Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2006 (12/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, jueves 12 de enero de 2006

NORMAS LEGALES
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 261-2005/SUNAT

Pag. 310073

Mediante Oficio Nº 005-2006-SUNAT/1A0000, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Superintendencia Nº 261-2005/SUNAT, publicada en nuestra edicion del dia 30 de diciembre de 2005. En la pagina Nº 307845 DICE:
REFERENCIA (...) 19 Discos opticos y estuches MORDAZA discos. : Solo los discos opticos y estuches MORDAZA disco, comprendidos en alguna de las siguientes subpartidas nacionales: 3923.10.00.00, 3923.21.00.00, 3923.29.00.90, 3923.909.00.00, 4819.50.00.00 y 8523.90.90.00. BIENES COMPRENDIDOS EN EL REGIMEN

DEBE DECIR:

REFERENCIA (...) 19 Discos opticos y estuches MORDAZA discos. :

BIENES COMPRENDIDOS EN EL REGIMEN

Solo los discos opticos y estuches MORDAZA discos, comprendidos en alguna de las siguientes subpartidas nacionales: 3923.10.00.00, 3923.21.00.00, 3923.29.00.90, 3923.90.00.00, 4819.50.00.00 y 8523.90.90.00.

00485

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican la Ordenanza Nº 066-2005MDA que establece tasa por servicio de estacionamiento vehicular temporal en playas del distrito de Ancon
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002 MORDAZA, 6 de enero de 2006 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 6 de enero del ano en curso el Oficio Nº 179-090-00000028 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, que adjunta el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 066-2005-MDA, que establece la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular temporal en las playas del distrito de Ancon, correspondiente a la Temporada de MORDAZA 2006. CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad.

Que, en aplicacion de la normatividad vigente y la Ordenanza Nº 739 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA publicada el 26-12-04 por la que se aprobo la Ordenanza MORDAZA de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de MORDAZA, la Municipalidad Distrital recurrente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva. Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607 y 739 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y los articulos 66º y 68º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por D. S. Nº 1562004-EF el Servicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo 2º de la Ordenanza Nº 607-MML, publicada el 24-3-04 concluyendo segun Informe Nº 004-08200000423, que procede la ratificacion de dicha Ordenanza, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria - SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 3202005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe). ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 0662005-MDA, que establece la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular temporal en las playas de veraneo del distrito de Ancon, correspondiente a la Temporada de MORDAZA 2006. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su

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