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PÆg. 310967 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de enero de 2006 Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, concordante con el artículo 25º del Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen que cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en el cual se debe preverlos bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal 2006, así como el monto presupuestal requerido; Que, el artículo 23º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones deberácontener, por lo menos, el objeto y el valor estimado de la contratación o adquisición, la descripción de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar, el tipo de proceso,la fuente de financiamiento, el tipo de moneda a emplearse, los niveles de centralización o desconcentración de la facultad de adquirir o contratary, la fecha probable de convocatoria; Que, de conformidad con el artículo 22º del referido Reglamento, la Oficina General de Administración haformulado el correspondiente Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2006, en baseal cuadro de necesidades de bienes, servicios y obras de cada uno de los órganos de línea y que están comprendidos en el Anexo Nº 1 que forma parteintegrante de la presente resolución; Que, mediante Informe Nº 015-2006/OGDPE-Op de fecha 18 de enero de 2006, la Oficina de Desarrollo yPlaneamiento Estratégico emite informe de disponibilidad presupuestal, señalando que los bienes, servicios y obra a contratarse o adquirirse, cuentan con marco presupuestal; Estando a lo informado por la Oficina de Logística y con el visado de las Oficinas Generales de Administración, Desarrollo y Planeamiento Estratégicoy, de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, los artículos 22º, 23º, 24º, 25º y 26º del Reglamento de la citada Ley,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y, el inciso i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producciónaprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002- PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de la Producción - Unidad Ejecutora Nº 001 del Pliego 038, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2006, el mismo que en Anexo Nº 1, formaparte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La Oficina General de Administración queda encargada de la publicación de la presente Resolución y delAnexo Nº 1 en la página web del Ministerio de la Producción y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, dentro de los cinco (5) días hábilessiguientes a la fecha de su aprobación, de conformidad con el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción 01463 Declaran nulidad de oficio de proceso de licitación pœblica convocado para la adquisición de œtiles de escritorio y material de procesamiento de datosPAD en diversos ítems RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 022-2006-PRODUCE Lima, 20 de enero del 2006VISTO: El Informe Técnico Nº 001-2006-PRODUCE- OGA-LOG del Director de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración, referido a la declaración de nulidad de oficio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 133-2005- PRODUCE, la misma que sobre la base a las facultades delegadas fuera modificada por Resolución SecretarialNº 005-2005-PRODUCE/SG, se designó al Comité Especial encargado de conducir el proceso de Licitación Pública Nº 0001-2005-PRODUCE: "Útilesde escritorio y material de procesamiento de datos PAD"; Que, mediante el documento del visto, el Director de la Oficina de Logística comunicó a la Oficina General de Administración, que de la revisión del expedientedel referido proceso de Licitación Pública, se desprende que el Comité Especial designado, al evaluar las seis mil ciento sesenta propuestas (6160)consideradas válidas y otorgar la Buena Pro, incurrió en error en la calificación de diez (10) propuestas económicas; Que, estando a lo informado, se advierte que los errores detectados tienen como resultado que se hayaotorgado la Buena Pro a propuestas que debieron ser descalificadas o que ésta, se adjudicó prescindiendo de la prorrata o sorteo al haber existido empate,afectando el derecho de quienes ofertaron el monto permitido más bajo entre los postores del ítem o que también habían alcanzado el puntaje más alto en elítem; Que, siendo así, el otorgamiento de la buena pro para los ítems 21, 67, 69, 95, 101, 106, 114 y 127 no se ajusta a las Bases integradas, situación que transgrede el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, razón por la cualcorresponde declarar la nulidad de oficio del referido proceso, al haberse prescindido de las normas esenciales del procedimiento, de conformidad con loestablecido en el artículo 57º del referido Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, como consecuencia de la declaración de nulidad, el referido proceso deberá retrotraerse a la etapade evaluación económica, a fin de que el Comité Especial otorgue la Buena Pro de acuerdo con lo señalado en las normas que rigen las contrataciones y adquisiciones delEstado; En uso de las facultades previstas en el literal i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y de conformidad conlas disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la nulidad de oficio del proceso de Licitación Pública Nº 001-2005-PRODUCE, "Útiles de escritorio y material de procesamiento de datos PAD";en los ítems 21, 67, 69, 95, 101, 106, 114 y 127, retrotrayendo el proceso hasta la etapa de evaluación económica para que el Comité Especial otorgue la buenapro, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco días siguientes a su expedición, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción 01464