Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2006 (25/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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y "Tanques El Alto", con un valor referencial de S/. 997,944.85 Nuevos Soles; Que, habiendose producido la modificatoria de los valores referenciales de los Subproyectos ya mencionados mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 72512-2005-A-MDEA, se hace indispensable efectuar la modificacion del articulo primero del precitado Acuerdo de Concejo precisando el monto de los valores referenciales de los citados Subproyectos para los fines de su cabal cumplimiento; Que, la Gerencia Municipal mediante el Informe Nº 051-12-2005-GM/MDEA de fecha 28 de diciembre de 2005, dictamina sobre la necesidad de aprobar mediante Resolucion la modificacion del valor referencial del Expediente Tecnico de la citada Obra, previo dictamen de la Oficina de Asesoria Legal; Que, la Oficina de Asesoria Legal mediante Informe Nº 010-01-2006-AL-MDEA, dictamina por la modificatoria del Acuerdo de Concejo citado en los terminos expuestos en el considerando precedente, debiendo precisarse el monto de los valores referenciales modificados de los citados Subproyectos; Estando a las consideraciones expuestas y al Acuerdo adoptado por votacion unanime de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Floresmilda MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y con la dispensa de la aprobacion y lectura del acta; de conformidad con la atribucion conferida por el articulo 20º inciso 6 de la Ley Nº 27972; Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el articulo primero del Acuerdo de Concejo Nº 113-11-2005-MDEA, en los siguientes terminos: "Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion de Procesos de Seleccion por situacion de desabastecimiento inminente para la ejecucion de los Subproyectos: "Estacion 74" con un valor referencial de S/. 1´594,465.13 Nuevos Soles, siendo su plazo de ejecucion de 60 dias calendario; y "Tanques El Alto" con un valor referencial de S/. 1´370,495.69 Nuevos Soles, siendo su plazo de ejecucion de 60 dias calendario, los mismos que forman parte del proyecto definitivo denominado "ETAPA I LINEA DE IMPULSION Y ALMACENAMIENTO DE AGUA EL ALTO". Articulo Segundo.- Encargar al Comite Especial de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de la Municipalidad Distrital El Alto adoptar las acciones administrativas que correspondan para la ejecucion de los Subproyectos indicados en el articulo primero, en aplicacion del articulo 148º del D.S 084-2004-PCM. Ar ticulo Te rcero.- Disponer a la Secretaria General remita MORDAZA del presente Acuerdo de Concejo y los Informes que los sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, en merito a lo establecido en el inciso c) del articulo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM, asi mismo se realice la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como su publicacion a traves del SEACE. Articulo Cuarto.- Comunicar a la Contraloria General de la Republica para que de conformidad al ultimo parrafo del articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM participe en la contratacion de las obras a que hace referencia el articulo primero del presente Acuerdo Municipal. Articulo Quinto.- La Gerencia Municipal queda encargada del cumplimiento de la presente Resolucion. Comuniquese, registrese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 01400

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURA MORDAZA
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente el Programa del Vaso de Leche para los meses de enero a marzo del 2006
ACUERDO MUNICIPAL Nº 001-2006-MD.CM-A Cucungara, 16 de enero del 2006 VISTO: El Informe Nº 004-2005/AL- MDCM del 13 de enero del 2006 y el Acta de sesion de Concejo Ordinaria Nº 002-2006 del 13 de enero del 2006; CONSIDERANDO; Que, a traves del informe de "Vistos" la Asesoria Legal de esta Municipalidad Informa que teniendo en consideracion que a la fecha de elaboracion del informe no se ha iniciado el MORDAZA para Adquirir el producto del programa del vaso de Leche, va a originar que durante el desarrollo del MORDAZA de Adquisicion del producto para el programa del vaso de leche durante los meses de enero , febrero y marzo no se cuente con los insumos lacteos suficientes para abastecer el Programa del Vaso de Leche razon por la que se hace necesaria que por Acuerdo del Concejo Municipal se declare la Situacion de Desabastecimiento Inminente, contenida en el Art. 21º de la Ley; Que, de conformidad con el Art. 19º de la Ley , estan exoneradas de los Procesos de Seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de Desabastecimiento Inminente , declarada conforme a Ley . En tal sentido, el Art. 21º del mencionado cuerpo legal, establece que se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a acabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asi mismo, debe tenerse presente que el Programa del Vaso de Leche se MORDAZA perjudicado por el tiempo que conlleva la realizacion del MORDAZA de Seleccion; por lo que durante el plazo de implementacion del MORDAZA de seleccion, deberan adquirirse productos, bajo la modalidad MORDAZA descrita, toda vez que de no ser asi dicho Programa quedara desabastecido, lo cual generara un desconcierto en los Clubes de Madres, que tienen a su cargo la preparacion y distribucion de los alimentos, pues, en la actualidad no tienen con que alimentar a los beneficiarios; Que, de conformidad con los Articulos 141º, 146º y 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM, en la Situacion de Desabastecimiento Inminente la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, a fin de dar continuidad a los servicios esenciales que brinda la Entidad; en nuestro caso, se debe de proveer de insumos y productos lacteos al Programa del Vaso de Leche, a fin de que no se perjudiquen los beneficiarios del mismo; razon por la que el presente Acuerdo debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de emitido el mismo; Que, en virtud a lo expuesto, y teniendo presente que la implementacion del MORDAZA de seleccion podria extenderse hasta mediados del mes de marzo del presente ano, la Situacion de Desabastecimiento Inminente debera declararse por el lapso de tres (3) meses , enero, febrero y marzo; ello, a fin de no perjudicar a los beneficiarios de dicho Programa;

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