Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2006 (06/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 6 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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DEFENSORIA DEL PUEBLO
Convocan a Concurso Publico de Seleccion la plaza de titular de la Adjuntia para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo y aprueban su Reglamento
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 09-2006/DP
MORDAZA, 3 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 162º de la Constitucion, la Defensoria del Pueblo es un organo MORDAZA, encargado de velar por la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y la comunidad, de la supervision del cumplimiento de los deberes de la administracion estatal y de la supervision de la prestacion de los servicios publicos a la ciudadania; Que, el articulo 7º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520, dispone que la Defensora del Pueblo estara auxiliada por Adjuntos que la representaran en el ejercicio de sus funciones y atribuciones previstas en la precitada Ley. Asimismo, establece que los Adjuntos seran seleccionados mediante concurso publico, segun las disposiciones que senale el Reglamento aprobado por la Defensora del Pueblo; Que, de conformidad con el articulo 7º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520, los Adjuntos son designados por un periodo de tres (3) anos; Con los visados de la Primera Adjuntia y de las oficinas de Gestion de Recursos Humanos, de Asesoria Juridica y de Administracion y Finanzas; y, En uso de las atribuciones y facultades conferidas por los articulos 7º y 9º, numeral 7) de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y de conformidad con los articulos 3º,4º, 5º literales d) y g) y 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 0018-2005/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el "Reglamento para el Concurso Publico de Seleccion del Adjunto o de la Adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo", texto que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- CONVOCAR a Concurso Publico de Seleccion la plaza del/a titular de la Adjuntia para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo, a los ciudadanos o ciudadanas de todo el MORDAZA que reunan los requisitos senalados por el Reglamento a que se refiere el articulo anterior, del 10 al 27 de febrero, inclusive. Articulo Tercero.- DESIGNAR como integrantes de la Comision Especial a que se refiere el articulo 3º del Reglamento MORDAZA citado a las siguientes personas: a) Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA b) Dra. MORDAZA MORDAZA Mannarelli c) Dr. MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PUBLICO DE SELECCION DEL ADJUNTO O DE LA ADJUNTA PARA LOS DERECHOS DE LA MUJER DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO Articulo 1º.- El presente Reglamento establece el procedimiento que habra de ser observado para la seleccion y contratacion del/a titular de la Adjuntia para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo, conforme a lo previsto en los articulos 7º y 9º, numeral 7) de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y de conformidad con los articulos 3º, 4º, 5º literales d) y g) y 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 0018-2005/DP.

Articulo 2º.- Para ser Adjunto/a a la Defensora del Pueblo se requiere: a) Haber cumplido los 35 anos de edad. b) Ser abogada/o y tener estudios de post grado. c) Acreditar conocimientos en genero y/o derechos de la mujer. d) Experiencia profesional y/o docente no menor de cinco anos. e) Manejo del idioma ingles. f) Gozar de una conocida reputacion de integridad e independencia. g) Estar habituado a altas cargas de trabajo. El cargo exige dedicacion exclusiva y solo es compatible con el ejercicio de labores docentes. h) Estar disponible para realizar viajes en el Peru en misiones regulares y de emergencia. i) No hallarse impedido/a de suscribir contrato laboral con el Estado. j) Capacidad para la direccion de personal. k) Disponibilidad inmediata. Articulo 3º.- El MORDAZA de seleccion del Adjunto/a a la Defensora del Pueblo para los Derechos de la Mujer estara a cargo de una Comision Especial integrada por tres personas de reconocida trayectoria y prestigio profesional, designadas por la Defensora del Pueblo. Articulo 4º.- La Defensoria del Pueblo publicara un aviso en su local institucional, en la pagina web y en los medios de comunicacion que considere pertinentes, invitando a las instituciones especializadas o profesionales interesados/as a presentar candidaturas para el concurso publico. Articulo 5º.- Los/las postulantes presentaran su solicitud acompanando al efecto la documentacion sustentatoria disponible; MORDAZA originales, copias simples o legalizadas. La Comision Especial esta facultada para requerir en cualquier momento la informacion que considere pertinente de ser evaluada. Articulo 6º.- La evaluacion se realizara mediante dos etapas sucesivas que permitiran la preseleccion de los/as postulantes calificados/as para ocupar el cargo. La Comision Especial elaborara un listado de los/las postulantes que resulten aptos para pasar a la MORDAZA etapa, que se publicara en la Pagina Web de la Defensoria del Pueblo y en su local institucional. Articulo 7º.- Las etapas de la evaluacion son las siguientes: a) Evaluacion curricular y de experiencia profesional. b) Examen oral de conocimientos y entrevista personal. Articulo 8º.- Concluida la evaluacion a que se refiere el articulo anterior, la Comision Especial procedera a emitir los puntajes senalando el orden de meritos final. Los pesos porcentuales de las etapas descritas en el Articulo 7º se determinan de la siguiente manera: a) Evaluacion curricular y de experiencia profesional: 40%. b) Examen oral de conocimientos y entrevista personal: 60%. Articulo 9º.- Los postulantes que ocupen los tres primeros lugares, conforman una terna que sera alcanzada a la Defensora del Pueblo para que esta escoja entre los candidatos seleccionados a quien habra de ser designado como Adjunto. Articulo 10º.- Concluido el MORDAZA de seleccion, se designara al titular de la Adjuntia para los Derechos de la Mujer de la Defensora del Pueblo mediante Resolucion Defensorial. 02182

SBS
Autorizan al Banco del Trabajo la apertura de oficina especial temporal ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete
RESOLUCION SBS Nº 089-2006
MORDAZA, 27 de enero de 2006

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