuciones conferidas por el literal g) del Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; Con el visado del Viceministro de Pesquería y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación del Contralmirante AP (r) HUGO ARÉVALO ESCARÓ, como representante Titular del Ministerio de la Producción ante el Comité Consultivo de PROPARACAS. Artículo 2º.- Designar al Contralmirante (r) HÉCTOR EUGENIO SOLDI SOLDI, como Representante Titular del Ministerio de la Producción ante el Consejo Consultivo de PROPARACAS. Artículo 3º.- Consignar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional (www.produce.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 8887-2 SALUD Nominan Responsable Nacional de la Promoción de la Donación Voluntaria de Sangre RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1171-2006/MINSA Lima, 19 de diciembre del 2006 Visto: el Expediente N° 06-087030-001, que contiene el Ofi cio N° 6149-2006-DGSP/MINSA; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 547-2005/MINSA, del 18 de julio de 2005 se nominó al doctor Iván Rojas Ruiz, como Responsable Nacional de la Promoción de la Donación Voluntaria de Sangre; Que, mediante carta del 4 de octubre de 2006, el referido profesional de la salud, ha solicitado al Despacho Ministerial el reemplazo de su nominación; Que, con el o fi cio del visto, el Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, considera pertinente nominar a otro profesional en reemplazo del actual responsable; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con las visaciones del Viceministro de Salud y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;