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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2006 (15/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G32/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 15 de enero de 2006 presentada por el señor personero legal del Partido Político "Movimiento Descentralista Perú - Ahora", ciudadano Abel Díaz Berrios; CONSIDERANDO:Que, los partidos políticos que mantienen su inscripción vigente ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, pueden presentar una fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidenciasde la República, hasta 90 días naturales antes de la fechade elecciones, conforme lo establecen los artículos 104º y109º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, enconcordancia con el Art. 11º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Que, de la revisión y calificación de la información presentada, se aprecia que dicha solicitud cumple conlos requisitos establecidos por el artículo 106º de la LeyOrgánica de Elecciones, que recoge, en esencia, loprevisto por el artículo 110º de la Constitución Política del Estado, así como los señalados en el considerando precedente y en el TUPA del Jurado Nacional deElecciones; Que, en tal virtud y en aplicación de lo dispuesto por el Art. 5º del Reglamento aprobado para el efecto por elJurado Nacional de Elecciones mediante Resolución Nº 393-2005-JNE, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro; RESUELVE:Artículo Primero.- Admitir a trámite la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por elpersonero legal del Partido Político "MovimientoDescentralista Perú - Ahora", para las Elecciones Generalesdel 9 de abril del 2006, la misma que está integrada de lasiguiente manera: Para Presidente de la República : Luis Bernardo Guerrero Figueroa Para Primer Vicepresidente : Víctor Armando Echegaray PintadoPara Segundo Vice presidente : Andrés Avelino Alcántara Paredes Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. ZARATE GUEVARA MEDINA GALDOSMARTINEZ GARCIA 00886 /G41/G64/G6D/G69/G74/G65/G6E/G20 /G61/G20 /G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20 /G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20 /G64/G65 /G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G73/G20 /G61/G20 /G6C/G61/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6C/G69/G61/G6E/G7A/G61/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G22/G41/G6C/G69/G61/G6E/G7A/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G46/G75/G74/G75/G72/G6F/G22 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 030-2006-JEE/LC Lima, 11 de enero del 2006 VISTA; la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos para Presidente y Vicepresidentes de laRepública, para las Elecciones Generales del 2006,presentada por la señora personera legal de la AlianzaElectoral "Alianza por el Futuro", ciudadana Ana Cecilia Díaz Muñoz; CONSIDERANDO:Que, los partidos políticos que mantienen su inscripción vigente ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, pueden presentar una fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidenciasde la República, hasta 90 días naturales antes de la fechade elecciones, conforme lo establecen los artículos 104º y 109º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, en concordancia con el Art. 11º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Que, de la revisión y calificación de la información presentada, se aprecia que dicha solicitud cumple conlos requisitos establecidos por el artículo 106º de la LeyOrgánica de Elecciones, que recoge, en esencia, lo previsto por el artículo 110º de la Constitución Política del Estado, así como los señalados en el considerandoprecedente y en el TUPA del Jurado Nacional deElecciones; Que, en tal virtud y en aplicación de lo dispuesto por el Art. 5º del Reglamento aprobado para el efecto por el Jurado Nacional de Elecciones mediante Resolución Nº 393-2005-JNE, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro; RESUELVE: Artículo Primero.- Admitir a trámite la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos a la Presidencia yVicepresidencias de la República, presentada por lapersonera legal de la Alianza Electoral "Alianza por elFuturo", para las Elecciones Generales del 9 de abril del2006, la misma que está integrada de la siguiente manera: Para Presidente de la República : Martha Gladys Chávez Cossio Para Primer Vicepresidente : Santiago Fujimori Fujimori Para Segundo Vicepresidente : Víctor Rolando Sousa Huanambal Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. ZARATE GUEVARA MEDINA GALDOSMARTINEZ GARCIA 00887 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61 /G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 1980-2005 Lima, 30 de diciembre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señora Doris Eliana Pérez Beteta para que se le autorice la inscripción en el Registrodel Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores deSeguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores deSeguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 19-2005-RIAS, enconcordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en elindicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánicade la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005 y