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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (07/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 14

PÆg. 312100 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de febrero de 2006 Que, mediante Oficio Nº 225-2006/GO/RENIEC, la Gerencia de Operaciones solicitó el cambio del personaldesignado mediante la Resolución Jefatural Nº 1177- 2005-JEF/RENIEC, como titular para el servicio de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civilen copias certificadas y constancias para uso en el exterior, en razón de haberse producido cambios en la Jefatura Regional Huancayo; Que, constituyendo la Gerencia de Operaciones el órgano de línea encargado de planear, organizar, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con elproceso de identificación de las personas, así como las inscripciones de los hechos vitales y demográficos, modificatorios del Estado Civil, le es inherente laprestación de los servicios a los usuarios, en cuya virtud es necesario efectuar la modificación requerida a fin de garantizar la continuidad del servicio de autenticación defirmas de los Registradores de Estado Civil; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por la LeyOrgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado porDecreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la delegación de funciones para la autenticación de firmas deRegistradores del Estado Civil, conferida mediante Resolución Jefatural Nº 1177-2005-JEF/RENIEC al señor Hugo Enrique Rojas Porras, en calidad de titular. Artículo Segundo.- Delegar la función de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil consignadas en certificaciones y constancias emitidaspor las Oficinas del Registro Civil para su uso en el exterior, a la siguiente persona: REGIÓN NOMBRE DNI CONDICIÓN Huancayo Francisco Diómedes 08710710 Titular Paredes Núñez Artículo Tercero.- Precisar que quedan subsistentes la Resolución Jefatural Nº 917-2005-JEF/RENIEC, y susmodificatorias, en todo en cuanto no se opongan a la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 02243 Autorizan a la Oficina de Registro de Estado Civil de la MunicipalidadDistrital de Lampian la apertura delRegistro de Libros de Actas deNacimiento y Matrimonio RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 081-2006-JEF/RENIEC Lima, 3 de febrero de 2006 VISTO: el Informe Nº 004810-2005-GO-SGREC/ RENIEC de fecha 21 de diciembre del 2005 y el Informe Nº 000001-2006-GAJ/RENIEC de fecha 3 de enero del2006, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre Autorización de Proceso de Reinscripción de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en laMunicipalidad Distrital de Lampian, provincia de Huaral, departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado por la Primera Disposición Final de la Ley Nº 26497, Orgánica delRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil aque se refiere la Ley Nº 26242, deberán continuar con el proceso de reinscripción; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Lampian, provincia de Huaral, departamento de Lima, ha cumplido con los requisitos establecidos para el proceso de reinscripción solicitado; Que, la solicitud de reinscripción contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil la aprobación pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Lampian, provincia de Huaral, departamento de Lima, para la Reinscripción de Libros de Actas deNacimiento correspondiente a los años de 1908 a 1927 y 1954, y de Matrimonio correspondiente a los años 1959, 1983 y 1999. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Lampian, provincia de Huaral, departamento de Lima,para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento y Matrimonio, con la finalidad de implementar el proceso de reinscripción que se apruebacon la presente Resolución, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato Oficial con la consignación expresa por selladura "Reinscripción -Ley Nº 26242 - 26497", el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, a través de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, deberá proveer los librosoficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 02242 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COFOPRI Delegan en el Gerente General la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional ProgramÆtico durante el EjercicioPresupuestal 2006 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 005-2006-COFOPRI/PC Lima, 3 de febrero de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 011-2006-COFOPRI/CN de la Coordinadora Nacional de la Formalización de COFOPRI, el Informe Nº 005-2006-COFOPRI/GP elaborado por laGerencia de Presupuesto y el Informe Nº 010-2006- COFOPRI/GAL de la Gerencia de Asesoría Legal;