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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2006 (25/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

PÆg. 311018 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de enero de 2006 Déjese establecido que el presente Beneficio debe figurar en las "Cuponeras" que emita la Municipalidad para el presente Ejercicio. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 01449 Amplían vigencia de la Ordenanza N” 019-04/MDLV a efectos de estable-cer exoneración del 50% del montototal de arbitrios a jubilados y pensio-nistas propietarios de un solo prediodestinado a vivienda ORDENANZA Nº 070-06-MDLV La Victoria, 21 de enero de 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA;Visto en la Orden del Día de la Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada con fecha 21 de enero del 2006, elInforme Nº 006-2006-GR/MDLV de fecha 9 de enero del 2006, de la Gerencia de Rentas, por el que solicita Exoneración del 50% del monto total de los Arbitriospara los jubilados y pensionistas propietarios de un solo predio destinado a su vivienda, el Informe Nº 066-06- GAJ/MDLV de fecha 17 de enero del 2006, de la Gerenciade Asesoría Jurídica y el Dictamen Conjunto Nº 002- 2006-CPRC-CPPAL/MDLV emitido por las Comisiones Permanente de Rentas y Comercialización y Planificación,Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO:Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 en concordancia con el Art. II del Título Preliminarde la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios; licencias y derechos municipales; Que, el numeral 9) del Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por Ley, Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal: crear, modificar,suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimircontribuciones, arbitrios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción con los límites que señale la Ley; Que, Ordenanza Nº 063-05/MDLV, se estableció el Nuevo Marco Legal del Régimen Tributario y las Tasas de los Arbitrios de los años 2002, 2003 y 2004, la mismaque fue ratificada por el Concejo Metropolitano de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 365 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24 de diciembre del 2005; Que, con Ordenanza Nº 068-05/MDLV, esta Corporación Municipal estableció el Marco Legal del Régimen Tributario y las Tasas de los Arbitrios de LimpiezaPública, Parques y Jardines y Serenazgo aplicables en la jurisdicción del distrito de La Victoria para el Ejercicio Fiscal 2006, ratificada por el Concejo Metropolitano deLima mediante Acuerdo de Concejo Nº 438 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de diciembre del 2005; Que, con Ordenanza Nº 019-04/MDLV, se estableció la Exoneración del 50% del monto total de los Arbitrios a los jubilados y pensionistas propietarios de un solo predio destinado a su vivienda y la obligación de presentarDeclaración Jurada de Predios, la misma que fue modificada parcialmente con la Ordenanza Nº 025-04/ MDLV;Que, el Gerente de Rentas en su informe de VISTOS, manifiesta que no se ha considerado en las normas precitadas, la exoneración del cincuenta por ciento del monto total de los arbitrios de Limpieza Pública, Parquesy Jardines y Serenazgo, para los jubilados y pensionistas propietarios de un solo inmueble destinado a su vivienda, que anualmente se venía otorgando, por lo que consideraconveniente se reestablezca las condiciones que fueron señaladas mediante Ordenanza Nº 019-04/MDLV, modificada con Ordenanza Nº 025-04/MDLV, adjuntandopara el efecto el Proyecto de Ordenanza que a su juicio corrige esta omisión; Que, el Gerente de Asesoría Jurídica, luego del análisis de la solicitud y del Proyecto de Ordenanza, concluye opinando que es factible la propuesta materia de Dictamen, habida cuenta que esta guardaconcordancia con la normatividad vigente y con las facultades que en materia tributaria gozan los gobiernos locales; Estando a los pronunciamientos emitidos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º inciso 8) y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 27972, el Concejo, en la forma reglamentaria, por Unanimidad y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA AMPLÍAN VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 019-04/MDLV A EFECTOS DE ESTABLECER LA EXONERACIÓN DEL 50% DEL MONTO TOTAL DE LOS ARBITRIOS A LOS JUBILADOS Y PENSIONISTAS PROPIETARIOS DE UN SOLO PREDIO DESTINADO A SU VIVIENDA Artículo Primero.- Aplíquese lo dispuesto en la Ordenanza Nº 019-04/MDLV, a efectos de establecer laexoneración del 50% del monto total de los Arbitrios a los jubilados y pensionistas propietarios de un sólo predio destinado a su vivienda, para los años 2002, 2003, 2004,2005 y 2006. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a laGerencia de Imagen Institucional su publicidad y difusión. Déjese establecido que el presente Beneficio debe figurar en las "Cuponeras", que emita la Municipalidad para elpresente Ejercicio. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 01447 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Autorizan celebración de Matrimonios Comunitarios en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2006-MDPP Puente Piedra, 4 de enero de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: la Ordenanza Municipal Nº 036-2004 de fecha 25 de junio del 2004 donde aprueban la realización de Matrimonios Comunitarios. CONSIDERANDO: Que, el Estado y la Comunidad protegen a la familia, promueven el Matrimonio, reconociéndoseles como Institutos Naturales y Fundamentales de la Sociedad, al Amparo del Art. 4º de la Constitución Política delPerú;