Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2006 (15/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, MORDAZA 15 de enero de 2006
SUB ITEM 11 DESCRIPCION DEL ITEM

NORMAS LEGALES

Pag. 310261

Disco Duro 40 Gb 7200 rpm ATA/100 TOTAL POR ITEM ITEM Nº 07 Publicidad Registral s/muestra TOTAL POR ITEM ITEM Nº 08 Inscripcion de titulos con codigo de MORDAZA s/muestra TOTAL POR ITEM ITEM Nº 09 Inscripcion de Titulos R.P.V. con codigo de barras TOTAL POR ITEM ITEM Nº 10

MONTO (S/.) LIMITE (S/.) LIMITE(S/.) REFERENSUPERIOR INFERIOR CIAL (110 %) (70 %) 59,192.98 65,112.28 41,435.09 143,839.78 252,000.00 252,000.00 158,223.76 277,200.00 277,200.00 100,687.85 176,400.00 176,400.00

Adquisiciones del Estado, debido a que las Bases Integradas, para la calificacion de la experiencia, establecieron lo siguiente :

1

"El postor debera presentar Contratos y/ o Facturas debidamente cancelados de suministros similares realizados por el Sector Publico o Privado, ejecutados en los ultimos anos" (el resaltado y subrayado es nuestro).
Al regularse de dicha manera las Bases, interpretan los recurrentes que se debio calificar los contratos y/o facturas, donde se acredite el suministro de bienes analogos. Al absolver la apelacion, el CONSORCIO INVERSIONES ANCONA & TECH DATA, manifiesta que, ha cumplido estrictamente con lo dispuesto en las Bases, por cuanto ha presentado contratos y /o facturas y constancias de calidad que acreditan suministros de la misma MORDAZA solicitada en el item 1 (toner para impresora Laser IBM 1130-1140 28P2009) y tambien toner para impresoras similares: · Toner para impresora IBM INFO PRINT 11254, Codigo 28P2494. · Toner para impresora IBM INFO PRINT 32, Codigo 90H33556. De la revision de la calificacion efectuada por el Comite Especial, y de lo expuesto en la absolucion de la apelacion, se verifica que el criterio del Comite fue que se debia presentar documentos que acrediten suministros similares, interpretandose como bienes de las mismas MORDAZA, inclusive de otros modelos a los requeridos. Sobre el particular, debemos senalar que, el articulo 12º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el articulo 28º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senalan que la Entidad tiene la facultad de determinar, sobre la base de sus propias necesidades las caracteristicas, requerimientos y especificaciones tecnicas de los bienes, servicios u obras que desea adquirir y/ o contratar, los mismos que deberan incidir sobre sus objetivos funciones y operatividad de aquellos. Ahora bien, los requerimientos tecnicos tienen referencia en cuanto a las caracteristicas y bienes que son necesarios para la Entidad. La determinacion de dichos requerimientos debe obedecer a criterios de razonabilidad y objetividad congruentes con el bien, servicio u obra requerido y con su costo o precios, estando prohibido de establecer caracteristicas desproporcionadas o que no incidan en los objetivos, funciones u operatividad de los bienes, servicios u obras requeridas. Al haberse asumido como criterio que el suministro de bienes solo tiene relacion con una MORDAZA del producto o del bien se estaria transgrediendo el articulo 30º del Reglamento MORDAZA referido, que proscribe la posibilidad de que para la descripcion de bienes y servicios a adquirir o contratar se haga referencia a MORDAZA o nombres comerciales patentes o disenos o otros tipos particulares. Ahora bien, las bases no especificaron que el postor debia presentar alguna MORDAZA o nombre de productos; indirectamente si se esta realizando dicha transgresion, al haberse calificado solo los productos que tienen la misma MORDAZA que el equipo al cual se va a abastecer. Debemos senalar que la exigencia de bienes de una misma MORDAZA del producto, como es el caso del toner para impresoras IBM, no asegura indubitablemente que dicho bien sea compatible con el bien con el cual se pretender usar. En tal sentido, debio haberse permitido la oferta de bienes compatibles de otras MORDAZA, quedando supeditado a que el fabricante garantice, mediante un documento que sus productos resultan compatibles con los equipos que posee la Entidad. Otra alternativa para verificar la compatibilidad de los bienes ofertados que no MORDAZA de las mismas MORDAZA, lo constituye el mecanismo de las muestras. En este caso, podria establecerse que, aquellos postores que han presentado los certificados de los fabricantes que acrediten la compatibilidad con los bienes con los que se van a usar, MORDAZA sujetos a una evaluacion para determinar las caracteristicas y especificaciones tecnicas. Para tales efectos, se podria determinar la metodologia y analisis de las pruebas a las que serian sometidos los bienes, asi como los medios que se valdra el Comite para determinar el cumplimiento de los requisitos tecnicos.

