Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2006 (12/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 12 de enero de 2006

mercancias clasificadas en subpartidas arancelarias de alto riesgo senaladas por SUNAT; Que en tal sentido corresponde a la SUNAT senalar la relacion de subpartidas arancelarias de alto riesgo; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el inciso g), articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Considerense como subpartidas arancelarias de alto riesgo, conforme a lo senalado en el inciso c) del articulo 10º del Decreto Supremo Nº 10495-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 135-2005EF, a las detalladas en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ANEXO Nº 01 02 03 04 05 00612 Subpartida Arancelaria 0301100000 3304990000 3307909000 3824909999 8214100000

principios, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto; Que el Articulo 7º de la citada Ley General dispone que el Titular de una Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva en materia presupuestal, el mismo que puede delegar sus funciones en dicha materia cuando lo establezca la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad, siendo el Titular responsable solidario con el delegado; Que el Articulo 40º de la referida Ley General, senala que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que el inciso e) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, establece como atribucion del Superintendente Nacional de Administracion Tributaria, aprobar o modificar, mediante Resolucion de Superintendencia, el presupuesto de la SUNAT; Que asimismo, el inciso t) del mencionado Articulo 19º, faculta al Superintendente Nacional de Administracion Tributaria a delegar sus atribuciones, salvo disposicion legal en contrario, cuando asi lo estime pertinente; Que resulta pertinente delegar en el Intendente Nacional de Administracion, el ejercicio de la atribucion referida en los considerandos anteriores; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar en el Intendente Nacional de Administracion de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, de confor midad con lo establecido en el numeral 7.1 del Articulo 7º de la Ley Nº 28411, la facultad de autorizar modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico, mediante Resolucion de Intendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 00549

Delegan la facultad de autorizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico al Intendente Nacional de Administracion
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 007-2006/SUNAT MORDAZA, 10 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobada por Ley Nº 28411, establece los

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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