Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2006 (25/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 310974 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de enero de 2006 en el desempeño de funciones, prestación de servicios de salud y servicios administrativos, así como el correcto uso de los recursos públicos durante los procesos electorales, procesos de referéndum y otros tipos deconsulta popular. 2. OBJETIVOEstablecer las disposiciones que permitan que los empleados públicos del Ministerio de Salud y susdependencias ejerzan la función pública con neutralidad y transparencia, durante los procesos electorales, procesos de referéndum y otros tipos de consulta popular. 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Directiva Administrativa es de cumplimiento obligatorio para: a) Los empleados públicos del Ministerio de Salud y sus dependencias durante su horario de trabajo o mientras permanezcan en locales institucionales, asícomo durante las comisiones de servicio dentro y fuera de su centro de trabajo, en calidad de nombrado, contratado, designado o en cargo de confianza quedesempeñe actividades o funciones en nombre o al servicio del Ministerio de Salud, órganos desconcentrados y organismos públicosdescentralizados, en todo el territorio nacional. b) Las personas que mantengan relación contractual con el Ministerio de Salud y sus Organismos PúblicosDescentralizados, sea ésta por locación de servicios, régimen laboral privado o cualquier otra modalidad, mientras presten servicios a la institución. c) Los empleados públicos de las entidades descentralizadas, en cuanto utilicen los recursos provenientes de las transferencias presupuestales, víaremesas del Pliego 11- Ministerio de Salud. 4. BASE LEGAL- Constitución Política del Perú. - Ley Nº 26859 - Ley Orgánica de Elecciones.- Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud. - Ley Nº 27815 - Ley del Código de Ética de la Función Pública. - Ley Nº 28094 - Ley de Partidos Políticos. - Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público. - Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. - Decreto Legislativo Nº 295 - Aprueba el Código Civil.- Decreto Legislativo Nº 635 - Aprueba el Código Penal. - Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público. - Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM - Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública- - Decreto Supremo Nº 003-97-TR - Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral. - Decreto Supremo Nº 023-2005-SA - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud. - Resolución de Contraloría Nº 180-2002-CG - Aprueba la Directiva Nº 03-2002-CG-AC que establece las Normas para la supervisión y control de la correcta utilización de los recursos públicos y de la conductafuncional de las autoridades o titulares, funcionarios y servidores en las Entidades del Estado, durante los procesos electorales. - Resolución Ministerial Nº 826-2005/MINSA -"Normas para la elaboración de documentos normativos del Ministerio de Salud". - Resolución Nº 387-2005-JNE - Aprueba el Reglamento sobre el uso de publicidad estatal para las elecciones generales. 5. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. GLOSARIO DE TÉRMINOS Ministerio de Salud-MINSA: Para los fines de la presente Directiva Administrativa, entiéndase a todas las unidades orgánicas, órganos desconcentrados y organismos públicos descentralizados, de acuerdo a lodispuesto en la Ley del Ministerio de Salud y sus normas complementarias. Empleado público: Todo(a) funcionario(a) o servidor(a) del MINSA y sus organismos públicos descentralizados, en cualquiera de los niveles jerárquicos, sea éste nombrado(a), contratado(a), bajocualquier modalidad, designado(a) o de confianza, que desempeñe actividades o funciones en nombre del servicio del Estado, de acuerdo a lo dispuesto en elCódigo de Ética de la Función Pública. 1 Sólo para efecto de la aplicación de lo dispuesto en la presente Directiva Administrativa, cuando se hagamención al término empleado público, comprenderá a las personas que mantengan relación contractual con el Ministerio de Salud y sus Organismos PúblicosDescentralizados, sea ésta por locación de servicios, régimen laboral privado o cualquier otra modalidad mientras presten servicios a la institución. Procesos electorales: Toda elección, referéndum o consulta popular convocada de acuerdo a lo establecidoen la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones. Organizaciones políticas: Todas las organizaciones políticas de alcance nacional, regional, local provincial o local distrital, éstas a su vez pueden ser partidos políticos, movimientos políticos, agrupaciones políticasindependientes, o alianzas políticas, inscritas o no en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones. Proselitismo político: Cualquier actividad realizada por los empleados públicos del MINSA, en el ejercicio desu función o por medio de la utilización de los bienes de las entidades en las que laboran o prestan servicios, destinadas a favorecer o perjudicar los interesesparticulares de organizaciones políticas de cualquier índole o de sus representantes, se encuentren inscritas o no ante el organismo competente. 5.2. PRINCIPIOS RECTORES Los empleados públicos del MINSA, en el desarrollo de procesos electorales deben observar y promover el respeto de los siguientes principios: a) Probidad: actuar con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés institucionaldel MINSA, desechando todo provecho o ventaja personal o de alguna agrupación política o candidato(a) en el proceso electoral, obtenida por sí o por interpósitapersona. b) Veracidad: expresarse con la verdad en las relaciones funcionales con todos los miembros delMINSA, ciudadanos(as) u otras entidades públicas y privadas, contribuyendo al esclarecimiento de los hechos de cualquier naturaleza que sean de suconocimiento que pudieran favorecer o perjudicar a determinado candidato u organizaciones políticas. c) Justicia y equidad: otorgar trato justo e igualitario, respetando y propiciando la igualdad de oportunidades, actuando con equidad en sus relaciones con el Estado, con el administrado, con sus superiores, subordinadosy con la ciudadanía en general, sin ninguna distinción por razón de preferencias o vinculaciones con candidatos u organizaciones políticas. 6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1. DEBERES DEL EMPLEADO PÚBLICO DEL MINSA Los empleados públicos del MINSA, durante los procesos electorales deberán: 1De acuerdo a lo establecido en el artículo 4.1 de la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública que señala “Para los efectos del presente Código se considera como empleado público a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Pública en cualquiera de los niveles jerárquicos sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre del servicio del Estado”.