1

99,000.00 99,000.00

108,900.00 108,900.00

69,300.00 69,300.00

1

74,250.00 74,250.00 1,437.50 1,437.50 1,700.00 1,700.00 2,125.00 2,125.00 729.00 729.00 6,711.94

81,675.00 81,675.00 1,581.25 1,581.25 1,870.00 1,870.00 2,337.50 2,337.50 801.90 801.90 7,383.13 7,383.13

51,975.00 51,975.00 1,006.25 1,006.25 1,190.00 1,190.00 1,487.50 1,487.50 510.30 510.30 4,698.36 4,698.36

1

Certificado Positivo de Propiedad s/muestra TOTAL POR ITEM ITEM Nº 11

1

Certificado Negativo de Propiedad s/muestra TOTAL POR ITEM ITEM Nº 12

1

Personas Naturales s/muestra TOTAL POR ITEM ITEM Nº 13

1

Informacion sobre el medio de pago TOTAL POR ITEM ITEM Nº 14

1

Toner Canon NP 4050/4080 TOTAL POR ITEM TOTAL

6,711.94

2,493,002.61 2,742,302.87 1,745,101.83

Que, mediante Acta de fecha 30 de diciembre de 2005, el Comite Especial otorgo la buena pro del MORDAZA a los postores, de acuerdo al siguiente detalle : · Item 1 al postor CONSORCIO INVERSIONES ANCONA & TECH DATA. · Item 2 al postor C& C COMPUTERS AND SUPPLLES S.A.C. · Item 3 al postor CFI CORPORACION INDUSTRIAL S.A. · Item 4 al postor COMERCIAL DENIA S.A. · Item 7 al postor VHL CORPORACION · Item 8 al postor VHL CORPORATION · Item 9 al postor VHL CORPORATION · Item10 al postor VHL CORPORATION · Item11 al postor VHL CORPORATION Que, de conformidad con lo dispuesto 79º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, en los procesos de seleccion segun relacion por items, cada uno de los items constituye un MORDAZA menor dentro del MORDAZA de seleccion principal, por lo cual puede ser objeto de adjudicacion independiente; Que, contra el otorgamiento de la buena pro, de los items Nº 1, 2 y 3, interpusieron recurso de apelacion la empresa JL BUSINESS AND SERVICE S.A.C. y el Consorcio BEMA, INVERSIONES GARDINA Y TRADING SERVICE; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 151º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, mediante el recurso de apelacion se impugnan los actos administrativos dictados dentro del desarrollo del MORDAZA de seleccion, desde la convocatoria hasta aquellos realizados MORDAZA del acto de celebracion del contrato, debiendo presentarse ante el organo que emitio el acto impugnado, el que lo elevara al funcionario competente para resolver; Que, de conformidad con el articulo 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, mediante los Oficios Nºs. 011-SUNARP-2005-Z.R.NºIX-SLS/ GAF, 012-SUNARP-2005-Z.R.NºIX-SLS/GAF y 013SUNARP-2005-Z.R.NºIX-SLS/GAF, se procedio a correr traslado de las apelaciones a los postores ganadores; Que, los recurrentes argumentan los siguientes hechos: ERRORES EN LA CALIFICACION DE LAS PROPUESTAS TECNICAS DE LA EMPRESA JL BUSINESS AND SERVICE S.A.C. y EL CONSORCIO BEMA, INVERSIONES GARDINA Y TRADING SERVICE. Ambos recurrentes senalan que se ha incumplido con las Bases y con la normatividad de Contrataciones y

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