Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2006 (15/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, MORDAZA 15 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados en cumplimiento de sus atribuciones contempladas en el articulo 43º del Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, Reglamento de Traductores Publicos Juramentados, efectuo visitas de inspeccion a las oficinas de los Traductores Publicos Juramentados, a fin de constatar el cumplimiento de las disposiciones de dicho Reglamento; Que, tal como se expresa en el Oficio RE (JVTPC) Nº 04-A/23, de 14 de enero del presente ano, en dichas visitas pudo constatarse la ausencia de la Traductora Publica Juramentada, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de su oficina, habiendosele citado para que, explique el motivo de ausencia; Que, como respuesta al requerimiento de la Junta de Vigilancia de Traductores Publicos Juramentados, una tercera persona presento una carta en mesa de partes del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante la cual explicaba que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encontraba ejerciendo su profesion desde la Provincia de MORDAZA Britanica, Canada, y adjunto un "poder especial" que la facultaria a esta tercera persona a administrar su oficina y actuar en su nombre; Que, ante el incumplimiento del requerimiento de la Ju n t a d e V i g i l a n c i a d e Tra d u c t o r e s P u bl i c o s Juramentados, esta considera que la Traductora Publica Juramentada, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en la falta establecida en el literal e) del articulo 4 6 º d e l r efer ido Reglam ento que es tabl ec e, que constituyen faltas que originan sancion para un Traductor Publico Juramentado, dejar de asistir, injustificadamente, a sus oficinas por mas de cinco (5) dias habiles, cerrarlas sin motivo legal o limitar indebidamente las horas de atencion al publico; Que, tal como se puede apreciar de los documentos que acompanan al requerimiento, la Junta de Vigilancia de Traductores Publicos Juramentados, actuo ajustada a Ley y al tomar conocimiento de la infraccion de parte de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, opto por citarla para que efectue sus descargos tal como lo establece el articulo 235º numeral 3) de la Ley Nº 27444; Que, transcurrido el tiempo establecido en el numeral 4) del articulo 234 º de la Ley Nº 27444, y sin descargo de las imputaciones, la Junta de Vigilancia de Traductores Publicos Juramentados efectuo el examen de los hechos, habiendo concluido que dicha Traductora Publica Juramentada ha incurrido en falta grave conforme lo estipula el literal d), e), y g) del articulo 46º del Decreto Supremo Nº 0126-2003-RE, y como consecuencia, propone al Ministerio de Relaciones Exteriores se expida la Resolucion Ministerial, mediante la cual se le destituye conforme el literal d) del articulo 47º del referido Reglamento, de acuerdo a la gravedad de la falta; Teniendo en cuenta lo opinado por la Oficina de Asuntos Legales (LEG) Nº 0245, 0694, de fechas 8 de febrero y 6 de MORDAZA de 2005 respectivamente; De conformidad con los incisos d), e), y g) del articulo 46º, el inciso d) del articulo 47º, el articulo 48º, el inciso e) del ar ticulo 50º del Reglamento de Traductores Publicos Juramentados, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 126-2003-RE; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el Decreto Ley Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Destituir a la Traductora Publica Juramentada en los idiomas ingles traduccion directa e italiano traduccion directa e inversa, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en falta grave, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la Resolucion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guerrero. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 00834

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban tasaciones comerciales elaboradas por el CONATA respecto a predios afectados por la Obra "Mejoramiento Vial de la Carretera Huanuco-Tingo Maria-Pucallpa, Tramo: Aguaytia-San Alejandro"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 021-2006-MTC/02
MORDAZA, 12 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Memorandum Nº 4682-2005MTC/20.3 de la Gerente de Asuntos Legales de PROVIAS NACIONAL, el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA ha realizado la valuacion comercial de tres predios afectados por la ejecucion de la Obra: "Mejoramiento Vial de la Carretera MORDAZA T i n g o M a r i a - P u c a l l p a , Tra m o : A g u ay t i a - S a n Alejandro", ubicado en el distrito de Irazola, provincia del Padre MORDAZA, departamento de Ucayali; Que, de acuerdo a la valuacion comercial efectuada por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, el monto de la valorizacion comercial del predio de propiedad del senor MORDAZA Chumbimuni MORDAZA asciende a la suma de US$ 12,192.84, del predio de propiedad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA asciende a la suma de US$ 1,084.00 y del predio de propiedad de la senora Eresvita MORDAZA MORDAZA de Chumbimuni, asciende a la cantidad de US$ 17,929.43; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27628 establece que el valor de tasacion para la adquisicion de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vias publicas sera fijado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, que sera aprobada mediante Resolucion Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, de conformidad con el articulo 3º de la referida Ley el precio que se pagara por todo concepto a los propietarios afectados por trazos en vias publicas por trato directo sera el monto del valor comercial actualizado de los mismos, mas un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar la tasacion de los tres predios afectados por la ejecucion de la Obra: "Mejoramiento Vial de la Carretera MORDAZA - Tingo MORDAZA - Pucallpa, Tramo: Aguaytia - San Alejandro", elaboradas por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27628 y Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar las tasaciones comerciales elaboradas por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA de los predios afectados por la ejecucion de la Obra: "Mejoramiento Vial de la Carretera MORDAZA - Tingo MORDAZA Pucallpa, Tramo: Aguaytia - San Alejandro", ubicado en el distrito de Irazola, provincia del Padre MORDAZA, departamento de Ucayali, de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM 1 2 3 IDENTIFICACION DEL PROPIETARIO MORDAZA Chumbimuni MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eresvita MORDAZA MORDAZA de Chumbimuni VALOR DE TASACION US$ 12,192.84 US$ 1,084.00 US$ 17,929.43

Registrese, comunique y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miinistro de Transportes y Comunicaciones 00813

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