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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G30/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 12 de enero de 2006 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/GED/G61/G20/G61/G4A/G61/G70/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G69/G72/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G41/G63/G61/G64/GE9/G6D/G69/G63/G6F /G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G62/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 035 Lima, 11 de enero de 2006Visto el informe del señor Rector en relación a la invitación formulada por Facultad de Ingeniería y laEscuela de Graduados de Ciencia y Tecnología de laUniversidad de Chiba - Japón, para la firma de unConvenio de Cooperación e Intercambio Académico; CONSIDERANDO:Que se ha formulado invitación al señor Rector y a una Comisión Oficial de la Universidad Nacional deIngeniería integrada por el Primer Vicerrector, el Decanode la Facultad de Ingeniería de Petróleo y el Decano de laFacultad de Ingeniería Civil, para participar en la firma deun Convenio de Cooperación e Intercambio Académicocon la Facultad de Ingeniería y la Escuela de Graduadosde Ciencia y Tecnología de la Universidad de Chiba -Japón, visitas técnicas a diferentes instituciones yorganizaciones vinculadas con la investigación y eldesarrollo de nuevas tecnologías en el campo de laingeniería, y realizar contactos necesarios para futurasinvestigaciones y/o trabajos en conjunto; Que la firma del convenio para intercambio y cooperación académica tiene por finalidad afianzar loslazos de amistad y sobretodo los de cooperación para larealización de investigaciones conjuntas entre las dos universidades, llevándose a cabo a través de proyectos de investigación, donde miembros de las dos institucionescolaborarán conjuntamente en el desarrollo de losmismos, asimismo mediante el intercambio deinvestigadores y alumnos para el mejor progreso de lasactividades; Que la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos orepresentantes del Estado que irroguen gastos al TesoroPúblico y que se encuentren comprendidos en lasentidades públicas sujetas al ámbito de control de la Leyde Presupuesto del Sector Público, dispositivo legal quese encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria Nº 01 del 11 de enero del2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Misión Oficial a Japón, desde el jueves 12 de enero al jueves 26 deenero del 2006, en representación de la UniversidadNacional de Ingeniería, al señor Rector Ing. RobertoMorales Morales, al Primer Vicerrector Mag. Ing. AurelioPadilla Ríos, al Decano de la Facultad de Ingeniería dePetróleo Ing. Luis del Castillo Rodríguez y al Decano dela Facultad de Ingeniería Civil MsC. Ing. FranciscoCoronado del Águila, para que participen en la ceremoniade suscripción del Convenio de Cooperación eIntercambio Académico entre la Universidad Nacionalde Ingeniería y la Universidad de Chiba - Japón, visitastécnicas a diferentes instituciones y organizacionesvinculadas con la investigación y el desarrollo de nuevastecnologías en el campo de la ingeniería, y realizarcontactos necesarios para futuras investigaciones y/otrabajos en conjunto. Artículo 2º.- Otorgar a cada uno de los funcionarios antes indicados, el equivalente ennuevos soles de los montos que se indican acontinuación, para sufragar los gastos que por dichosconceptos irroguen su participación en la MisiónOficial, explicitada en los considerandos de lapresente resolución, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor dequince (15) días, al término de la referida misión. Pasajes aéreo y terrestre (Ida y vuelta) hasta el monto de : US$ 1 769.47 Viáticos hasta el monto de (US$ 260.00 por 11 días) : US$ 2 860.00 Tarifa Corpac : US$ 30.25 Artículo 3º.- Los gastos que se indican en el artículo precedente serán financiados con recursos directamenterecaudados por los Órganos Desconcentradosdependientes del rectorado, las Facultades, las OficinasCentrales y el Centro de Investigaciones Sísmicas yMitigación de Desastres de la Universidad. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados funcionariosdeberán presentar ante el titular de la entidad un informedetallado describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje. Artículo 5º.- Disponer que la Oficina Central de Logística publique la presente resolución en el DiarioOficial El Peruano de conformidad a lo establecido por elartículo 3º de la Ley Nº 27619. Regístrese, comuníquese y archívese.ROBERTO MORALES MORALES Rector 00634 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 SUNASS /G41/G64/G6D/G69/G74/G65/G6E/G20 /G61/G20 /G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20 /G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20 /G64/G65 /G50/G52/G4F/G49/G4E/G56/G45/G52/G53/G49/GD3/G4E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G46/GF3/G72/G6D/G75/G6C/G61/G20 /G54/G61/G72/G69/G66/G61/G72/G69/G61/G2C/G20 /G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G73/G54/G61/G72/G69/G66/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G4D/G65/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G71/G75/G69/G6E/G71/G75/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G73/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G65/G6E/G20 /G6C/G61/G73/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61/G20/G79/G20/G50/G61/G69/G74/G61 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 002-2006-SUNASS-GRT Lima, 11 de enero de 2006 VISTO:El Oficio N° 8/2006/CPI-EMS/PROINVERSIÓN de fecha 9 de enero de 2006, mediante el cualPROINVERSIÓN, remitió a la SUNASS el PlanMaestro Optimizado para dar inicio al trámite deaprobación de la fórmula tarifaria, estructurastarifarias y metas de gestión para el primer quinqueniode la concesión de los servicios de saneamiento enlas provincias de Piura y Paita; CONSIDERANDO:Que, por Resolución de Consejo Directivo N° 033- 2005-SUNASS-CD, se aprobó la “Directiva sobre elProcedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria,Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Serviciosde Saneamiento” y la “Directiva para la Formulación delos Planes Maestros Optimizados”; Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro Optimizado y la documentación adjunta entregada porPROINVERSIÓN; Que, conforme con la “Directiva sobre Procedimiento de Aprobación de Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifariasy Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento”corresponde que la Gerencia de Regulación Tarifaria,una vez recibido el Plan Maestro Optimizado por el