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PÆg. 312090 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de febrero de 2006 ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso alterritorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similaresdebe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y eltiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América y de la República Federativa del Brasil, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de lapresente Resolución, del 20 al 24 de febrero de 2006, con el fin de realizar una visita a las instalaciones del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicalesde la Marina de los Estados Unidos de América, ubicadas en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra lasDrogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 02278 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2006-DE/SG Lima, 2 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 819, de fecha 16 de noviembre de 2005, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para elingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos ha organizado un Seminario para Capellanes en el tema de Derechos Humanos; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso alterritorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similaresdebe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación delpersonal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con las Leyes Nºs. 27856 y 27444; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, con eficacia anticipada, el ingreso al territorio de la República de personal militar delos Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 11 al 25 de enero de 2006, con el fin derealizar un seminario para Capellanes en el tema de Derechos Humanos. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra lasDrogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 02279 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 058-2006-DE/SG Lima, 2 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 875, de fecha 19 de diciembre de 2005, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para elingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil sin armas de guerra; Que, la Marina de Guerra del Perú y la Armada Brasilera han acordado la realización de intercambios profesionales y académicos para el año 2006; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso alterritorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similaresdebe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y eltiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con las Leyes Nºs. 27856 y 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, con eficacia anticipada, el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Federativa de Brasil, cuyo nombre se indica