Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2006 (26/01/2006)


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NORMAS LEGALES
REQUISITOS:

MORDAZA, jueves 26 de enero de 2006

colegiado de preferencia especialista en estructuras viales, incluyendo el Diagrama de Distribucion de Pesos por Eje. El Estudio sera evaluado por los especialistas en la materia de PROVIAS NACIONAL y debera cumplir con las caracteristicas y requisitos establecidos en el Anexo 6 de la presente Directiva. De acuerdo a las caracteristicas del transporte se podra exigir al transportista lo siguiente: a) Control de las Deflexiones del MORDAZA MORDAZA, durante y despues del MORDAZA del vehiculo de transporte, con la presencia de un representante que PROVIAS NACIONAL determinara oportunamente, y de preferencia debera ser el supervisor de tramo por donde transitara la carga, designado por la Jefatura Zonal correspondiente. b) El representante de PROVIAS NACIONAL informara a la Gerencia de Operaciones respecto al control de las deflexiones de los puentes y obras de arte, a traves de su Unidad Zonal correspondiente. c) De requerirse el reforzamiento de (los) puente(s) y/u obras de arte, se contara con la presencia del representante de PROVIAS NACIONAL, quien MORDAZA la conformidad a los trabajos efectuados MORDAZA del MORDAZA del vehiculo por las estructuras reforzadas y durante la operacion de transporte, conforme a lo establecido en el Anexo 6. d) El area competente solicitara, de ser necesario, documentacion complementaria para la verificacion del estudio de los puentes de la ruta a cubrir. e) Los datos e informacion recopilados en los puntos b) y c) deberan ser parte de un Informe que debe presentar el transportista en el plazo MORDAZA de 10 dias habiles a la Gerencia de Operaciones. Su incumplimiento MORDAZA lugar a una inhabilitacion para futuras Autorizaciones. f) Adjuntar informacion complementaria detallando el sistema de suspension de regulacion hidraulica o neumatica y condiciones particulares del vehiculo. g) Carta de responsabilidad civil por los danos y perjuicios que cubra totalmente los danos que se pudieran causar a la infraestructura Vial (Puentes y Obras de Arte). Adicionalmente se podra solicitar una Poliza de Seguro que cubra dichos danos, cuyo monto sera fijado por PROVIAS NACIONAL. h) Las placas de rodaje de los vehiculos escolta-guia. 8.3. AUTORIZACION ESPECIAL EVENTUAL PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS ESPECIALES QUE EXCEDAN LAS DIMENSIONES MAXIMAS PERMITIDAS Se otorgara Autorizaciones para el Transporte de Mercancias Especiales a aquellos vehiculos que transportando una mercancia cuyo fraccionamiento no sea posible, (en condicion de indivisible o unitarizado), excedan las dimensiones maximas permitidas segun el Reglamento Nacional de Vehiculos. Los vehiculos especiales para transporte exclusivo de otros vehiculos sobre si ( ciguenas, automovileras), no podran exceder las siguientes dimensiones maximas ( incluyendo la carga): Ancho : 2,60 mt Alto : 4,30 mt Largo : 23,00 mt TRANSPORTE DE MERCANCIA PELIGROSA Se autorizara la emision de Autorizacion Especial para el transporte de mercancia peligrosa, solo por exceso de dimension, mas no por exceso de peso por eje y peso bruto. En caso de detectarse mayor peso a lo establecido para la configuracion vehicular segun el Reglamento Nacional de Vehiculos, se impondra la infraccion correspondiente y la medida preventiva respectiva. PROVIAS NACIONAL no tiene responsabilidad en aspectos exigidos en funcion de las caracteristicas de la mercancia especial, tales como MORDAZA de vehiculos, tipos de embalajes u otros que las normas tecnicas correspondientes hayan determinado previamente. En las Estaciones de Pesaje no debe manipularse y/o reestibarse la mercancia peligrosa cuando se detecte mayores pesos por ejes y/o mayor peso MORDAZA que lo establecido por el Reglamento Nacional de Vehiculos de acuerdo a la configuracion vehicular, por lo que desde su punto de origen los Generadores de Carga seran responsables de su correcta estiba.

a) Pago por derecho de tramite debidamente aprobado por el MORDAZA del MTC. b) Formulario de Autorizacion para Transporte de Mercancia Especial, aprobado por Resolucion Ministerial que figura como Anexo 5. c) MORDAZA simple del documento de identidad del solicitante o representante legal de la empresa. d) MORDAZA simple de la Tarjeta de Propiedad del Vehiculo (por unica vez para registrarla en la base de datos). e) MORDAZA simple del Certificado de Habilitacion Vehicular (o documento similar que expida la autoridad competente). f) En caso de vehiculos de transporte con matricula extranjera, el representante de la empresa en el Peru, debera adjuntar la MORDAZA del permiso de circulacion emitido por la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. g) Adjuntar el itinerario de ruta a efectuar por cada tramo a utilizar. h) Documento acreditando en balanza el peso MORDAZA vehicular y peso por ejes. i) Diagrama con vista lateral, frontal y de planta detallando las caracteristicas del (los) vehiculo(s) y mercancia especial, indicando ademas: - Distancias entre ejes, altura, ancho, largo total y centroide de carga probable que muestre la combinacion vehicular. - Dimensiones de la mercancia y de la combinacion vehicular (largo, ancho y alto) Se tomara en consideracion lo siguiente: - Se considerara como medicion de la altura MORDAZA, desde la superficie de la calzada hasta la parte mas elevada o area de la mercancia transportada. - Se considerara como medicion del ancho, desde las partes mas sobresalientes de ambos lados del vehiculo y/o mercancia transportada. - Se considerara como medicion del largo, desde las partes mas sobresalientes de ambos voladizos del vehiculo y/o mercancia transportada. - El exceso de dimension vehicular (sobredimension vehicular) segun la condicion de transporte estara sujeto a las consideraciones y limitaciones que comunique PROVIAS NACIONAL a traves de la Gerencia de Operaciones. - Las mediciones efectuadas seran comparadas con las autorizadas, en el caso de existir variaciones por inadecuada estiba o variaciones por mayor dimension de la mercancia especial, los Inspectores de PROVIAS NACIONAL permitiran la circulacion, si se adoptan las medidas preventivas correspondientes, las cuales no implican necesariamente el movimiento de la mercancia especial. En el caso de excederse 1.50 mt del largo total del vehiculo se solicitara un vehiculo escolta de la categoria N1 . En el caso de exceder los 3.50 mt del ancho total (vehiculo incluida la mercancia especial), se requeriran dos vehiculos escolta de la categoria N1. En el caso de exceder la altura autorizada para el Transporte de la Mercancia Especial se verificara la factibilidad de la circulacion del vehiculo, siempre y cuando las estructuras viales como altura libre de puentes, ancho de tunel, obras de arte, etc. lo permitan. REQUISITOS ADICIONALES: Adjuntaran para el otorgamiento de las Autorizaciones para el Transporte de Mercancias Especiales, ademas de los Requisitos Generales lo siguiente: - Numero de Placa del (los) vehiculo(s) escolta, para asegurar que en todo el recorrido exista la custodia. De producirse cambios de vehiculos escolta estos seran acreditados en las Estaciones de Pesaje Fijas y Moviles. Para la autorizacion de Mercancia Especial por sobredimension la Gerencia de Operaciones a traves de la Unidad de Pesos y Medidas tomara en cuenta, la siguiente tabla:

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