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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de diciembre de 2006 335681 Que, es necesario designar al personal civil y militar de las diferentes instituciones públicas y privadas que participarán en la Décimo Séptima Campaña Cientí fi ca del Perú en la Antártida - ANTAR XVII, a realizarse del 27 de diciembre de 2006 al 25 de febrero de 2007, siendo éste el mejor período para realizar la Campaña por desarrollarse el verano austral constituyéndose un clima y ambiente adecuado para el cumplimiento de los objetivos del INANPE y la ejecución de los proyectos cientí fi cos fi nanciados por el mismo; Que, el INANPE se encuentra obligado a asumir los viáticos de los expedicionarios que integrarán la Décimo Séptima Campaña Cientí fi ca del Perú en la Antártida - ANTAR XVII, de acuerdo a lo acordado en el Convenio de Colaboración Interinstitucional entre el Instituto Antártico Peruano, el Instituto del Mar del Perú y la Marina de Guerra del Perú, el Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre el INANPE y el Ministerio de Defensa, y los Convenios suscritos con las Instituciones ganadoras del II Concurso Nacional de Proyectos de Investigación en Temas relativos a la Antártida, aprobado mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 0021-06/INANPE/RE del 13 de julio de 2006; Que, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM dispone que los viáticos por día para el personal que viaja a América del Sur, es de US$ 200.00 (Doscientos y 00/100 Dólares Americanos), estableciéndose en su artículo 6° que a su regreso la persona que realizó el viaje debe sustentar los gastos realizados hasta por lo menos el 70% del monto asignado, y el monto correspondiente al 30% restante podrá ser sustentado por Declaración Jurada; Que, el INANPE va a cubrir directamente el alojamiento, la alimentación, el traslado, los seguros y la indumentaria especial para los expedicionarios que integran la Décimo Séptima Campaña Cientí fi ca del Perú en la Antártida – ANTAR XVII, lo cual de acuerdo al Memorando Nº 222-06-INANPE/OAPI del 19 de diciembre de 2006 equivale a un monto de US$ 170.00 (Ciento setenta y 00/100 dólares americanos) por día, por expedicionario, motivo por el cual únicamente se le entregará en dinero a los integrantes de la Décimo Séptima Campaña Cientí fi ca del Perú en la Antártida – ANTAR XVII la suma de US$ 30.00 (Treinta y 00/100 dólares americanos) por día, cifra que es menor al 30% del monto no sustentable de los viáticos a ser asignados a los expedicionarios; Que, mediante Informe Nº 039-2006/OAPI/PLAN/ PPTO del 19 de diciembre de 2006 se determinó que el INANPE cuenta con la disponibilidad presupuestaria sufi ciente para asumir los viáticos de los expedicionarios que integran la Décimo Séptima Campaña Cientí fi ca del Perú a la Antártida - ANTAR XVII; Que, los servidores del INANPE en su calidad de Organismo Público Descentralizado del sector Relaciones Exteriores no se encuentran comprendidos dentro de las prohibiciones establecidas mediante Decreto de Urgencia N° 017-2003, de 7 de agosto de 2003, respecto a realizar viajes al exterior del país; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27870, Ley de creación del Instituto Antártico Peruano - INANPE, el inciso m) del artículo 5° del Decreto Ley N° 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto de Urgencia N° 017-2003, Prohibición de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo y la Ley N° 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006 y Ley de Procedimientos Administrativo General, Ley Nº 27444; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar en Misión O fi cial (Comisión Especial de Servicio en el Extranjero) a los expedicionarios integrantes de la Décimo Séptima Campaña Cientí fi ca del Perú en la Antártida – ANTAR XVII, cuya relación fi gura en el anexo adjunto a la presente Resolución y que forma parte de la misma, para que viajen a la Estación Cientí fi ca Machu Picchu entre el 27 de diciembre de 2006 y el 25 de febrero de 2007. Artículo Segundo.- Facultar al Instituto Antártico Peruano para modi fi car el inicio y término de la Décimo Séptima Campaña Cientí fi ca del Perú en la Antártida, considerando las condiciones meteorológicas en la Antártida, sin exceder el período autorizado en el primer artículo de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Facultar al Instituto Antártico Peruano para otorgar por concepto de viáticos a cada uno de los expedicionarios de la Décimo Séptima Campaña Cientí fi ca del Perú en la Antártida – ANTAR XVII, la suma de US$ 30.00 (Treinta y 00/100 Dólares Americanos) por día de campaña, teniendo que presentar declaración jurada para justi fi car el gasto. Artículo Cuarto .- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al Sector Nº 08 - Ministerio de Relaciones Exteriores - Pliego Presupuestal Nº 081 -Instituto Antártico Peruano- de la Unidad Ejecutoria 001 -Instituto Antártico Peruano. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores ANEXO TRIPULACIÓN DEL BIC HUMBOLDT SALIDA DE LIMA 27 DE DICIEMBRE DE 2006 - RETORNO 25 DE FEBRERO DE 2007 Nº GRADO APELLIDOS Y NOMBRES 01 C. de F. Sablich Luna Victoria Rodolfo 02 C. de C. SN. Castañeda Rodríguez José03 C. de C. Escobar Vásquez de V. Ricardo04 Tte. 1ro. Vílchez Moscoso Julio05 Tte. 1ro. Vizcarra Figueroa Jorge06 Tte. 1ro. Blanco Giribaldi Adán Antonio07 Tte. 1ro. Gago Rojas Diego08 Tte. 1ro. Holguín Valdivia Carlos09 Tte. 1ro. Zuazo del Aguila Herbert10 A. Fgta. Talavera López Iván 11 TS1. Señ. Cervantes Ormeño Jorge 12 TS2. Rar. Vásquez Luján Oswaldo13 T1. Enf. Suclupe Tejada Moisés14 T1. Ele. Carranza Castro Washington15 T1. Lav. Villavicencio Leiva Magno16 T2. Aba. Mejía Reyes Adán17 T2. Mot. Sánchez Manayalle Edilberto18 T3. Man. Silva Oliva Eduardo19 T·. Ele. Postigo Benavides Uriel20 T3. Hid. Panta Jacinto Ru fi no 21 T3. Ele. Obregón Obregón Walter22 T3. Mot. Morales Valencia Marvin G.23 T3. Hid. Calderón Valdivia Mario24 T3. Ele. Guevara Arribasplata Luis25 T3. Mot. Quevedo Baca Edson 26 T3. May. Barboza Pichardo Hermelindo27 T3. Señ. Vergara León Luis28 T3. Oes. Rivas Salas Nicolás29 T3. Coc. Chávez Acuña Santos30 T3. May. Gavilán Gómez Dante31 OM1. Sad. Tito Huamaní Hernán 32 OM1 Coc. Merma Cabrera Marcelino33 OM1. Pan. Sánchez Costilla Benigno34 OM1 Man. Gálvez Malpartida Emilio35 OM1 Men. Noria Lozano Jaimes36 OM1 Mot. Barrantes Palomino Luis37 OM1 Hid. Gonzales León Raúl38 OM1 Hid. Olano Velásquez Daniel39 OM1 Enf. Morales Timoteo José40 OM1 Cha. Piscoche Avila Rusbaldo41 OM2. Mot. GAMBOA Villa Héctor42 OM2 Tel. Marcoz Yabar Oscar43 OM2 Men. Ponce Paredes José