Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2006 (07/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 7 de febrero de 2006

Que, mediante Oficio Nº 225-2006/GO/RENIEC, la Gerencia de Operaciones solicito el cambio del personal designado mediante la Resolucion Jefatural Nº 11772005-JEF/RENIEC, como titular para el servicio de autenticacion de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para uso en el exterior, en razon de haberse producido cambios en la Jefatura Regional Huancayo; Que, constituyendo la Gerencia de Operaciones el organo de linea encargado de planear, organizar, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el MORDAZA de identificacion de las personas, asi como las inscripciones de los hechos vitales y demograficos, modificatorios del Estado Civil, le es inherente la prestacion de los servicios a los usuarios, en cuya virtud es necesario efectuar la modificacion requerida a fin de garantizar la continuidad del servicio de autenticacion de firmas de los Registradores de Estado Civil; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la delegacion de funciones para la autenticacion de firmas de Registradores del Estado Civil, conferida mediante Resolucion Jefatural Nº 1177-2005-JEF/RENIEC al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de titular. Articulo Segundo.- Delegar la funcion de autenticacion de firmas de Registradores del Estado Civil consignadas en certificaciones y constancias emitidas por las Oficinas del Registro Civil para su uso en el exterior, a la siguiente persona:
REGION Huancayo NOMBRE MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez DNI 08710710 CONDICION Titular

Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Lampian, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Lampian, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion de Libros de Actas de Nacimiento correspondiente a los anos de 1908 a 1927 y 1954, y de Matrimonio correspondiente a los anos 1959, 1983 y 1999. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Lampian, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento y Matrimonio, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion Ley Nº 26242 - 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros oficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 02242

Articulo Tercero.- Precisar que quedan subsistentes la Resolucion Jefatural Nº 917-2005-JEF/RENIEC, y sus modificatorias, en todo en cuanto no se opongan a la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 02243

Autorizan a la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Lampian la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento y Matrimonio
RESOLUCION JEFATURAL Nº 081-2006-JEF/RENIEC

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COFOPRI
Delegan en el Gerente General la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico durante el Ejercicio Presupuestal 2006
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 005-2006-COFOPRI/PC

MORDAZA, 3 de febrero de 2006 VISTO: el Informe Nº 004810-2005-GO-SGREC/ RENIEC de fecha 21 de diciembre del 2005 y el Informe Nº 000001-2006-GAJ/RENIEC de fecha 3 de enero del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Lampian, provincia de Huaral, departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del

MORDAZA, 3 de febrero de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 011-2006-COFOPRI/CN de la Coordinadora Nacional de la Formalizacion de COFOPRI, el Informe Nº 005-2006-COFOPRI/GP elaborado por la Gerencia de Presupuesto y el Informe Nº 010-2006COFOPRI/GAL de la Gerencia de Asesoria Legal;

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