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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G32/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 15 de enero de 2006 Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia cumpliendo previamente con la publicación de la Ordenanza y Acuerdo de Concejo ratificado de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Cuarta.- Deróguense las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JORGE L. BARTHELMESS CAMINO Alcalde 00848 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 007 -2006-MDSB San Bartolo, 3 de enero del 2006. VISTO: El informe Nº 002-2006-MDSB/GAF de fecha 2 de enero del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 27680dispone que las Municipalidades Provinciales, Distritales,son órganos de Gobierno Local, con Autonomía Política,Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM-Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, concordante con el Artículo 22ºy siguientes de su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM, establece que cada Entidad deberá aprobar y publicar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones en el SEACE, a efectuarse en el ejercicioPresupuestal acorde con el tipo del Proceso de selecciónrespectivo. Que, mediante el Informe de visto, la Gerencia de Administración y Finanzas, ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2006 en base a las necesidades identificadas por los diferentes órganosde la Entidad. Que, según dispuesto por el Artículo 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, dispone que el Plan Anual aprobado deberá encontrarse a disposición de los interesados en la dependencia encargada de lasContrataciones y Adquisiciones de la Entidad y en la PáginaWeb de ésta, debiendo además remitirse CONSUCODE ; De conformidad a los dispositivos legales citados y en Uso de las facultades y atribuciones conferidas y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, para el ejercicio Presupuestal 2006, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaria General, Gerencia de Administración y Finanzas por intermedio dela Oficina de Abastecimientos efectuar la publicación de lapresente Resolución, así como remitir al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y la Comisión de Promoción de la Pequeñay Micro Empresa - PROMPYME, dentro del termino de Ley,para su conocimiento de fines. Artículo Tercero.- PONER en conocimiento de la presente Resolución al Gerente Municipal, Gerencias de Administración y Finanzas, Desarrollo Territorial y demás pertinentes para los fines del caso. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE L. BARTHELMESS CAMINO Alcalde 00851MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G2D /G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20 /G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G79/G20 /G52/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G2D /G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G75/G72/GED/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 100-MDSM San Miguel, 15 de diciembre de 2005 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO:El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido por los Artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia. Que con fecha 19 de febrero del 2005, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 069-MDSM que Reglamenta la Organización, Funciones yResponsabilidades de la Procuraduría Pública de la Municipalidad de San Miguel. Que el Concejo Municipal cumple la función normativa, entre otros mecanismos, a través de la Ordenanza Municipal, la cual de conformidad con el inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,es aprobada, modificada y derogada por el referido Concejo Municipal. Que el Artículo 29º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que la representación y defensa de los intereses y derechos de las Municipalidades en juicio, se ejercitan a travésde los órganos de defensa judicial, con arreglo a ley, el que estará a cargo de Procuradores Públicos Municipales. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Informe Nº 278- 2005-GAJ-MDSM, de fecha 15 de noviembre de 2005, opina por que se adecue el Inciso c) del Artículo 7ºde la Ordenanza Nº 69-MDSM a lo dispuesto por el Artículo 30º literal b) del Decreto Ley Nº 17537. Estando a lo expuesto en el considerando y en uso de las facultades previstas en el inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; aprobó lo siguiente: MODIFICAR ORDENANZA Nº 69 - MDSM QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN, FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL Artículo Primero.- Modificar el Inciso c) del Artículo 7º de la Ordenanza Nº 069-MDSM, que Reglamenta la Organización, Funciones y Responsabilidades de laProcuraduría Pública de la Municipalidad, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: “Artículo 7º.- REQUISITOS: Los requisitos mínimos para ser designado Procurador Público Municipal, son los siguientes: … c) Haber ejercido la abogacía como mínimo quince (15) años consecutivos.” Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 00847