Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2006 (25/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2006

Dejese establecido que el presente Beneficio debe figurar en las "Cuponeras" que emita la Municipalidad para el presente Ejercicio. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01449

Amplian vigencia de la Ordenanza Nº 019-04/MDLV a efectos de establecer exoneracion del 50% del monto total de arbitrios a jubilados y pensionistas propietarios de un solo predio destinado a vivienda
ORDENANZA Nº 070-06-MDLV La MORDAZA, 21 de enero de 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA; Visto en la Orden del Dia de la Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada con fecha 21 de enero del 2006, el Informe Nº 006-2006-GR/MDLV de fecha 9 de enero del 2006, de la Gerencia de Rentas, por el que solicita Exoneracion del 50% del monto total de los Arbitrios para los jubilados y pensionistas propietarios de un solo predio destinado a su vivienda, el Informe Nº 066-06GAJ/MDLV de fecha 17 de enero del 2006, de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Dictamen Conjunto Nº 0022006-CPRC-CPPAL/MDLV emitido por las Comisiones Permanente de Rentas y Comercializacion y Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 en concordancia con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios; licencias y derechos municipales; Que, el numeral 9) del Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades, aprobada por Ley, Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal: crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion con los limites que senale la Ley; Que, Ordenanza Nº 063-05/MDLV, se establecio el MORDAZA MORDAZA Legal del Regimen Tributario y las Tasas de los Arbitrios de los anos 2002, 2003 y 2004, la misma que fue ratificada por el Concejo Metropolitano de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 365 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24 de diciembre del 2005; Que, con Ordenanza Nº 068-05/MDLV, esta Corporacion Municipal establecio el MORDAZA Legal del Regimen Tributario y las Tasas de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo aplicables en la jurisdiccion del distrito de La MORDAZA para el Ejercicio Fiscal 2006, ratificada por el Concejo Metropolitano de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 438 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de diciembre del 2005; Que, con Ordenanza Nº 019-04/MDLV, se establecio la Exoneracion del 50% del monto total de los Arbitrios a los jubilados y pensionistas propietarios de un solo predio destinado a su vivienda y la obligacion de presentar Declaracion Jurada de Predios, la misma que fue modificada parcialmente con la Ordenanza Nº 025-04/ MDLV;

Que, el Gerente de Rentas en su informe de VISTOS, manifiesta que no se ha considerado en las normas precitadas, la exoneracion del cincuenta por ciento del monto total de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, para los jubilados y pensionistas propietarios de un solo inmueble destinado a su vivienda, que anualmente se venia otorgando, por lo que considera conveniente se reestablezca las condiciones que fueron senaladas mediante Ordenanza Nº 019-04/MDLV, modificada con Ordenanza Nº 025-04/MDLV, adjuntando para el efecto el Proyecto de Ordenanza que a su juicio corrige esta omision; Que, el Gerente de Asesoria Juridica, luego del analisis de la solicitud y del Proyecto de Ordenanza, concluye opinando que es factible la propuesta materia de Dictamen, habida cuenta que esta guarda concordancia con la normatividad vigente y con las facultades que en materia tributaria gozan los gobiernos locales; Estando a los pronunciamientos emitidos, de conformidad con lo establecido en el Articulo 9º inciso 8) y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo, en la forma reglamentaria, por Unanimidad y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA AMPLIAN VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 019-04/MDLV A EFECTOS DE ESTABLECER LA EXONERACION DEL 50% DEL MONTO TOTAL DE LOS ARBITRIOS A LOS JUBILADOS Y PENSIONISTAS PROPIETARIOS DE UN SOLO PREDIO DESTINADO A SU VIVIENDA Articulo Primero.- Apliquese lo dispuesto en la Ordenanza Nº 019-04/MDLV, a efectos de establecer la exoneracion del 50% del monto total de los Arbitrios a los jubilados y pensionistas propietarios de un solo predio destinado a su vivienda, para los anos 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Imagen Institucional su publicidad y difusion. Dejese establecido que el presente Beneficio debe figurar en las "Cuponeras", que emita la Municipalidad para el presente Ejercicio. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01447

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Autorizan celebracion de Matrimonios Comunitarios en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2006-MDPP MORDAZA MORDAZA, 4 de enero de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO: la Ordenanza Municipal Nº 036-2004 de fecha 25 de junio del 2004 donde aprueban la realizacion de Matrimonios Comunitarios. CONSIDERANDO: Que, el Estado y la Comunidad protegen a la familia, promueven el Matrimonio, reconociendoseles como Institutos Naturales y Fundamentales de la Sociedad, al MORDAZA del Art. 4º de la Constitucion Politica del Peru;

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