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PÆg. 311012 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 058-2005-CD/OSIPTEL, publicada el primero deoctubre de 2005 en el diario oficial El Peruano, se modifica en parte la Resolución del Consejo Directivo Nº 060- 2000-CD/OSIPTEL que aprueba el Reglamento Generalde Tarifas y su Exposición de Motivos; Que de conformidad con el artículo cuarto de la Resolución de Consejo Directivo Nº 058-2005-CD/OSIPTEL, ésta entrará en vigencia el treinta de enero de dos mil seis; Que la citada norma establece, entre otras, la obligación de la empresa operadora de registrar por medios electrónicos la información de: (i) las tarifas que establezcan para los servicios públicos detelecomunicaciones que prestan y sus respectivas modificaciones, (ii) las tarifas correspondientes a los planes tarifarios, ofertas, descuentos y promociones, y(iii) las tarifas que se deriven de contratos suscritos en el marco de convocatorias o negociaciones de carácter público o privado; Que mediante comunicaciones DMR/CE/Nº09/06 y GGR-107-A-013/OT-06 de fecha seis de enero de dos mil seis, las empresas América Móvil Perú S.A.C. yTelefónica del Perú S.A.A., respectivamente, solicitaron la prórroga de la entrada en vigencia de la norma, con la finalidad de ampliar el período de prueba que permita laadecuación al nuevo sistema; Que la finalidad de la norma es garantizar la transparencia en la información de tarifas que sonofertadas por las diferentes empresas operadoras, asegurando el acceso de los abonados y/o usuarios a la información de las tarifas vigentes, a fin que éstos puedancontar con información clara y oportuna, toda vez que dichas tarifas orientan sus preferencias y decisiones de contratación y de consumo; Que de conformidad con el considerando precedente, se requiere capacitar a las empresas operadoras, a fin de garantizar una adecuada implementación yfuncionamiento del sistema; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del Artículo 25º y en el inciso b) del Artículo 75º delReglamento General de OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 251; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el día treinta (30) de abril de 2006 la entrada en vigencia de la Resolución de Consejo Directivo Nº 058-2005-CD/OSIPTEL quemodifica en parte la Resolución del Consejo Directivo Nº 060-2000-CD/OSIPTEL que aprueba el Reglamento General de Tarifas y su Exposición de Motivos. Regístrese y publíquese. EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo 01381 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura del Aæo Fiscal 2006 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 072-2005-GR.CAJ-CR Cajamarca, 27 de diciembre de 2005El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 27 dediciembre del año dos mil cinco; VISTO y debatido el Oficio Nº 1845-2005-GRCAJ-GRPPAT/SGP, remitido porla Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura del año 2006 del Gobierno Regional de Cajamarca; con el voto mayoritariodel Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, estando a lo expuesto por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial del Gobierno Regional de Cajamarca. Que, en aplicación de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la DirectivaNº 011-2005-EF/76.01 - para la Programación y Formulación de los Presupuestos Institucionales del Sector Público para el año Fiscal 2006, la Directiva deFormulación de los Planes Estratégicos Institucionales para el período 2004-2006 y a la Ley Nº 28652 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,que Norma la Aprobación de los Presupuestos Institucionales referentes a los Gobiernos Regionales. Que, de acuerdo al Artículo 15º literal a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional: Aprobar, Modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten losasuntos y materias e competencia y funciones de los Gobiernos Regionales. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Nº 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por LeyNº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDÓ: Artículo Único: APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2006, correspondiente al Pliego 445 - Gobierno Regional deCajamarca, el mismo que en ochenta (80) folios se adjuntan y que forman parte integrante del presente Acuerdo. Por Tanto: Mando se registre, publique y cumpla. ALEJANDRO REBAZA MARTELL Presidente (e) 01424 Aprueban Políticas Regionales de la Dirección Regional de Transportes yComunicaciones del Gobierno Regional ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 073-2005-GR.CAJ-CR Cajamarca, 27 de diciembre de 2005 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 27 de diciembre del año dos mil cinco; VISTO el DictamenNº 009-2005-RECAJ-CR/CI, evacuado por la Comisión Ordinaria de Infraestructura, referente a la Aprobación de la Dirección Regional de Transportes y Comunicación;con el voto unánime del Pleno y; CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización, indica las competencias a transferirsepor el Gobierno Central y ha recepcionarse por los Gobiernos Regionales, en relaciones a las Funciones de Transporte y Comunicaciones. Que, la Ley del Sistema Nacional de Acreditación, establece como requisito general que el Gobierno Regional de Cajamarca cuente con las PolíticasRegionales en cada uno de sus Sectores. Que, dentro del Plan Anual de Transferencias de Funciones y Competencias para el año 2005, se